Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre (Málaga) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela ubicada en la Urbanización "La Capellanía II" de dicho municipio, la número M-8, S-E del sector UR2 de sus Normas Subsidiarias, con destino a Centro de Educación Secundaria.
Por la Consejería de Educación se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 5 de julio de 2005,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre (Málaga) de la siguiente finca:
Parcela urbana, identificada como cesión al sistema local de equipamiento, denominada como M-8. S-E del sector UR2 de las Normas Subsidiarias -Urbanización "La Capellanía II"- de Alhaurín de la Torre, con superficie de 20.298 m. Linda: Sur, sector AU-37 -Urbanización "La Capellanía II"-; Este, manzana M-8 de la urbanización; Norte, calle La Zarzuela; y, Oeste, calle Pau Casals.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. de Málaga, a favor del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, al folio 94 del tomo 893, libro 264, finca núm..
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Educación con destino a Centro de Educación Secundaria.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 5 de julio de 2005
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Economía y Hacienda
Descargar PDF