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Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley General de Sanidad.
En este sentido, la Delegada Provincial de la Consejería de Salud de Córdoba solicita la delegación de competencias para la concesión de una subvención, mediante Convenio de Colaboración, en su caso, al Ayuntamiento de Villanueva del Duque, para reformar el Consultorio Local.
Las actuaciones a subvencionar consisten en reformar el Consultorio Local, por un importe de siete mil quinientos euros (7.500 E).
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el art. de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el art.
14 del Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el art. 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 38/2003, de de noviembre, General de Subvenciones,
RESUELVO
Primero. Delegar en la Delegada Provincial de la Consejería de Salud de Córdoba la competencia para la concesión de una subvención, mediante Convenio de Colaboración, en su caso, al Ayuntamiento de Villanueva del Duque, para reformar el Consultorio Local, por un importe de siete mil quinientos euros (7.500 E), en orden a mejorar las prestaciones sanitarias de la población residente en su término municipal.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de junio de 2005.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
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