Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 0401342C20047000090.
Procedimiento: Separación Contenciosa (N) 79/2004. Negociado: RO.
De: Doña Silvia Deya Otero Bermúdez.
Procurador: Sr. Soria Estevan, Ernesto.
Contra: Don Wilmar Alfonso Bonilla Gutiérrez.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION Y EMPLAZAMIENTO
Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería.
Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.
Persona a la que se emplaza: Wilmar Alfonso Bonilla Gutiérrez, en concepto de parte demandada.
Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado para contestar por escrito a la demanda, en la que figura como parte demandada, que se encuentra con toda la documentación en la Secretaría del Juzgado a disposición del demandado si compareciera.
Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.
Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil-LEC).
La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de Procurador, con la asistencia de abogado (artículo 750 de la LEC).
Y como consecuencia del ignorado paradero de Wilmar Alfonso Bonilla Gutiérrez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento.
Almería, 20 de julio de 2005.- El/La Secretario.
Descargar PDF