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1.º Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de oposición libre, de 2 plazas de Administrativo, vacantes en la plantilla de funcionarios, y que figuran en el Anexo que acompañan a estas bases.
Las plazas objeto de esta convocatoria están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluyen, según determina el art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto.
2.º Normas generales.
Las plazas que se convocan se ajustarán a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el Real Decreto Legislativo/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualquiera otras disposiciones aplicables.
3.º Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados, que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1993.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título exigible, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
4.º Solicitudes.Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en instancia con los requisitos del art. 18.2 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante, el sistema selectivo exigido y la denominación expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.
Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, y se entregarán en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los derechos de examen son los que figuren en cada Anexo, a excepción de las personas afectadas por el artículo 18, apartado cinco, de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. El abono de las respectivas cuantías se efectuará dentro del plazo de presentación de instancias, mediante ingreso en metálico en la Tesorería Municipal, giro postal o telegráfico, dirigido a dicha dependencia municipal, haciendo constar en este caso, y en la solicitud, el número de libranza del giro, fecha y lugar de la imposición, y que se refiere a la
satisfacción de los derechos de examen para la convocatoria de la plaza a la que se concurra.
5.º Admisión de candidatos.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el
AlcaldePresidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos en su caso. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992.
6.º Tribunales.El Tribunal que calificará las pruebas
selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía. Dos Técnicos designados por la Presidencia de la Corporación. Un funcionario nombrado por la Alcaldía-Presidencia a propuesta de la Junta de Personal.
La designación del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.
Podrán asistir a las actuaciones del Tribunal Calificador, en calidad de observadores, un representante de cada uno de los Grupos Políticos con representación municipal.
Los vocales poseerán igual o superior titulación o
especialización a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las
circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente.
7.º Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
En la misma resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos, se indicará composición nominal del Tribunal, y el día de comienzo de las pruebas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con doce horas de
antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días
naturales.
En cualquier momento del proceso selectivo, si los Tribunales tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal.
8.º Procedimiento de selección: Oposición.
Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas del programa, preguntas sueltas sobre el temario o preguntas tipo test, atendiendo a la decisión del Tribunal. La duración máxima de este ejercicio será de dos horas.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos
supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de tres horas para su realización.
9.º Sistema de calificación.
Los miembros del Tribunal puntuarán cada ejercicio de la fase de oposición con un máximo de 10 puntos.
La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, siendo la calificación final la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio. Todos los ejercicios de esta fase serán eliminatorios, siendo necesario para superar cada uno de ellos obtener un mínimo de cinco puntos. La puntuación total de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio.
10.º Propuesta de selección.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, proponiendo para su nombramiento a tantos aspirantes como plazas convocadas, y elevará dicha relación al órgano municipal competente.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo
anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
11.º Presentación de documentos.
Los aspirantes propuestos deberán aportar al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del
Departamento de Personal, sito en C/ San Antonio (Edificio la Escuela), los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en las convocatorias:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título exigido en la respectiva
convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Tres fotografías tamaño carné.
Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, quien dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.
12.º Nombramiento y toma de posesión.
Una vez presentada la documentación, el órgano municipal competente, nombrará como funcionarios a los candidatos seleccionados, debiendo tomar posesión de sus cargos, en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente en que se les notifique el nombramiento. Quien sin causa justificada, no tomara posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del
nombramiento conferido.
13.º Incidencias.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de los procesos
selectivos.
14.º Norma final.
La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales Calificadores podrán ser impugnadas por los
interesados en los casos y en la forma establecidos por el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y por el artículo 107 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En relación con la posibilidad de interponer recurso
contenciosoadministrativo, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
Número de plazas convocadas: 2.
Escala: Administración General.
Subescala: Administrativa.
Denominación: Administrativo.
Grupo: C.
Sistema de selección: Oposición libre.
Derechos de examen: 12,02 euros.
Titulación exigida: Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
Fase de oposición: La descrita en la base 8.ª de las bases generales, ateniéndose al siguiente:
P R O G R A M A
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales; las libertades públicas. Garantías y restricciones. Los principios rectores de la política social y económica. El procedimiento de reforma constitucional.
Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado:
Composición y funciones. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 3. El Gobierno del Estado. Composición. Funciones: Políticas, normativas y administrativas. Designación, remoción y responsabilidades de sus miembros y de su Presidente. La Administración General del Estado: Organos superiores y periféricos. La Administración Institucional. El Consejo de Estado.
Tema 4. El Poder Judicial. Principios Constitucionales. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo.
Tema 5. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. Los Estatutos de Autonomía.
Tema 6. La responsabilidad de la Administración. La
responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 7. Procedimiento Administrativo Local. El Registro de Entrada y Salida de Documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 8. La gestión de los servicios públicos locales. Formas de gestión.
Tema 9. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.
Tema 10. Organización municipal. Competencias.
Tema 11. Los bienes de las entidades locales. Su
clasificación: Bienes de dominio público, bienes patrimoniales y bienes comunales.
Tema 12. El Administrado: Concepto y clases. Capacidad y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.
Tema 13. Los actos administrativos: Concepto, elementos y clases. Términos y plazos. Requisitos. Validez. Eficacia. Notificación y publicación. La nulidad y anulabilidad.
Tema 14. Los contratos de la Administración Local.
Clasificación de los contratos. Adjudicación, formalización y ejecución del contrato. La extinción del contrato.
Tema 15. La potestad sancionadora. Principios informadores. El procedimiento sancionador.
Tema 16. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.
Tema 17. Derecho y deberes de los funcionarios públicos locales. Responsabilidad y régimen disciplinario.
Tema 18. El Estatuto de los Trabajadores. Ley de Procedimiento Laboral. Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social. Aspectos fundamentales. Normativa de desarrollo. Los Convenios Colectivos.
Tema 19. El Sistema Español de la Seguridad Social. La Ley de Bases de la Seguridad Social. El Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Los Reglamentos de Aplicación.
Tema 20. Otras entidades locales: Las comarcas, las áreas metropolitanas y las mancomunidades de municipios. Las
entidades locales menores.
Tema 21. Relaciones entre los entes locales y las restantes entidades territoriales. Autonomía municipal y tutela.
Tema 22. La hacienda tributaria en el ámbito de las
Corporaciones Locales. Especial estudio de las tasas,
contribuciones especiales e impuestos.
Tema 23. Sistema de Protección Social del Personal al Servicio de la Administración Local. Conceptos Generales. Las
Incapacidades Laborales Temporales y Permanentes, Asistencia Sanitaria, Pensión de Jubilación, Afiliación, Altas-Bajas, Cotización. Peculiaridades de las Contingencias Profesionales. Normativa Vigente.
Tema 24. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Estructura y Análisis de su Contenido. Normativa de Desarrollo.Tema 25. El Sistema de la Seguridad Social del Personal al Servicio de los Entes Locales. Integración en el Régimen General de la Seguridad Social. El Régimen Especial de los Funcionarios Locales.
Tema 26. El modelo económico de la Constitución: Principios informadores. El Tribunal de Cuentas.
Tema 27. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los bandos.
Tema 28. Intervención Administrativa Local en la actividad privada. Procedimiento de concesión de licencias.
Tema 29. Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
Tema 30. Los Presupuestos Locales: Concepto, principios y estructura. Elaboración del Presupuesto. Su liquidación.
Tema 31. Ejecución del planeamiento. La gestión de los
distintos tipos de planes. Presupuestos para la ejecución del planeamiento.
Tema 32. La expropiación forzosa: Idea general.
Tema 33. Las expropiaciones urbanísticas.
Tema 34. El Régimen del Suelo. Clasificación del suelo. Las facultades urbanísticas sobre el suelo urbano y urbanizable.
Tema 35. Las licencias urbanísticas. Protección de la
legalidad urbanística. Las infracciones urbanísticas. Las sanciones urbanísticas. Acciones y recursos.
Tema 36. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley y el Reglamento.
Tema 37. Las forma de acción administrativa con especial incidencia en la esfera local: Fomento, policía y servicio público.
Tema 38. Las Comunidades Europeas. Las Instituciones Europeas: La Comisión, el Parlamento, el Consejo y el Tribunal de Justicia. Otras Instituciones Europeas. La Unión Europea.
Tema 39. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos.
Tema 40. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Tema 41. Régimen Local Español. Principios Constitucionales y regulación jurídica.
Tema 42. El procedimiento administrativo. Los interesados. Fases del procedimiento administrativo común: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.
Tema 43. Derechos y Deberes Fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
Tema 44. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión. La Regencia y la Tutela. El Refrendo.
Tema 45. Concepto de documento. Registro y Archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo. Especial consideración al archivo de gestión.
Algeciras, 4 de julio de 2005.- El Alcalde, Tomás Herrera Hormigo.
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