Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 25/01/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº3 DE ESTEPONA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 55/2002. (PD. 129/2005).

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NIG: 2905142C20020000256.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 55/2002. Negociado:

De: Doña France Cadotte.

Procurador: Sr. Cabellos Menéndez, Julio.

Contra: Don Peter Ellis.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 55/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Estepona a instancia de France Cadotte contra Peter Ellis, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 136/2004

En Estepona, a 9 de noviembre de dos mil tres.

Don Juan José Navas Blánquez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de los de Estepona, habiendo visto los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado al número 55/2004, a instancia de doña France Cadotte, contra don Peter Ellis, en situación de rebeldía procesal, en este procedimiento que versa sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta a instancia de doña France Cadotte, representada por el procurador Sr. Julio Cabellos Menéndez y defendidos por el letrado don Juan García Beamud Pérez, contra don Peter Ellis, declarado en situación de rebeldía procesal, se acuerda:

1. Declarar resuelto el contrato de compraventa de fecha de 14 de noviembre de 14 de octubre de 1994, celebrado entre don Peter Ellis y doña France Cadotte.

2. Debo condenar y condeno al demandado a abonar a doña France Cadotte la suma de trescientos mil quinientos seis euros con cinco céntimos.

3. Así como que indemnice en concepto de intereses solicitados en la cantidad de cuatrocientos treinta y seis mil quinientos setenta y tres euros con cincuenta y cuatro céntimos.

4. Al pago de los intereses legales.

5. Así como a satisfacer a la actora, el pago de las costas devengadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado, en el plazo de cinco días, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Peter Ellis, extiendo y firmo la presente en Estepona a diez de diciembre de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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