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Resolución de la Alcaldía Presidencia por la que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de las plazas de personal laboral fijo correspondientes a la Oferta de Empleo Público del ejercicio
2005, convocando las correspondientes pruebas selectivas.
Examinadas las bases redactadas que regirán el procedimiento selectivo para cubrir las plazas de personal laboral fijo correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2005, por los turnos de acceso y sistema que se identifican, y halladas conformes, esta Alcaldía-Presidencia,
HA RESUELTO
1.º Aprobar las Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de las plazas de personal laboral fijo correspondientes a la Oferta de Empleo Público del ejercicio
2005, convocando las correspondientes pruebas selectivas.
2.º La convocatoria, juntamente con sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Para las plazas reservadas al turno libre, un extracto con el contenido determinado en el artículo 6.2 del Real Decreto
896/91, se publicará en el Boletín Oficial del Estado produciéndose los efectos administrativos desde la fecha del Boletín Oficial del Estado en que se publique el extracto de la convocatoria.
Para las plazas reservadas al turno de promoción interna, un extracto con el contenido determinado en el artículo 6.2 del Real Decreto 896/91, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz produciéndose los efectos administrativos desde la fecha del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz en que se publique el extracto de la convocatoria.
3.º Contra esta Resolución, por ser definitiva en vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:
- Reposición, con carácter potestativo, ante la Alcaldía Presidencia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio extractado de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, no pudiendo interponer entonces el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de la reposición interpuesta, por el transcurso del plazo de un mes (conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 52.1 de la Ley 11/99, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local).
- Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Cádiz, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio extractado de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (art..C, de la Ley 4/99, de modificación de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Art. 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa).
BASES GENERALES
Primera. Objeto.
1.1. Es objeto de las presentes bases regular el acceso a las plazas vacantes existentes en la plantilla de laborales fijos de este Excmo. Ayuntamiento que han sido objeto de Oferta de Empleo en el ejercicio 2005. Los turnos de acceso y el
procedimiento de selección será el determinado en los Anexos a las presentes Bases Generales.
1.2. Las plazas objeto de estas Bases, pertenecen a las Escalas, Subescalas y, en su caso, Clases y Categorías que se indican, y están dotadas con los haberes correspondientes al Grupo que asimismo se especifican en los Anexos.
Segunda. Legislación aplicable.
2.1. La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes, y, en su defecto por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; por la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; por el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración Local; por el Real Decreto
364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
2.2. Serán de aplicación preferente las disposiciones
específicas de cada convocatoria que figuran en los Anexos cuando contengan previsiones distintas a las contenidas en estas Bases Generales.
2.3. Los aspirantes seleccionados quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades legalmente vigentes en cada momento.
Tercera. Promoción Interna.
3.1. Se reservan al Turno de Promoción Interna Ascendente, las plazas que se indican en cada uno de los Anexos a estas Bases.
PROGRAMA
MATERIAS COMUNES
BLOQUE I
1. La Constitución Española de 1978: Antecedentes y
significado jurídico. Características y Estructura. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
2. Nociones generales sobre la Corona y los Poderes del Estado.
3. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma.
Administración Local.
4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales. Idea general sobre las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
5. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.
6. El Municipio: Organización municipal y competencias.
7. La provincia en el Régimen Local: Organización provincial y competencias.
8. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La Autonomía Local y el control de legalidad.
9. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones generales.
10. Formas de acción administrativa en la esfera local.
11. La Ley de las Haciendas Locales: Principios inspiradores. Clasificación de los ingresos. Impuestos, tasas y
contribuciones especiales. Precios públicos.
12. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y
fiscalización.MATERIAS ESPECIFICAS
BLOQUE II
1. La Madera: Definición y generalidades. Características y estructura. Maderas duras y maderas blandas.
2. Defectos y enfermedades de la madera.
3. Herramientas normales para el trabajo de la madera.
4. Afilado y afinado de las herramientas de mano.
5. Máquinas para aserrar la madera. Sierra de cinta. Sierra circular.
6. Máquinas para labrar la madera. Cepilladora. Regruesadora. Máquina Universal.
7. Fresadoras. Clases. Aparato de avance automático.
8. Máquinas para taladrar la madera. Taladradora de broca.
BLOQUE III
9. Prensas mecánicas. Prensa manual. Prensas especiales neumáticas.
10. Máquinas eléctricas portátiles: Descripción y uso.
11. Colas y otros adhesivos: Preparación y aplicación.
12. Tableros manufacturados: Tableros contrachapados, de alma maciza y alistonado. Tableros aglomerados.
13. Elementos de fijación y herrajes. Tornillos, clavos, bisagras. Fijaciones desmontables. Mecanismos de cierre.
14. Juntas, empalmes y ensambles más usuales en el trabajo de la madera.
15. Entretenimiento de las máquinas. Normas de seguridad e higiene en el trabajo.
16. Terminología de un hueco. Nomenclatura de la carpintería de un hueco.
17. Ventanas, tipos de ventanas. Elementos de que consta. Huecos de paso. Tipos de puertas. Herrajes de colgar y
seguridad: Dibujo y despiece.
18. Lacas, barnices, selladoras y decapantes.
19. Restauración y recuperación de la madera. Sustitución de piezas. Tratamientos.
ANEXO V
Plazas: Auxiliar Protección Civil
Número de plazas: Una (1).
Grupo de titulación: D.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Turno de acceso: Libre.
Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.
Derechos de examen: 10,65 euros.
Categoría Tribunal: Tercera.
Requisitos de los aspirantes: Poseer el permiso de conducir de la clase BPT o B2.
Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en la realización de dos
supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativos a tareas propias de las funciones
asignadas a la Subescala.
El tiempo de realización será de un máximo de dos horas.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa y técnicas aplicables.
Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación de un
cuestionario de preguntas tipo test correspondientes a las materias comunes del temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la convocatoria.
La duración y puntuación del mismo será decidida por el Tribunal Calificador y comunicada a los aspirantes con
anterioridad a la realización de la prueba.
Tercer ejercicio: Consistirá en la contestación de un
cuestionario de preguntas tipo test correspondientes a las materias específicas del temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la convocatoria.
La duración y puntuación del mismo será decidida por el Tribunal Calificador y comunicada a los aspirantes con
anterioridad a la realización de la prueba.
PROGRAMA
MATERIAS COMUNES
BLOQUE I
1. La Constitución Española de 1978: Antecedentes y
significado jurídico. Características y Estructura. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
2. Nociones generales sobre la Corona y los Poderes del Estado.
3. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma.
Administración Local.
4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y
disposiciones generales. Idea general sobre las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
5. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.
6. El Municipio: Organización municipal y competencias.
7. La provincia en el Régimen Local: Organización provincial y competencias.
8. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La Autonomía Local y el control de legalidad.
9. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones generales.
10. Formas de acción administrativa en la esfera local.
11. La Ley de las Haciendas Locales: Principios inspiradores. Clasificación de los ingresos. Impuestos, tasas y
contribuciones especiales. Precios públicos.
12. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y
fiscalización.MATERIAS ESPECIFICAS
BLOQUE II
1. Legislación Básica en materia de Protección Civil.
2. Estructura Organizativa de la Protección Civil. Ambito estatal, autonómico y local.
3. Los Planes de Emergencia. Especial referencia a los planes territoriales: Plan Territorial de Emergencias de Andalucía y Plan de Emergencia Municipal.
4. Los Planes de Autoprotección. Autoprotección Escolar.
5. Los Riesgos naturales: Conceptos y clasificación.
Terremotos. Riesgos meteorológicos.
6. Socorrismo. Reanimación cardio-pulmonar. Heridas y
hemorragias. Fracturas, esguinces y luxaciones. Quemaduras e intoxicaciones.
7. Conceptos básicos del fuego. Clasificación. Productos de la combustión. Producción y eliminación del fuego. Sustancias extintoras.
8. Los extintores portátiles de incendios. Partes,
clasificación y modo de empleo. Las Bocas de Incendios
Equipadas (BIE). Partes, clasificación y modo de empleo. Normas de actuación en caso de incendio.
9. Dinámica de las comunicaciones. El mensaje y los mensajes públicos. Ondas de radio. Procedimientos de emisión y
modulación. Clasificación de ondas y frecuencias. Estaciones radiotransmisoras: el radioteléfono, sus elementos (antena, aparato emisor-receptor y sistema de alimentación).
Repetidores.
10. Manejo de radioemisores: Comprobaciones y funcionamiento, normas de uso y disciplina de radio, código de radio (ICAO, numérico y Q). Redes de radio aplicadas a Protección Civil: Redes y mallas de radio. Objetivos y caracteres de las redes, modo de operar en un red-radio. Centros de coordinación y comunicaciones. La central de comunicaciones. Principios de atención telefónica.
11. El comportamiento humano ante las catástrofes. Multitudes. El miedo y el pánico. Medidas de asistencia psíquica a los afectados en catástrofes. Normas básicas de comunicación ante afectados.
12. La seguridad humana en las playas y lugares de baño. Balizamiento de las zonas de baño. Señalización.
13. La seguridad en espectáculos públicos y grandes
concentraciones.
ANEXO VI
Plazas: Mozo Mercado
Número de plazas: Una (1).
Grupo de titulación: E.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Turno de acceso: Libre.
Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.
Derechos de examen: 7,21 euros.
Categoría Tribunal: Tercera.
Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de una hora para su realización.
Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación de un
cuestionario de preguntas tipo test correspondientes al temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la
convocatoria.
La duración y puntuación del mismo será decidida por el Tribunal Calificador y comunicada a los/las aspirantes con anterioridad a la realización de la prueba.
El ejercicio será leído por los aspirantes públicamente tras su realización.
P R O G R A M A
MATERIAS COMUNES
BLOQUE I
1. La Constitución Española de 1978: Principios Generales y Estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
2. Nociones generales sobre: La Corona; el Poder Legislativo; el Gobierno y la Administración del Estado; y el Poder
Judicial.
3. Organización territorial del Estado: La Comunidad Autónoma de Andalucía: Organización y competencias.
4. El municipio: Organización y competencias.
5. La provincia: Organización y competencias.
6. El personal al servicio de las Corporaciones Locales. Derechos y deberes.
MATERIAS ESPECIFICAS
BLOQUE II
1. Normas de funcionamiento de los Mercados Municipales de San Fernando.
2. Actividades de ventas reguladas en los Mercados
Municipales.
3. Infracciones y sanciones reguladas en el Reglamento
Municipal de Mercados.
4. Principios Básicos en la manipulación de alimentos.
5. El etiquetado de productos a la venta en los Mercados Municipales. Características Generales.
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San Fernando, 23 de agosto de 2005.- El Secretario General Acctal., Cecilio Saavedra Ferrero. 3.2. Podrán participar en las pruebas de Promoción Interna, los laborales fijos de esta Corporación, cualquiera que fuese su edad, que el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes tengan una antig?edad de al menos dos años en el grupo de titulación inmediato inferior a aquel al que aspiran a ingresar, posean la titulación y el resto de los requisitos establecidos con carácter general y específicos señalados en los anexos para el acceso a la plaza a la que aspiran a ingresar.
3.3. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, a los efectos de la promoción interna del grupo D al C, se requerirá poseer la titulación que se indique en los anexos respectivos o tener una antig?edad mínima de diez años de servicios efectivos en una Subescala del grupo D, de conformidad con el art. 61 de la Ley 42/94, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.
3.4. Las pruebas de promoción interna podrán llevarse a cabo en convocatorias independientes de las de ingreso.
3.5. Las vacantes convocadas para promoción interna que queden desiertas, se acumularán a las que se ofrezcan al resto de los aspirantes de acceso libre.
3.6. En todo lo no previsto en este apartado, el régimen aplicable al Turno de Promoción Interna será el establecido en las Bases Generales y en los Anexos a las mismas para el Turno Libre.
Cuarta. Requisitos de los aspirantes.
4.1. Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea en los términos de la Ley 17/93, de 23 de diciembre y R.D. 543/2001 que la desarrolla.
B) Tener cumplidos 18 años de edad.
C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones
Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
E) Estar en posesión del título académico exigido en los anexos de esta convocatoria, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias.
F) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se establecen específicamente para cada plaza en los anexos respectivos.
4.2. Los requisitos establecidos en el apartado anterior, así como los específicos que determinen los anexos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de
solicitudes.4.3. De conformidad con la Ley 13/82, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, en las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones que los demás aspirantes.
Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas en los casos de incompatibilidad con el desempeño de las tareas o funciones propias de las plazas a las que se aspire.
En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los
interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria, a la que deberá acompañarse acreditación documental expedida por Organismo competente, de su condición de minusválido en grado igual o superior al 33 por 100.
La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas se dictaminará por los servicios médicos que designe el Ayuntamiento.
4.5. En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas
selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.
Quinta. Solicitudes.
5.1. Quienes deseen participar en los procedimientos
selectivos deberán formular solicitud ajustada al modelo que figura como Anexo 1 de estas Bases.
5.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, sito en Plaza del Rey s/n (C.P. 11100),
acompañadas de:
A) Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen en la cuantía señalada para cada categoría en los anexos.
Esta cantidad podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, en la entidad bancaria colaboradora La Caixa, o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería
Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, DNI y el texto "Tasa examen", aún cuando sea impuesto por persona distinta.
Estarán exentos del pago de esta tasa las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Se acreditará dicha condición mediante original o copia compulsada del certificado de minusvalía emitido por el Organo competente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u Organos similares de otras Administraciones Públicas, y que se encuentre revisado a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
B) Acreditación documental de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, en su caso.
Se deberán presentar tantas solicitudes, justificantes de ingreso de derechos de examen y acreditaciones documentales de méritos, como número de plazas a cuyas pruebas se pretenda concurrir.
5.3. También podrán presentarse las solicitudes en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación del Anuncio extractado de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado para las plazas de turno libre, o a partir del siguiente al de la publicación del Anuncio
extractado de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, para las plazas del turno de promoción interna.
Sexta. Admisión de aspirantes.
6.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes y dentro del mes siguiente, el Ilmo. Sr. Alcalde dictará Resolución aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, quedando las mismas expuestas en el tablón de edictos de esta
Corporación.
Un extracto de dicha Resolución en que se señalará el lugar en que quedan expuestas las listas de admitidos y excluidos, plazo para subsanación, el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los aspirantes, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y asimismo quedará expuesto en el tablón de edictos de la Corporación.
6.2. Los aspirantes excluidos provisionalmente podrán subsanar defectos en el plazo de diez días hábiles conforme al art. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6.3. Transcurrido el plazo anterior, las subsanaciones y reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en Resolución de la Alcaldía declarando aprobada la lista
definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Esta
Resolución y las listas definitivas se publicarán en el tablón de anuncios de la Corporación y podrán ser impugnadas por los interesados mediante recurso jurisdiccional contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo en Cádiz, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación en el tablón de anuncios de la Corporación.
Séptima. Tribunales.
7.1. Los Tribunales estarán constituidos bajo el principio de especialización y estarán configurados para cada una de las categorías del siguiente modo:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Vocales:
- El Secretario General de la Corporación o empleado/a público en quien delegue.
- Un/a representante de la Junta de Andalucía.
- Un/a Concejal de la Corporación designado por el Alcalde.
- Un/a empleado/a público de la Corporación designado el Alcalde.
- Un/a empleado/a público designado por el Comité de Personal Laboral.
Secretario: Un empleado público de la Corporación designado por el Alcalde.
7.2. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.
7.3. Cada Grupo Político Municipal podrá nombrar a un Concejal para asistir a las pruebas selectivas con voz pero sin voto.
7.3. El Presidente y los Vocales actuarán con voz y voto; El Secretario del Tribunal actuará con voz y sin voto.
Los Vocales deberán estar en posesión de título académico igual o superior al de la plaza objeto de convocatoria.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Alcaldía-Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el art. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales por las mismas causas.
7.4. Los Tribunales funcionarán de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Título II, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre RJAP y PAC. No obstante, para la válida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones, bastará la
asistencia de más de la mitad de sus miembros con voto, titulares o suplentes, indistintamente.
Las sesiones deliberantes y decisorias del Tribunal serán secretas y en las mismas no podrán permanecer más miembros que los integrantes del mismo y los asesores nombrados por el Tribunal, en su caso.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos
presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.
Si por cualquier circunstancia no concurriera a alguna de las sesiones el Presidente, titular o suplente, y/o el Secretario, titular o suplente, se suplirán por los vocales de mayor y menor edad, respectivamente.
7.5. Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto de lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo
contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz pero sin voto.
7.6. Todos los miembros del Tribunal Calificador, así como los asesores del mismo, tendrán derecho a la percepción de
"Asistencias" en la forma y cuantía que señala la legislación vigente. A estos efectos los Tribunales se califican en las categorías que se indican en los anexos a estas Bases.
Octava. Desarrollo de los ejercicios.
8.1. Los lugares, fechas y horas de celebración de la fase de concurso, en su caso, y los primeros ejercicios de cada proceso selectivo se anunciarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos de la Corporación en la Resolución a que alude la base sexta apartado uno.
Una vez iniciados los procesos selectivos, los anuncios se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en los mismos se indicarán día, hora y lugar de celebración de la prueba siguiente dándose con ello por convocados los
aspirantes que hayan superado la prueba anterior.
8.2. La actuación de los aspirantes se iniciará por la letra "F" que ha resultado del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para los procesos selectivos que se celebren durante el año 2005 (BOE núm., de 17 de enero de 2005).
8.3. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y un máximo de cuarenta y cinco días naturales.
8.4. Los aspirantes serán convocados, para cada ejercicio, en llamamiento único. Sólo y exclusivamente por causa de fuerza mayor libremente apreciada por el Tribunal y acreditada y justificada por el aspirante que la alegue, será admisible y otorgable por el Tribunal un segundo llamamiento para el citado aspirante.
8.5. En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes la acreditación de su personalidad, así como de que reúnen los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo.
8.6. Transcurridos diez minutos desde inicio de la actuación en una prueba, el Tribunal podrá acordar la eliminación del aspirante si la actuación del mismo fuera notoriamente
deficiente.
Novena. Sistema de calificación.
9.1. Fase de Concurso. En aquellas convocatorias en que exista esta Fase, porque así se determine en sus anexos respectivos, será tal y como se contempla en el siguiente baremo de
méritos:
1. Cursos y seminarios (máximo 2 puntos).
Acreditados mediante la aportación con la solicitud de
participación de original o fotocopia compulsada del
diploma/título o certificación expedida por la entidad
impartidora correspondiente.
Por la participación en cursos y seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de dos puntos en la forma siguiente:
- Cursos de 10 a 19 horas: 0,1 puntos.
- Cursos de 20 a 49 horas: 0,2 puntos.
- Cursos de 50 a 99 horas: 0,4 puntos.
- Cursos de 100 o más horas: 0,6 puntos.
No se valorarán los cursos inferiores a 10 horas o que no determinaren el número de las que constó.
Deberá haberse convocado e impartido por cualquier
Administración Territorial o Institucional Pública y en pública convocatoria o por organizaciones sindicales o
profesionales, al amparo de los Planes de Formación Continua subvencionados por las Administraciones Públicas.
2. Experiencia profesional (máximo 5 puntos).
Acreditada mediante la aportación con la solicitud de
participación de la correspondiente certificación expedida por el organismo competente en que se indicará la denominación del puesto y las funciones desempeñadas en el mismo.
La valoración del trabajo desarrollado se cuantificará
atendiendo a la experiencia en los puestos de igual naturaleza y contenido al solicitado, hasta un máximo de cinco puntos en la forma siguiente:
- Por haber trabajado en esta Administración Local, en el mismo puesto de trabajo al que se accede: 0,1 puntos por mes hasta un máximo de cinco puntos.
- Por haber trabajado en otras Administraciones Locales, en el mismo puesto de trabajo al que se accede: 0,05 puntos por mes con un máximo de tres puntos.
- Por haber trabajado en otras Administraciones Públicas, en el mismo puesto al que se accede: 0,025 puntos por mes con un máximo de un punto y medio.
En cómputo por días, los meses se entienden de treinta días.
En todo caso, la puntuación máxima total a alcanzar por este concepto no podrá exceder de cinco puntos.
La Fase de Concurso será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la Fase de Oposición.
De figurar en los anexos de las convocatorias un baremo de méritos distinto al baremo general, será de aplicación el distinto que en ellas se especifique.
9.2. Fase de Oposición.
Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes, serán eliminatorios y
calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
Si en alguno de los temas o partes que contengan los
ejercicios, al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.
El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos.
La calificación de cada ejercicio será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros presentes del Tribunal entre el número de los mismos, despreciándose las notas máxima y mínima cuando entre ambas exista una diferencia superior a tres puntos.
En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se eliminarán únicamente una de ellas, respectivamente.
Este sistema de calificación general no regirá para aquellas pruebas en cuyos anexos se establezca uno idéntico o distinto, ya que será de aplicación el que se especifique en los anexos respectivos.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación.
9.3. Calificación final.
En los casos de oposición la calificación final será la que resulte de la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En los casos de concurso-oposición, la calificación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso más la media resultante de los ejercicios de la fase de oposición.
En caso de empate en la calificación final entre dos o más aspirantes, que influya en el proceso de propuesta de
selección, el Tribunal Calificador someterá a los aspirantes afectados a una nueva prueba, a determinar por el mismo para dirimirlo.
Décima. Puntuación y propuesta de selección.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá superar al número de plazas convocadas.
Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, al Alcalde-Presidente de la Corporación, a los efectos de la formalización de los contratos.
Undécima. Presentación de documentos y adquisición de la condición de personal laboral fijo.
El/los aspirante/s propuesto/s aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base décima, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base cuarta de la convocatoria y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los anexos.
De conformidad con lo anterior, los aspirantes habrán de aportar en el plazo señalado los siguientes documentos:
A) Certificado de Nacimiento y fotocopia compulsada del DNI.
B) Copia auténtica o fotocopia compulsada del título
correspondiente que le habilite para la cobertura de la plaza a la que haya concurrido.
C) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones vigentes.
D) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario o sentencia judicial, del servicio de ninguna Administración Pública, ni inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
E) Certificado Médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función pública.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor no presentaran la documentación, no podrán ser contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
En el supuesto de que algún aspirante fuera excluido por no presentación o falsedad en la documentación, o no superara el reconocimiento médico previsto en las Bases Generales o Anexos en que así se recogiere, el Tribunal Calificador queda
facultado para proponer adicionalmente la inclusión, en el mismo número de los excluidos, de aquellos aspirantes que habiendo superado todas las pruebas estén fuera del cupo de plazas convocadas.
Cumplidos los trámites, se procederá a formalizar contrato de trabajo en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que le sea notificada la Resolución por la que se adjudica la plaza.
Duodécima. Norma final.
1. Las Bases de esta convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Contra este acuerdo, que es definitivo en vía
administrativa, puede presentarse, a elección de los
interesados:
- Recurso de reposición, ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la
publicación del anuncio extractado en el Boletín Oficial del Estado.
- Recurso contencioso-administrativo, directamente ante el Juzgado de lo Contencioso de Cádiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio extractado en el Boletín Oficial del Estado.
Si se opta por presentar el recurso de reposición, el plazo para dictar la resolución y notificación/publicación del mismo será de un mes; y contra la desestimación expresa, o presunta por el transcurso del plazo del mes, podrá presentar recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional y en el plazo antes mencionado.
Sin perjuicio de ello, podrá presentar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
La interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
ANEXO I
Plazas: Trabajador/a Social
Número de plazas: Tres (3).
Grupo de titulación: B.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Turno de acceso: Libre.
Titulación exigida: Diplomado Trabajo Social.
Derechos de examen: 17,86 euros.
Categoría Tribunal: Segunda.
Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo máximo de tres horas, dos temas entre los tres elegidos al azar de las materias comunes del temario exigido para el puesto en el anexo.
Los tres temas elegidos al azar serán extraídos de una bolsa o bombo donde se encontrarán incluidas tantas bolas como temas integran la parte general del programa, y lo realizará un miembro del Tribunal inmediatamente antes de dar comienzo la prueba en presencia de los aspirantes a la plaza.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la calidad de exposición escrita y la capacidad de síntesis.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo máximo de tres horas, cuatro temas elegidos al azar, debiendo corresponder uno de ellos a las materias
comunes y tres de las materias específicas del temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la convocatoria.
Los cuatro temas elegidos al azar serán extraídos de una bolsa o bombo donde se encontrarán incluidas tantas bolas como temas integran la parte general y la específica del programa, y lo realizará un miembro del Tribunal inmediatamente antes de dar comienzo la prueba, en presencia de los aspirantes a la plaza.
Posteriormente será leído cada examen ante el Tribunal
Seleccionador, por el opositor, y en sesión pública.
En este ejercicio se valorará además de la formación general, la claridad y orden de ideas, facilidad de exposición escrita, aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.
Tercer ejercicio: Consistirá en la redacción de dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativos a tareas propias de las funciones asignadas a la categoría.
El tiempo de realización será de un máximo de tres horas.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa y técnicas aplicables.
PROGRAMA MATERIAS COMUNES
BLOQUE I
1. La Constitución Española de 1978: Antecedentes y
significado jurídico. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
2. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma.
Administración Local.
3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones de carácter general.
4. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y
participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.
5. El acto administrativo: Concepto y clases de actos
administrativos. Elementos del acto administrativo.
Motivación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El silencio administrativo.
6. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
7. Régimen Local español. Clases de Entidades Locales.
Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.
8. Los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y
certificados de acuerdos.
9. Personal al servicio de las Entidades Locales. Los
funcionarios públicos: Clases. Selección. Situaciones
administrativas. Provisión de puestos de trabajo. El personal laboral: Tipología y selección.
10. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales.
Responsabilidad. Régimen disciplinario. .
11. Los contratos administrativos: Concepto y clases.
Elementos.
12. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Control y
fiscalización.MATERIAS ESPECIFICAS
BLOQUE II
1. El Estado del Bienestar. Perspectivas.
2. Política Social Europea. Estrategia actual. Perspectivas futuras. Programas y líneas de financiación.
3. Los Servicios Sociales en España. Noción constitucional de asistencia social y servicios sociales. Concepto y
desarrollo.4. Competencias de las distintas Administraciones Públicas en Servicios Sociales: Visión general.
5. Los Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma Andaluza. Marco jurídico y planificación regional.
6. La Ley de Servicios Sociales en Andalucía.
7. Los Ayuntamientos Andaluces y los Servicios Sociales. Competencias. Modelos Organizativos y de Gestión.
8. El Plan Concertado para el desarrollo de las prestaciones básicas de Servicios Sociales en las Corporaciones Locales.
9. Los Servicios Sociales Comunitarios. Especial referencia a la Ciudad de San Fernando.
10. Los Servicios Sociales Especializados. Concepto y
tipología.
11. Centros de Servicios Sociales. Organización.
Funcionamiento Programas.
12. El Servicio de Información. Valoración. Orientación y Asesoramiento. Funciones del Trabajo Social. Especial
referencia a la ciudad de San Fernando.
BLOQUE III
13. La financiación de los Servicios Sociales. Los Consejos de Servicios Sociales.
14. El Servicio de Ayuda a Domicilio y la Teleasistencia. Especial referencia a la Ciudad de San Fernando.
15. El Servicio de Cooperación Social. Especial referencia a la Ciudad de San Fernando.
16. Las Prestaciones Complementarias. Especial referencia a la Ciudad de San Fernando.
17. La Fundación Municipal de Servicios Sociales del
Ayuntamiento de San Fernando.
18. El Sistema de Información de Usuario de Servicios
Sociales.
19. La Atención a las Drogodependencias. Plan Andaluz sobre las Drogas. Marco de colaboración con las Corporaciones Locales.
20. La Atención a las Personas Mayores.
21. Los Servicios Específicos de Atención a la Mujer.
22. Legislación sobre el Menor.
23. La atención a la infancia en los Servicios Sociales Comunitarios.
24. Voluntariado Social. Su implicación en la prestación de Servicios Sociales. Principales aportaciones. Principios metodológicos.
BLOQUE IV
25. Los grupos de autoayuda. Características. Aportaciones al Sistema Público de Servicios Sociales.
26. La exclusión social. El Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la marginación y la pobreza.
27. Minorías Etnicas. Intervención de las Entidades Locales en la atención a las minorías étnicas.
28. La atención de la inmigración en la Comunidad Autónoma Andaluza. Estrategias de Intervención.
29. La familia. Planes de apoyo a la familia.
30. La intervención del Trabajador Social en la Familia. La familia con factores de riesgo y la familia
multiproblemática.31. La atención a las personas con
discapacidad.
32. La atención social a las personas marginadas sin hogar.
33. Historia y evolución de las formas de Acción Social.
34. El Trabajo Social. Concepto, fundamentos.
35. La ética profesional del Trabajo Social. Código de Etica. Profesional de la Federación Internacional del Trabajo Social.
36. La metodología del Trabajo Social. Métodos tradicionales y planteamientos metodológicos del Trabajo Social.
BLOQUE V
37. La investigación Social. Estudio y diagnóstico como fases de la metodología del Trabajo Social.
38. La planificación operativa en Servicios Sociales. Diseño de Proyectos Sociales.
39. La Evaluación de Proyectos de Intervención Social.
40. La supervisión en Trabajo Social.
41. Técnicas utilizadas en Trabajo Social. Cuestiones
generales.
42. La observación en Trabajo Social.
43. La entrevista en Trabajo Social.
44. Soportes documentales en Trabajo Social. Ficha Social. Informe Social. Historia Social. El contrato: un instrumento para el cambio.
45. El Equipo Interdisciplinar. Composición y roles.
Coordinación entre Servicios Sociales Comunitarios y
Especializados.
46. La calidad en las Prestaciones de los Servicios Sociales.
47. La intervención con grupos. Estructura y funcionamiento del grupo. El pequeño grupo como un sistema social.
48. La Comunidad. Concepto. Diferentes modelos de intervención desde el trabajo social.
ANEXO II
Plazas: Auxiliar Administrativo
Número de plazas: Cuatro (4).
Grupo de titulación: D.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Turno de acceso: Libre.
Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.
Derechos de examen: 10,65 euros.
Categoría Tribunal: Tercera.
Reserva para Promoción Interna Ascendente.
Se reserva para el Turno de Promoción Interna Ascendente dos plazas de las cuatros convocadas.
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes de promoción interna deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Pertenecer como laboral fijo en activo en cualquier
categoría perteneciente al Grupo E del Ayuntamiento de San Fernando, y haber prestado servicios en cualquiera en la citada categoría por un período mínimo de dos años.
b) Estar en posesión del Graduado Escolar, Formación
Profesional de Primer Grado.
Ejercicios:
Primer ejercicio: La prueba consistirá en la realización de un documento, elegido por uno de los aspirantes al azar, de entre tres propuestos por el Tribunal. Dicho documento deberá realizarse con Lotus Wordpro, versión 9. Dicha prueba se realizará con ordenadores personales de idénticas
características, conectados en red, y compartiendo un número determinado de impresoras todas ellas iguales. Todo el
hardware y el software, será probado y certificado minutos antes de la realización de la prueba por un miembro del Tribunal Examinador. La valoración de dicha prueba se
realizará en función de una tabla de puntuaciones que se proporcionará antes de la realización del ejercicio. Los aspirantes, deberán venir provistos de un disco magnético en blanco, de 3 pulgadas y media, de alta densidad, y etiquetado con el DNI del aspirante. Dicho disco se entregará junto con el documento original. El archivo grabado en el disco, se nombrará con el DNI del aspirante y extensión DOC. Queda fuera de la responsabilidad del Tribunal, la posibilidad de que el disco proporcionado estuviera defectuoso. En este caso, el Tribunal podrá proporcionar otro disco, siempre a petición del interesado. Asimismo, será de precaución del aspirante ir grabando el texto en un espacio del disco rígido del
ordenador, a designar por el Tribunal, o bien en el disco que ha de entregar. No se considerarán válidos, aquéllos
ejercicios en los que falta o bien el disco o bien el
documento original.
Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación de un
cuestionario de preguntas tipo test correspondientes a las materias comunes del temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la convocatoria.
La duración y puntuación del mismo será decidida por el Tribunal Calificador y comunicada a los aspirantes con
anterioridad a la realización de la prueba.
Tercer ejercicio: Consistirá en la contestación de un
cuestionario de preguntas tipo test correspondientes a las materias específicas del temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la convocatoria.
La duración y puntuación del mismo será decidida por el Tribunal Calificador y comunicada a los aspirantes con
anterioridad a la realización de la prueba.
PROGRAMA
MATERIAS COMUNES
BLOQUE I
1. La Constitución Española de 1978: Antecedentes y
significado jurídico. Características y Estructura. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
2. Nociones generales sobre la Corona y los Poderes del Estado.
3. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma.
Administración Local.
4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y
disposiciones generales. Idea general sobre las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
5. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.
6. El Municipio: Organización municipal y competencias.
7. La provincia en el Régimen Local: Organización provincial y competencias.
8. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La Autonomía Local y el control de legalidad.
9. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones generales.
10. Formas de acción administrativa en la esfera local.
11. La Ley de las Haciendas Locales: Principios inspiradores. Clasificación de los ingresos. Impuestos, tasas y
contribuciones especiales. Precios públicos.
12. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.
MATERIAS ESPECIFICAS
BLOQUE II
1. Procedimiento Administrativo Local. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos.
2. Los actos administrativos: concepto y clases. Motivación. Eficacia y validez de los actos. Notificación.
3. Los recursos administrativos en el ámbito de las Entidades Locales. Concepto y clases. La revisión de oficio de los actos administrativos.
4. Los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.
5. La Administración al servicio del ciudadano: Atención al público. Acogida e información al ciudadano. Los servicios de información administrativa.
6. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: sus componentes fundamentales.
7. La ofimática: el tratamiento de textos, Bases de Datos y Hojas de Cálculo.
8. Organización del trabajo y el trabajo en equipo en la Administración.
9. Los documentos administrativos: Concepto. Funciones y características. Distintos tipos de documentos
administrativos. Formación del expediente administrativo.
10. Los archivos. Concepto. Características y funciones. Ideas generales sobre el sistema archivístico español. Criterios de ordenación de los archivos vivos o de gestión.
11. Técnicas de redacción, elaboración y presentación de los documentos. El lenguaje y estilo administrativo.
12. Personal al servicio de las Entidades Locales. Los
funcionarios públicos: Clases. Selección. Situaciones
administrativas. El personal laboral: Tipología y selección.
13. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad y régimen disciplinario. Provisión de puestos de trabajo.
ANEXO III
Plazas: Oficial Electricista
Número de plazas: Una (1).
Grupo de titulación: D.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Turno de acceso: Libre.
Titulación exigida: Formación profesional de primer grado, rama electricidad.
Derechos de examen: 10,65 euros.
Categoría Tribunal: Tercera.
Fase de Concurso:
El baremo será el establecido en la Base General novena "Sistema de calificación", con la salvedad de la inclusión en su apartado 9.1.1 (Sistema de calificación, cursos) la
baremación de la posesión del Certificado de Cualificación Individual de Categoría Especialista de Líneas Eléctricas, expedido por la Delegación de Industria con 1,50 puntos.
Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de una hora para su realización.
Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación de un
cuestionario de preguntas tipo test correspondientes al temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la
convocatoria.
La duración y puntuación del mismo será decidida por el Tribunal Calificador y comunicada a los aspirantes con
anterioridad a la realización de la prueba.
P R O G R A M A
MATERIAS COMUNES
BLOQUE I
1. La Constitución Española de 1978: Antecedentes y
significado jurídico. Características y Estructura. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
2. Nociones generales sobre la Corona y los Poderes del Estado.
3. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma.
Administración Local.
4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales. Idea general sobre las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
5. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.
6. El Municipio: Organización municipal y competencias.
7. La provincia en el Régimen Local: Organización provincial y competencias.
8. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La Autonomía Local y el control de legalidad.
9. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones generales.
10. Formas de acción administrativa en la esfera local.
11. La Ley de las Haciendas Locales: Principios inspiradores. Clasificación de los ingresos. Impuestos, tasas y
contribuciones especiales. Precios públicos.
12. El presupuesto de las entidades locales. Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y
fiscalización.MATERIAS ESPECIFICAS
BLOQUE II
1. Instrucción del Ministerio de Industria ITC-BT-09 del Reglamento Electrónico de Baja Tensión.
2. Unidades eléctricas generales: Tensión, intensidad y potencia. Aparatos que las miden.
3. Instalaciones de alumbrado público: Instalaciones
enterradas. Tipos de arquetas. Báculos, acometidas y
luminarias.
4. Instalaciones de alumbrado público: Tendido de conductores sobre fachadas y postes. Derivaciones.
5. Armarios de alumbrado público, diversas disposiciones. Sistemas de ahorro energético. Circuito de mando de alumbrado intensivo y permanente.
6. Suministros en Baja Tensión. Previsión de cargas.
Acometidas, cajas generales de protección, líneas
repartidoras, derivaciones individuales, contadores, cuadros de mando y protección.
7. Instalaciones interiores. Prescripciones generales y sistemas de instalación. ITC-BT-19, 20 y 21.
8. Instalaciones interiores. Sistemas de protección ITC-BT-22,
23 y 24.
9. Instalaciones con fines especiales I. Instalaciones en locales de pública concurrencia, locales con riesgos de incendios y explosión, locales húmedos, locales mojados y locales afectos a un servicio eléctrico (ITC-BT-28, 29, 30 y
31).
10. Alumbrados de emergencia y señalización. Instalaciones de alarmas.
11. Instalaciones con fines especiales II. Instalaciones provisionales y temporales, ferias y stands ITC-BT-33, 34 y.
12. Tipos de averías de una red eléctrica de Baja Tensión y de Alumbrado Público.
13. Instalaciones de puesta a tierra. Elementos que deben ponerse a tierra (ITC-BT-18).
14. Dimensionado en las instalaciones eléctricas. Potencias a considerar. Factores de simultaneidad. Dimensionado de
conductores: Cálculo por densidad de corriente. Cálculo por caída de tensión.
15. Instalaciones en centros docentes. Características
generales y especiales.
16. Instalaciones especiales: Megafonía, telefonía, redes de ordenadores. Instalación de relojes eléctricos, antenas de televisión y radio frecuencia.
17. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Reglamento de Aplicación que afecten a los trabajos eléctricos. Equipos y medios de protección personal. Prevención del riesgo
eléctrico.
18. Iluminación fluorescente. Sistemas. Lámparas de arranque rápido. Montaje. Reactancias y cebadores.
19. Redes eléctricas y centros de transformación: Parte del CT Circuitos y protecciones. Precauciones en la ejecución de los trabajos en el interior del CT. Redes con neutro a tierra. Precauciones en la ejecución de los trabajos en redes
eléctrica en Baja tensión. Precaución en la desconexión del neutro.
ANEXO IV
Plazas: Oficial Carpintero
Número de plazas: Una (1).
Grupo de titulación: D.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Turno de acceso: Libre.
Titulación exigida: Formación Profesional de Primer Grado, Rama Carpintería.
Derechos de examen: 10,65 euros.
Categoría Tribunal: Tercera.
Ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de una hora para su realización.
Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación de un
cuestionario de preguntas tipo test correspondientes al temario exigido para el puesto de trabajo y anexo a la
convocatoria.
La duración y puntuación del mismo será decidida por el Tribunal Calificador y comunicada a los aspirantes con
anterioridad a la realización de la prueba.
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