Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 21/10/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se da publicidad a las Resoluciones de 3 y 24 de junio de 2005, dictadas en el expediente 2002/41/0073 sobre protección de menores, por las que se acuerda el cambio de medida de protección de la menor.

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Nombre y apellidos: Don Javier Cabrera Morato. Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos

59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose el interesado en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fechas 3 y 24 de junio de 2005 la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, en el expediente de protección de menores arriba señalado, dictó resoluciones acordando:

1. Ratificar la situación legal de desamparo de la menor S.C.M., nacida el día 18 de septiembre de 1997, hija de doña Carmen Mesa Alcázar y don Javier Cabrera Morato.

2. Cesar el internamiento de la menor en el Centro donde se encontraba ingresada, Centro de Acogida Inmediata "Toribio Velasco".

3. Ordenar el traslado de la menor al Centro acordado como idóneo por esta Entidad Pública, bajo la guarda de su Director y con la vigilancia de esta Entidad Pública.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, los interesados en paradero desconocido, podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm. 89, 3.ª planta.

Contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites establecidos en los artículos 779 y siguientes de la LEC, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley procesal.

Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuita por el Abogado y Procurador en el procedimiento judicial cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Sevilla, 7 de octubre de 2005.- La Delegada, M.ª José Castro Nieto.

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