Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 24/10/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de la Delegación Provincial de Huelva, de Resolución de Cambio de Centro, adoptada en el expediente de proteccion de menores núm. 352-2002-21-000038.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 22 del Decreto 42/02 de 12 de febrero de acogimiento familiar y adopción, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 21 de septiembre de 2005, adoptada en el expediente de desamparo de menores núm. 352-2002-21-38, relativo al menor M. A. C., a la madre del mismo doña M.a José Da Costa Silva, por el que se,

A C U E R D A

1. Mantener lo acordado en la resolución de fecha 15 de octubre de 2002, respecto a la declaración de la situación legal de desamparo así como la asunción por ministerio de la ley de la tutela del menor M. A. C.

2. Proceder al cambio en el acogimiento residencial del menor, constituyéndose el acogimiento residencial que será ejercido por la Dirección del Centro "La Dehesa" sito en Corteconcepción, cesándose el Acogimiento Residencial en el Centro "Residencia Juvenil Adonais Emaús" de Gibraleón (Huelva).

3. Respecto al régimen de relaciones personales del menor con sus padres, familiares y allegados, se determina que podrá ser visitado en el centro en los días y horarios que la Dirección estipule a tales fines. A su vez, se permitirán las salidas del menor previa coordinación entre familia, Dirección del Centro y Unidad Tutelar.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta Capital por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley procesal.

Huelva, 21 de septiembre de 2005.- El Presidente de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, José Martín Gómez.

Descargar PDF