Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 31/10/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INST. E INSTR. Nº1 DE ROTA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 166/2003. (PD. 3967/2005).

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NIG: 1103041C20031000317.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 166/2003.

Negociado: MJ.

Sobre: Declaración de dominio.

De: Doña Adelaida Ramírez Sabater.

Procuradora: Sra. Elvira Bidón González.

Contra: Construcciones Luis Serrano, Luis Serrano Mantilla y Carlota Viveros García Rabadán.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento 166/2003 seguido a instancia de Adelaida Ramírez Sabater contra Construcciones Luis Serrano, Luis Serrano Mantilla y Carlota Viveros García Rabadán sobre declaración de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Vistos por Irene Partida Barreto, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Rota, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 166/2003 entre:

Parte demandante: Doña Adelaida Ramírez Sabater, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Elvira Bidón González y asistida por el Letrado don Rafael Lara López.

Parte codemandada: La entidad mercantil "Construcciones Luis Serrano", don Luis Serrano Mantilla y doña Carlota Viveros García, declarados en situación de rebeldía procesal.

F A L L O

Estimo la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales doña Elvira Bidón González, en nombre y representación de doña Adelaida Ramírez Sabater contra la entidad mercantil "Construcciones Luis Serrano" y contra los cónyuges don Luis Serrano Mantilla y doña Carlota Viveros García Rabadán y en consecuencia declaro que la actora y su esposo son propietarios de la vivienda sita en la Villa de Rota en Residencia Serrano número 15 y en consecuencia se acuerda librar mandamiento al Registro de la Propiedad de Rota para que proceda a la inscripción de la citada vivienda, cuya descripción consta en el antecedente de hecho primero de esta resolución, a favor de la sociedad legal de gananciales de la actora y su esposo así como a la cancelación de las inscripciones contradictorias con la anterior, con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se notifique esta resolución. Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Esta sentencia fue leída y publicada estando S.S.ª celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados rebeldes Construcciones Luis Serrano, Luis Serrano Mantilla y Carlota Viveros García Rabadán, extiendo y firmo la presente en Rota a cuatro de octubre de dos mil cinco.- El/La Juez.

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