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De acuerdo con lo establecido en el art. 96.3 de la Ley/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, de aplicación supletoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y conforme al art. 86 del Reglamento General para Desarrollo y Ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, aprobado por R.D. 1471/1989, de 1 de diciembre, se procede a la información pública del Proyecto de Delimitación de la Zona de Servicio Portuario del Puerto de Punta Umbría (Huelva).
A N T E C E D E N T E S
Por Real Decreto 1046/1994, de 20 de mayo, se cambia la clasificación como puerto de interés general del Puerto de
Punta Umbría, cambiando su titularidad a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Puerto de Punta Umbría fue traspasado a la Comunidad Autónoma de Andalucía por Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 5 de julio de 1995 aprobado por R.D./95, de
4 de agosto, sobre ampliación de medios adscritos a la Comunidad Autónoma de Andalucía por R.D./1983, de 25 de agosto, en materia de puertos.
Los planos anexos al acta de entrega y recepción delimitan la zona de servicio del Puerto de Punta Umbría, en tierra; desde la línea del cerramiento apoyado en el extremo norte del muelle pesquero hasta la vuelta de la vía de enlace al sur del muelle de las canoas, en agua; desde el paralelo 37º,5 hasta el paralelo 37º 10,4, y por el límite más a tierra de la zona intermareal al oeste y BMVE al este, como aguas Zona I del Puerto de Huelva que se adscriben al de Punta Umbría.
Las delimitaciones referidas se amplían; al norte del límite de las aguas entregadas como adscritas al Puerto de Punta Umbría con la instalación de atraques flotantes para el Club Náutico-Deportivo Punta Umbría (Peguera) y canal de navegación hasta conectar con la Zona de Servicio del Puerto de Huelva en la vertical W del puente levadizo sobre el Estero del Burro Grande, al sur con la canal de acceso, y en las márgenes de la ría con el respeto de las zonas de playa.
Objeto de la Información Pública.
El objeto de la Información Pública es la exposición del Proyecto para conocimiento general, y para los que pudieran considerarse afectados.
Cabe por tanto, durante el plazo que dure la Información Pública, la presentación de "alegaciones".
Alegaciones.
Las alegaciones versarán sobre el Proyecto de Delimitación señalado, así como de cualquier otro asunto que se considere de interés relacionado con el asunto.
Cada alegación, además de incorporar documentos justificativos de la materia alegada o que se consideren de interés, deberá cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos formales:
- Deberán contener información sobre la personalidad del alegante: Nombre, dirección completa y teléfono. Las personas físicas o empresas individuales presentarán copia del DNI o el que en su caso lo sustituya reglamentariamente. Las personas jurídicas presentarán copia de la Escritura de Constitución o Modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil. Los que comparezcan o firmen en nombre de otro acompañarán poder al efecto.
- Deberán de presentar en original firmado, antes de la fecha de finalización del período de Información Pública, no
admitiéndose el envío por fax, en las oficinas de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía sitas en el Puerto de Punta Umbría (Huelva), o en la sede central de esta Empresa en Sevilla, sita en Avda. República Argentina, 43, Acc., 2.ª planta, 41011, Sevilla. Todo ello en el horario de atención al Registro establecido los días laborable de lunes a viernes, de
9,00 h a 14,00 h.
- Deberá hacerse constar el Registro de Entrada en esta Entidad con señalamiento de la hora y fecha de la
presentación.
- No se admitirán cambios ni sustituciones. Cualquier
modificación o ampliación de lo presentado deberá acompañarse de la totalidad de la documentación precisa, haciéndose constar la solicitud de la anulación de lo presentado
anteriormente.
Finalización del período de Información Pública.
Las alegaciones recibidas en forma en el plazo establecido de un mes conforme al art. 96.3 de la Ley 48/2003 serán
tramitadas conforme a la misma Ley, R.D. 1471/89 y Ley/94, de la CAA.
La resolución sobre las alegaciones se efectuará previa audiencia, en su caso, a los interesados en el expediente.
Sevilla, 3 de noviembre de 2005.- La Directora Gerente, Montserrat Badía Belmonte.
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