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CONVOCATORIA Y BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION COMO FUNCIONARIO DE CARRERA DE UNA PLAZA DE TECNICO EN PREVENCION DE RIESGOS LABORALES, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VELEZ-MALAGA E INCORPORADA A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2005
1. Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera de una plaza de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, grupo B, de la Escala de Administración Especial Subescala Técnica, vacante en la plantilla de funcionarios del Excmo Ayuntamiento de Vélez-Málaga y correspondiente a la Oferta de Empleo del año 2005.
1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación las Bases de la presente convocatoria y en lo no previsto en ellas la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley 11/99, de 21 de abril; RDL 781/86, de 18 de abril; RD 896/91, de 7 de junio; el RD 364/95, de 10 de marzo y Ley 30/92, de 26 de noviembre.
1.3. Requisitos:
A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o tener relación de parentesco en los términos señalados en la Ley 17/93, de 23 de diciembre desarrollado por el RD 800/1995.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad.
c) Estar en posesión del título Diplomado Universitario o equivalente y poseer titulación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos laborales en las disciplinas de:
- Seguridad en el Trabajo.
- Higiene Industrial y
- Ergonomía y Psicosociologia aplicada.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.
e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
B) Todos los requisitos a que se refiere la base 1.3 apartado A, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 90 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, en un tiempo de 90 minutos elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria. El criterio de corrección será el siguiente: por cada tres preguntas incorrectas se invalidará una correcta. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relacionado con las materias contenidas en el temario de materias específicas y las funciones de la plaza a que se opta.
El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.
Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales no comentados de los que acudan provistos.
Entrevista curricular: Tendrá carácter obligatorio y se puntuará hasta un máximo de 2 puntos. Tendrá una duración máxima de 10 minutos y versará sobre el currículum vitae del aspirante y sobre las funciones y cometidos propios de la plaza a que se opta.
2. Desarrollo de los ejercicios.
2.1. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra "V" de conformidad con el sorteo realizado al efecto por el Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga en fecha 5.4.2005.
2.2. En el Decreto por el que se aprueba la lista de admitidos se determinará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio, así como la designación de los miembros del Tribunal. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.
2.3. Los Tribunales adoptarán, siempre que sea posible, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes o bien sean leídos públicamente por los mismos. En este último caso la lectura será obligatoria y pública.
2.4. En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.
2.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
2.6. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo.
2.7. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan.
3. Calificación de los ejercicios.
3.1 Los dos ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
3.2. La puntuación del segundo ejercicio y de la entrevista curricular será la media aritmética de las otorgadas por cada miembro del Tribunal.
3.3. La puntuación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio y la entrevista curricular.
3.4. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la oposición.
4. Solicitudes.
4.1. Las solicitudes dirigidas al Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía.
4.2. A la solicitud se acompañará el resguardo de haber ingresado los derechos de examen, fotocopia del DNl y de la titulación exigida.
4.3. Se presentarán en en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.4. Los derechos de examen serán de 25 euros, y se ingresarán en la caja municipal de la Casa Consistorial o de la Tenencia de Alcaldía de Torre del Mar, o mediante ingreso o transferencia, en la cuenta corriente del Ayuntamiento de Vélez-Málaga núm. 0030-
4048-03-0870000271, de Banesto, sito en plaza de las Carmelitas de Vélez-Málaga o mediante giro postal o telegráfico a la siguiente dirección: Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Tesorería. En estos dos últimos casos figurará como remitente del giro el propio aspirante, que hará constar en su solicitud plaza a la que aspira, clase de giro, su fecha y número.
4.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
5. Admisión de los aspirantes.
5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde, en el plazo de un mes, dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOP, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio.
5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos que haya motivado su exclusión.
5.3 Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que dicte el Sr. Alcalde declarando aprobado la relación definitiva que se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación.
6. Tribunales.
6.1. El Tribunal Calificador estará integrado de la siguiente forma:
Presidente: El Sr. Alcalde Presidente, o concejal en quien delegue.
Vocales:
- Tres Vocales designados por el Sr. Alcalde.
- Un representante de la Junta de Andalucía.
- Dos representantes de la Junta de Personal.
Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.
Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.
Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas.
6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y el Secretario y, al menos, la mitad de los Vocales.
6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, de conformidad con el art. 13.2 del RD 364/1995, de 10 de marzo.
6.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
6.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.
6.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus
resultados.
6.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.
6.8. Por Resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.
6.9. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la
Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y ss de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
7. Lista de aprobados, presentación de documentación y
nombramiento de funcionarios.
7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.
7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición y la entrevista curricular, el Tribunal hará público el anuncio del aspirante aprobado, que no podrán exceder de la plaza objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida por el mismo. Dicho anuncio será elevado al Excmo. Sr. Alcalde con propuesta del candidato para el nombramiento de funcionario.
7.3. En el plazo de veinte días naturales el aspirante propuesto deberá presentar en la Sección de Personal de este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.
7.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
7.6. El plazo para tomar posesión será de un mes a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.
8. Bolsa de Trabajo.
8.1. Con los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase oposición se constituirá una Bolsa de Trabajo con la finalidad de atender futuras necesidades de personal temporal o interino, en la que figurarán por el orden resultante de las puntuaciones obtenidas de mayor a menor. La referida Bolsa, que derogará cualquier otra que estuviese en vigor en esta
categoría, funcionará con carácter rotatorio, de tal forma que, a aquéllos que hayan finalizado un contrato de trabajo o a aquéllos a los que habiéndosele ofrecido un contrato de trabajo renuncien al mismo, pasarán al último lugar de la misma. Salvo, en los casos que, el contrato a ofrecer al aspirante que corresponda conforme al orden establecido en la Bolsa de Trabajo, no pueda ser ofertado a éste, en base a no haber transcurrido los plazos previstos para cada modalidad
contractual, en este supuesto al tratarse de una cuestión ajena al propio trabajador, éste no pasaría al último lugar de la Bolsa de Trabajo, sino que se le respetaría el puesto en la Bolsa ofertándole una nueva contratación ajustada a la
modalidad contractual que proceda.
8.2. Las contrataciones que se efectúen para cubrir plazas con carácter de interinidad por vacante, serán ofertadas por riguroso orden de puntuación, independientemente del orden en que se estén efectuando las contrataciones temporales anteriormente referidas.
9. Norma final.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A N E X O
MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Los Derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.
Tema 2. La Administración Pública en el Ordenamiento Jurídico Español. Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones del Estado. Autonómica. Local e Institucional.
Tema 3. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 4. Régimen Local Español. Entidades que lo integran. Principios Constitucionales y regulación jurídica.
Tema 5. El Municipio. Organización municipal. Competencias.
Tema 6. Formas de acción administrativa en la esfera local. Fomento. Servicio Público. Policía. Especial referencia a la concesión de licencias.
Tema 7. Las Haciendas Locales. Clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.
Tema 8. Los Presupuestos Locales. Estructura. Tramitación. Régimen Jurídico del gasto público local.
Tema 9. Procedimiento Administrativo Local. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y Notificaciones. Los actos
administrativos: Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y Certificaciones de acuerdos.
Tema 11. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones
administrativas. El personal laboral.
Tema 12. Derechos de los funcionarios públicos locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales. Deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad y régimen disciplinario.
MATERIAS ESPECIFICAS
Tema 1. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Tema 2. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales: Interacción trabajo y salud. El concepto de la integración de la prevención. Prevención y calidad.
Tema 3. Las técnicas preventivas: Los principios de prevención. Seguridad en el Trabajo. Higiene Industrial. Ergonomía. Psicosociología aplicada. Medicina del trabajo. Técnicas de participación. La información y la comunicación. La formación. Relaciones con otros ámbitos: industrial, sanitario,
medioambiental, sectoriales (agricultura, minería, pesca, construcción, transporte).
Tema 4. Unión Europea: El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la politica comunitaria en esta materia en el ámbito de los Tratados de las Comunidades Europeas. Situación actual: el Tratado de Amsterdam y el Tratado de Niza.
Tema 5. Las normas técnicas: concepto y tipos de normas. Origen y evolución de la normalización. Organismos Internacionales. ISO (Organización Internacional de Normalización) y CEN (Comité Europeo de Normalización). Organismos Europeos de normalización. Situación en España. El mercado único y las normas armonizadas. La certificación CE. El marcado CE. Las normas técnicas en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
Tema 6. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España (I): Antecedentes inmediatos. La Constitución de 1978. El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función publica. La Ley General de la Seguridad Social. La Ley 31/1995 de 8 de noviembre: contenido, significado general y naturaleza. La Ley sobre Sanciones e Infracciones en el Orden Social. La
articulación jurídica de la prevención de riesgos laborales.
Tema 7. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España (II): Actuaciones de las Administraciones Públicas competentes en materia laboral. La distribución de competencias y coordinación de actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Funciones y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la materia. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas. La Seguridad Social y las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Tema 8. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en Espana (Ill): Actuaciones de las Administraciones Públicas competentes en materia Sanitaria y de Industria Normativa Estatal y de la Comunidad de Andalucía.
Tema 9. Derechos y deberes: El derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. EI deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Coordinación de actividades empresariales en materia de prevencion. Protección de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones de los trabajadores.
Tema 10. Consulta y participación de los trabajadores: el deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención: designación, garantías, competencias y facultades. El Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Tema 11. El Reglamento de los Servicios de Prevención (I): La integración de la actividad preventiva y la acción de la empresa en la materia. La evaluación de los riesgos. La planificación de la prevención. Características y funciones de un servicio de prevención. La organización de los recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades: sus funciones y requisitos. Las actuaciones en materia preventiva de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Tema 12. El Reglamento de los Servicios de Prevención (II): La acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas. Funciones y niveles de cualificación. La Especialidad de Medicina del Trabajo y el Diploma de Enfermería de Empresa. Colaboración de los servicios de prevención con el Sistema Nacional de Salud.
Tema 13. La gestión de riesgos laborales en la empresa: Concepto. El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de la dirección. La documentacion. Conceptos relativos a la auditoria. La auditoría de prevención. La obligación empresarial de someter su sistema de prevención a una auditoria externa. Requisitos y autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades especializadas para la realización de auditorias. Idoneidad de los auditores. Otros sistemas de auditorías. Su valor y relación con la calidad.
Tema 14. Responsabilidades y sanciones en materia de prevención: Responsabilidades administrativas y compatibilidad con las de otro orden. Las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y de la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden social.
Tema 15. La adaptacion de la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de la Administración Pública: las excepciones a la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998 de 10 de julio, de adaptación a la Administración General del Estado.
Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Tema 16. Protección de la maternidad y de los menores: riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección de la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su trabajo. Legislación vigente de protección de los menores. Trabajos prohibidos.
Tema 17. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral.
Epidemiología laboral. Vigilancia da la salud. Promoción de la salud. Planificación e información sanitaria.
Tema 18. Utilización de equipos de protección individual (EPI) Concepto y prioridad de utilización de los EPI en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del Mercado único Europeo relativa al diseño y comercialización de los EPI. Aplicación del RD 773/1997 de 30 de mayo.
Tema 19. Estadísticas de Prevención: Objeto. Principales índices y parámetros. La evolución de la siniestralidad en España. La comparabilidad de los datos estadísticos con los de otros Estados. El parte de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad Social y en sus normas de desarrollo y en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Economía de la Prevención.
Tema 20. Conceptos básicos de Higiene lndustrial. Toxicología laboral: clasificación, efectos sobre la salud y vías de entrada al organismo de los agentes químicos. Criterios de valoración de agentes químícos. Valores límites Ambientales (VLA). Valores límites biológicos (VLB). Tipos y filosofía de los criterios de valoración. Valores límite internacionales.
Tema 21. Agentes químicos. Metodología de actuación. La encuesta higiénica: identificación de los contaminantes. El método analítico. La valoración de la exposición. Control de las exposiciones, técnicas generales. Priorización de las acciones de control. Ventilación general. Ventilación por extracción localizada. EPI para agentes químicos. Normativa específica da Agentes Químicos: RD 374/2001, sobre protección de la salud y seguridad de los trabajodores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes químicos.
Tema 22. Agentes biológicos. Características de los agentes bíológicos. Principales grupos de agentes biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos. Efectos para la salud. Metodología de evaluación de la exposición a agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Medición de agentes biológicos: características de los equipos de muestreo. Criterios de valoración. Limitaciones de la medición. Control de las exposiciones. RD 664/1997, sobra la protección de los
trabajadores contra los riegos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Tema 23. Ruido y Vibraciones. Fundamentos de acústica.
Magnitudes y unidades. Espectro de frecuencias. Anatomía y fisiología del oído. Efectos del ruido. Medición del ruido. Equipos de medición: sonómetros integradores, dosímetros. Valoración de exposición laboral al ruido. RD 1316/1989, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposicion al ruido durante el trabajo. La Directiva
2003/10/CE. Principios de control de ruido. Física de las vibraciones. Medida de las vibraciones. Vibraciones mano-brazo: efectos, evaluación y control de la exposición. Vibraciones del cuerpo completo: efectos, evaluación y control de la exposición a vibración del cuerpo completo. La Directiva 2002/44/CE.
Tema 24. Ambiente térmico. Ecuación del Balance Térmíco. Mecanismos de termorregulación y de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente. Efectos del calor y el frío sobre el organismo. Métodos de valoración: Indice WBGT (Wet bulbe globe temperature). Indice de sudoración requerida. Indice PMV-PPD (Predicted Mean Value-Predicted Percentage of Disatisfied). Indice IREQ (Aislamiento requerido de la vestimenta). Indice WCI (índice de enfriamiento por el viento). Control de las
exposiciones. Principales medidas preventivas.
Tema 25. Ergonomía: conceptos y objetivos. Factores ergonómicos a incluir en la evaluación de los riesgos. Normativa aplicable. Factores psicosociales: Los aspectos relativos a la empresa, al individuo y a la tarea.
Tema 26. Los factores ambientales en el RD 486/1997: Las condiciones ambientales y de iluminación mínimas de los lugares de trabajo.
Tema 27. Pantallas de visualización de datos: El RD 488/1997 y la Guía Técnica del INST para la evaluación y prevención de los riesgos derivados del trabajo con PVD.
Tema 28. Manipulación manual de cargas: el RD 487/1997 y la Guía Técnica del INST, para la evaluación y prevención del riesgo derivado de la manipulacion manual de cargas.
Tema 29. Seguridad y salud en las obras de construcción. Legislación aplicable. El estudio y los planes de seguridad y salud en el trabajo. El Coordinador de Seguridad, la dirección facultativa y la propiedad. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Tema 30. Investigación de los accidentes de trabajo: Objetivos. Accidentes que se debeninvestigar. Metodología de la
investigación. El informe resultante de la investigación de un accidente. Características que deben cumplir las propuestas preventivas emanadas de la investigación de un accidente. La investigación de accidentes por el método del Arbol de Causas.
Tema 31. Inspecciones de Seguridad: Concepto y objetivos. Inspecciones planificadas y no planificadas. Metodología de la inspección de seguridad. Explotación de los resultados.
Tema 32. Evaluación de riesgos: el concepto de evaluación de riesgos y de la gestión de riesgos. Tipos de evaluaciones de riesgos y características de cada uno da ellos. PIan de control de riesgos. Revisión del Plan de control de riesgos. Formatos de recogida de datos de la evaluación de riesgos.
Tema 33. Los costes de los accidentes de trabajo: Coste humano y coste económico de los accidentes de trabajo. Coste para el accidentado. Coste para la empresa. Costo para la sociedad. Análisis coste-beneficio de la prevención.
Tema 34. El análisis estadístico de accidentes en la empresa: Concepto y objetivos. Tipos de diagramas que se pueden obtener. El objetivo del diagrama mes a mes, forma de realización y conclusiones que se pueden obtener.
Tema 35. Normas de señalización de seguridad: Concepto de norrma de seguridad. Principios básicos requeridos en una norma de seguridad. Contenido de una norma de seguridad. Fases de implantación de una norma de seguridad. Concepto y requisitos de la señalización de seguridad. El RD 485/1997 de 14 de abril y la Guía Técnica del INST. sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 36. Legislación aplicable a los EPI: El Real Decreto 1407/92 de 20 de noviembre y posteriores modificaciones, relativo a las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de pretección individual, requisitos y contenido del mismo; la Guía Técnica del INST correspondiente el RD 773/97 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los EPI.
Tema 37. Riesgos en los lugares de trabajo: El RD 486/97 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas de Seguridad y salud en los lugares de trabajo y la Guía Técnica del INST para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo.
Tema 38. El riesgo de incendio: Química del fuego. Cadena del incendio. Prevención del incendio. Prevención de incendios. Protección estructural de edificios y locales. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible. Sistemas de detección y alarma. Medios de lucha contra incendios.Alumbrado de señalización y emergencia. El RD 1942/93 de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
Tema 39. Plan de autoprotección: objetivos, estructura y contenido. La Guía para el desarrollo del Plan de Emergencia y Evacuación en locales y edificios editada por la Dirección General de Protección Civil, la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI 82, la Norma Básica de la Edificación NBECPI 91 y la Norma Básica de la Edificacion NBE-CPI 96.
Tema 40. Protección contra incendios: Normativa básica sobre protección contra incendios en establecimientos industriales. Normativa de aplicación, régimen de implantación, construcción y puesta en servicio, inspecciones periódicas, actuación en caso de incendio, condiciones que deben de satisfacer los establecimientos industriales en relación a la seguridad contra incendios. Principales características de las aspectos legales relativos a sectores específicos.
Tema 41. Máquinas: Definición de máquina y de zona peligrosa. Principales riesgos presentes en las máquinas. Selección de las medidas de seguridad. Medidas de prevención intrínsecas. Medidas de protección a tomar por parte del diseñador o fabricante; resguardos y dispositivos de protección. Los RD 1435/1992 y
56/1995. Procedimientos de certificación de conformidad.
Tema 42. Riesgos debidos a la electricidad: Efectos nocivos de la electricidad, Factores que influyen en el riesgo eléctrico. Actuación en caso de accidente eléctrico. Tipos de contactos eléctricos. Protección contra contactos eléctricos directos. Protección contra contactos eléctricos indirectos. El RD 614/2001 de 8 de julio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
Tema 43. Productos químicos: Normativa sobre Notificación de Sustancias Nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos. La limitación de la comercialización y utilización de sustancias y preparados peligrosos.
Tema 44. Residuos tóxicos y peligrosos: Normativa básica de residuos tóxicos y peligrosos. Obligaciones del productor, obligaciones del gestor, etiquetado, almacenamiento, registro y transporte de los residuos tóxicos y peligrosos.
Tema 45. Aparatos a presión: RD 1244/1979 de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos a presión: aparatos a los que se refiere el Reglamento, inspecciones y pruebas, autorización de instalación y puesta en servicio de los aparatos e presión. Instrucciones técnicas vigentes, ámbito de aplicación y principales características. El RD 769/1999 de 7 de mayo, de aplicación de la Directiva 97/23/CE.
Tema 46. Herramientas a motor: concepto. Riesgos derivados de las herramientas a motor y sus causas. Normas de utilización de las herramientas a motor. Herramientas eléctricas. Herramientas neumáticas: de percusión y neumáticas rotativas. Medidas preventivas de carácter general.
Tema 47. Equipos de elevación y transporte. Instalación de la máquina. Mantenimiento. Utilización adecuada de los equipos. Equipos para elevar cargas: Ascensores, plataformas elevadoras, montacargas. Grúas. Aparejos. Cabrias. Cabestrantes. Elementos auxiliares: cadenas, cables, cabos, eslingas, ganchos, poleas, etc.
Tema 48. Explosiones: concepto de explosión y de atmósfera explosiva. Polvos inflamables y combustibles. Límites y valores de referencia. Emplazamientos peligrosos. Clasificación y características de las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Medidas de protección frente a atmósferas explosivas. Sustitución o reducción de la cantidad de atmósfera explosiva, limitación de la concentración, inertización. El RD
400/1996, de 1 de marzo.
Vélez-Málaga, 11 de octubre de 2005.- El Alcalde-Presidente, Antonio Souvirón Rodríguez.
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