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SECCION DE ENJUICIAMIENTO
DEPARTAMENTO 3.º
El Director Técnico del Departamento 3.º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance núm. C-185/05-0, en méritos a lo acordado en providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 24 de noviembre de 2005, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68.1, en relación con el
73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Hace saber: Que en este Tribunal, se sigue procedimiento de reintegro por alcance núm. C-185/05-0, del ramo CC.LL (Ayto. de Estepona-Compras Estepona XXI, S.L.-Inf. Fisc. TCuEjec.
1995/99), Málaga, por las irregularidades señaladas en los epígrafes 6.5.4.4, 6.5.3.3, 6.5.3.7, 6.5.3.9, 6.4.1, 6.4.3 y
6.4.4 del Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Estepona y sus Sociedades Mercantiles participadas, detectadas en relación con la Sociedad Municipal "Compras Estepona XXI, S.L." (referentes a pagos a Obras Estepona XXI, S.L., por importe de 1,9 millones de ptas., sin que esta última los tenga contabilizados, y sin que se conozca el destino final de dichos fondos, pagos a Alvemotor, S.L., sin soporte contractual, pagos sin justificar por importe de 81,5 millones de ptas., pagos a 48 proveedores sin justificar, pagos indebidos en 1996, 1997 y 1999, a varios perceptores, en concepto de dietas por asistencia a una Comisión de control y gestión no prevista en Estatutos y de la que no consta Libro de Actas ni documentación alguna, otros pagos sin justificar a varios proveedores y pagos por servicios no justificados).
Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.
Dado en Madrid, a veinticinco de noviembre de dos mil cinco.- El Director Técnico, Secretario del procedimiento, D. Navarro Corbacho. Firmado y rubricado.
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