Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2005

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se hace público la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de octubre de 2005, en relación con la Modificación de las Normas Subsidiarias en el Sector R6 "Los Molinos" del municipio de El Coronil (Sevilla) (Expte.: SE-439/05).

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Para general conocimiento se hace público la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 19 de octubre de 2005, por la que se suspende la Aprobación Definitiva de la Modificación de las Normas Subsidiarias en el Sector R6 "Los Molinos" del municipio de El Coronil (Sevilla).TEXTO DE LA RESOLUCION"Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de El Coronil (Sevilla), "Sector R6 Los Molinos" así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vistos la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.H E C H O SPrimero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto clasificar como suelo urbanizable ordenado con uso característico residencial unos terrenos de

33.271,61 m2 de superficie, actualmente clasificados como suelo no urbanizable, situados en el linde con el suelo urbano, siendo su límite sur con la Carretera SE-436 Morón de la Frontera-El Coronil. La cercanía de los terrenos con el suelo urbano hace posible la fácil prolongación de las infraestructuras existentes para dotar de los servicios básicos al sector a desarrollar.Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.Tercero. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales:a) La Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes informa en relación con la Carretera SE-431 comunicando que el tramo junto al que se sitúa el sector fue cedido al Ayuntamiento en el año 2000.

b) La Diputación de Sevilla informa que ha resuelto ceder un tramo de carretera SE-436, comprendido entre los puntos kilométricos 10,600 y 10,707, al Ayuntamiento del Coronil, por transcurrir por su casco urbano y tener actualmente la condición de vía urbana.

c) La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir acredita la no inundabilidad de los terrenos objeto de la actuación.

d) La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente ha emitido, con fecha 24 de junio de 2005, la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental, mediante la que se declara viable, a los efectos ambientales, la Modificación de referencia de las Normas Subsidiarias de El Coronil, siempre que se cumplan las especificaciones indicadas en el Estudio de Impacto Ambiental y en la Declaración de Impacto Ambiental.

e) La Delegación Provincial de Cultura informa que en la zona soporte del proyecto no existe ningún trabajo de prospección arqueológica, en caso de que las obras pudieran afectar a algún yacimiento arqueológico, se realizará una primera valoración de los indicios, indicando su distribución en el area donde se pretende la actuación.

f) El Consorcio del Huesna, empresa responsable de la red de saneamiento y de abastecimiento informa sobre las condiciones para la dotación de estos servidos al Sector. Los promotores o propietarios deberán ejecutar totalmente por su cuenta y a su cargo las obras descritas en dicho informe, el proyecto de construcción deberá contar con la aprobación expresa del Consorcio de Aguas del Huesna.

g) Sevillana Endesa, empresa responsable del suministro de energía eléctrica, informa que, en aplicación del RD

1955/2000, los promotores del proyecto deberán ejecutar las instalaciones de extensión necesarias de acuerdo con las condiciones técnicas derivadas del Reglamento y de la Compañía. También señala que la infraestructura de extensión necesaria para atender la potencia demandada se recoge en "El Convenio entre el Ayuntamiento de El Coronil y Sevillana Endesa para la ejecución de Infraestructuras Eléctricas a nuevas zonas industriales, residenciales y de Servicios en el Municipio de El Coronil".FUNDAMENTOS DE DERECHOPrimero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su

integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de

Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la Resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por

establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y

urbanismo, determinándose los órganos a los que se

atribuyen.Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de El Coronil para la Resolución

definitiva de este proyecto, se ha ajustado al establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.Cuarto. El proyecto contiene, en líneas generales, las determinaciones propias de su objeto y contenido, en relación con lo

especificado por la legislación urbanística. No obstante, presenta las siguientes deficiencias urbanísticas:a) La Modificación plantea un nuevo Sector residencial y conlleva un incremento del aprovechamiento determinado por las Normas Subsidiarias vigentes, por lo que debe cumplir lo establecido por el artículo 36.2.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que obliga a las modificaciones del planeamiento general a establecer las medidas compensatorias precisas para mantener la proporción y calidad de las dotaciones previstas por el Plan respecto al aprovechamiento, sin incrementar éste en detrimento de la proporción ya alcanzada entre unas y otro.

b) Con las dotaciones de carácter público previstas en la Modificación no se cumplen los mínimos establecidos en el art.

17 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, que establece que en suelo con uso característico residencial las reservas para dotaciones deberán cumplir como mínimo 30 m2 de suelo por cada 100 m2 de techo edificable con uso residencial. Si el techo edificable residencial es en este caso de 20

805,97 m2, las dotaciones como mínimo deberán tener 6.241,79 m2 de superficie, mientras que la Modificación plantea sólo

5.276,08 m2.

c) No se regulan las ordenanzas correspondientes a usos distintos del residencial, en concreto el del uso de

equipamiento comunitario.Las deficiencias urbanísticas que presenta el proyecto obligan a que, previamente a la

Resolución definitiva del expediente, sean corregidas

adecuadamente por el Ayuntamiento, tal como dispone el art.

33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de

Andalucía.De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,HA RESUELTO Suspender la aprobación definitiva del proyecto de

Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del municipio de El Coronil (Sevilla), "Sector R6 Los Molinos", aprobado provisionalmente por el Pleno Municipal con fecha 20 de junio de 2005, para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha localidad se proceda a subsanar las deficiencias señaladas en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."Contra la presente

Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución.Sevilla,

22 de noviembre de 2005.- El Delegado, Jesús Lucrecio

Fernández Delgado.

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