Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 27/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 13 de diciembre de 2005, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se crea en el Ayuntamiento de Huércal-Overa (Almería) un puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención y se clasifica como Secretaría de Clase Tercera.

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Vista la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Huércal- Overa (Almería), mediante Acuerdo Plenario de fecha 16 de marzo de 2005, relativa a la creación de un puesto de trabajo denominado Vicesecretaría-Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de SecretaríaIntervención.

Tramitado expediente de conformidad con lo previsto en los artículos 2.g) y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de

27 de junio, en el artículo 159.1 del Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo

12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 132/2005, de 24 de mayo.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Crear en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Huércal-Overa (Almería), un puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención y clasificarlo como Secretaría de clase tercera para su desempeño por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de diciembre de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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