Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 252 de 29/12/2005

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MONTELLANO

ANUNCIO de modificación de bases.

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Don Francisco José Salazar Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montellano,

HACE SABER

Que se ha advertido error en las bases de convocatoria de las siguientes plazas de funcionarios convocadas por el Ayuntamiento de Montellano: 10 peones de servicios múltiples, un técnico de cultura, dos oficiales de obras, un oficial de fontanería, una limpiadora, un/a auxiliar de biblioteca, un arquitecto técnico.

El citado error ha sido subsanado por Decreto de fecha siete de octubre de dos mil cinco y consiste en eliminar de los correspondientes anexos los párrafos "sistema de selección: Promoción Interna" y "Requisitos específicos: Tener plaza en propiedad de personal laboral fijo en el Ayuntamiento de Montellano".

Asimismo por Decreto de fecha trece de diciembre de dos mil cinco se añade los párrafos siguientes "Proceso de Selección Concurso-Oposición." "Fase de Concurso A. Fase de concurso. Esta fase, anterior a la de oposición no tendrá carácter eliminatorio y ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Antes de la celebración de la fase de oposición se reunirá el tribunal para valorar los méritos y servicios, publicándose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el resultado de la baremación. Máximo 12 puntos. La fase de concurso supondrá el

45% del total del sistema selectivo.

1.o Valoración de títulos académicos.

La posesión de titulaciones académicas aparte de la exigida para acceder al grupo al que se está adscrito el puesto, se valorará con la siguiente puntuación:

a) Por el título de doctor: 3 puntos.

b) Por el título de licenciado:1 puntos por cada uno que se posea.

c) Por el título de diplomado: 0,75 puntos por cada uno que se posea.

d) Por el título de FP II o Bachiller (ESO): 0,5 puntos por cada uno que se posea.

2.o Cursos de formación y perfeccionamiento.

La asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el puesto solicitado, ya sean de mayor o menor categoría se valorará hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:

a) Cursos de menos de 30 horas lectivas: 0,0025 puntos.

b) Cursos entre 31 y 60 horas lectivas: 0,0050 puntos.

c) Cursos de más de 61 y 100 horas lectivas: 0,0075 puntos.

c) Cursos de más de 101 horas lectivas: 0,01 puntos.

d) En el caso de personal de oficios: Tenencia carnet conducir C1: 1 punto.

3.o Antigüedad en la Administración.

La antigüedad se computará por los servicios prestados dentro de la administración en puestos de igual o similar contenido, por meses completos, los períodos inferiores a un mes se prorratearán, valorándose un máximo de 6 puntos, de la

siguiente forma:

- Servicios prestados en Corporaciones Locales o centros dependientes de las mismas con población inferior a 20.000 habitantes, 0,06 puntos por mes.

- Servicios prestados en Corporaciones Locales o centros dependientes de las mismas con población superior a 20.000 habitantes, 0,03 puntos por mes.

- Servicios prestados en otras administraciones públicas: 0,02 puntos por mes.

Lo que se hace público a los efectos oportunos en Montellano,

13 de diciembre de 2005.- El Alcalde, Francisco Salazar Rodríguez.

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