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La Excma. Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 31 de agosto de 2004, ha acordado el inicio del deslinde parcial, Expte. D/11/04, del monte público "Pinar y Dehesa del Río Chíllar" cuya parte dispositiva es la siguiente:
"1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte "Pinar y Dehesa del Río Chíllar", Código de la Junta de Andalucía MA-
30017-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Nerja y sito en el mismo término municipal de la provincia de Málaga, relativo al perímetro exterior del monte comprendido entre el piquete número 276, del expediente 280/02, hasta el hito número 1 del expediente de amojonamiento 279/02, y enclavados."
"2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente."
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Para cualquier tipo de aclaración, llamar a los teléfonos
952/952. Asimismo, se ruega concertar cita para la consulta del expediente.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Málaga, 12 de enero de 2005.- El Delegado, J. Ignacio Trillo Huertas.
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