Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 18/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 31 de enero de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Cañada del Barranco del Cordón al Puerto de la Mata", tramo I, que va desde el Abrevadero de las Pilas de Trisla, hasta el Puerto del Cerezo, incluidos el "Abrevadero del la Zarzadilla" y el "Pilar-Abrevadero de la Cueva del Macho", en el término municipal de Torres, provincia de Jaén (V.P. 297/02).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria "Cañada del Barranco del Cordón al Puerto de la Mata", en su tramo primero, en el término municipal de Torres, provincia de Jaén, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria "Cañada del Barranco del Cordón al Puerto de la Mata", en el término municipal de Torres, provincia de Jaén, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 27 de junio de 1962.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 25 de junio de 2002, se acordó el Inicio del Deslinde de la vía pecuaria antes referida, en su tramo primero, en el término municipal de Torres, en la provincia de Jaén.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 22 de octubre de 2002, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 205, de fecha 5 de septiembre de 2002.

En dicho acto de deslinde don Luis Ortega Lozano manifiesta su disconformidad con el trazado del deslinde, no aportando documentación que acredite sus pretensiones.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.

91, de fecha 22 de abril de 2003.

Quinto. Durante el período de exposición pública no se han presentado alegaciones.

Sexto. Habiéndose detectado la falta de notificación a dos interesados del inicio de exposición pública del deslinde, se concedió un trámite de audiencia a los mismos durante un período de quince días, sin haberse presentado ninguna alegación.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 14 de julio de 2004.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada "Cañada del Barranco del Cordón al Puerto de la Mata", en el término municipal de Torres (Jaén), fue clasificada por Orden Ministerial de 27 de junio de 1962, debiendo, por tanto, el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía

pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de

Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden ya citada, ajustado en todo momento al procedimiento legalmente establecido en la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el

Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, con fecha 15 de abril de 2004, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, emitido con fecha 14 de julio de

2004,

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria "Cañada del Barranco del Cordón al Puerto de la Mata", tramo primero, desde el Abrevadero de las Pilas de Trisla, hasta el Puerto del Cerezo, incluidos el "Pilar-Abrevadero de la Cueva del Macho" y el "Abrevadero de la Zarzadilla", en el término municipal de Torres, provincia de Jaén, conforme a los datos y descripción que siguen, y a las coordenadas UTM que se anexan a la

presente.

- Longitud deslindada: 3.707,74 metros.

- Anchura: 75,22 metros.

- Superficie deslindada: 259.359,23 m.

Descripción: "Finca rústica, de dominio público según

establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Torres, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 75,22 metros, la longitud deslindada es de 3.707,74 metros, la superficie deslindada de 259.359,23 m, que en adelante se conocerá como "Cañada del Barranco del Cordón al Puerto de la Mata", tramo I, que va desde el "Abrevadero de las Pilas de Trisla" hasta el "Puerto del Cerezo" (incluidos el "Pilar- Abrevadero de la Cueva del Macho", que linda al:

Al Norte: Abrevadero de las Pilas de Trisla y con los

siguientes colindantes:

Núm. De colindancia Titular

1 Ayuntamiento de Torres

26 Sánchez Catena, Clara

28 Gutiérrez Fernández, Joaquín

30 Gutiérrez Fernández, Joaquín

7 Ayuntamiento de Torres

54 Ayuntamiento de Torres

25 Ayuntamiento de Torres

27 Ayuntamiento de Torres

29 Fernández Ruiz, Ildefonso

Al Este:

Núm. De colindancia Titular

1 Ayuntamiento de Torres

3 Moreno Barrionuevo, Francisca

5 Ayuntamiento de Torres

Arroyo de la Zarzadilla

7 Ayuntamiento de Torres

9 Hidalgo, Máximo

13 Moreno de la Rosa, Antonio

15 Torres Pérez, Ignacio

17 Vico Torres, Francisco

19 Torres Reche, Francisco

21 Vico Torres, Francisco

23 Sanjuán de la Rosa, Miguel

25 Ayuntamiento de Torres

27 Ayuntamiento de Torres

29 Fernández Ruiz, Ildefonso

Más de la misma vía pecuaria

Al Sur:

Núm. De colindancia Titular

12 Moya López, Ana María

14 Ruiz Sánchez, Juan Antonio

16 Cobo Baena, Dolores

7 Ayuntamiento de Torres

40 Cobo Marín, Luisa

48 Barrionuevo Hermoso, María

13 Moreno de la Rosa, Antonio

25 Ayuntamiento de Torres

Cordel de Castellar

56 Garzón Garzón, Gabriel

66 Sierra Requena, Manuel

68 Baena Gila, Antonia

70 Tello Fernández, Juan

72 Peñas Garzón, Miguel

74 Ayuntamiento de Torres

Más de la misma vía pecuaria

Al Oeste:

Núm. De colindancia Titular

2 Ayuntamiento de Torres

4 Ruiz Sánchez, Juan Antonio

6 Moreno Fernández, Juan

8 Cozar Moreno, Isabel

10 López Garzón, Aurelio

12 Moya López, Ana María

14 Ruiz Sánchez, Juan Antonio

16 Cobo Baena, Dolores

18 Morales, Martín

20 Ayuntamiento de Torres

22 Ayuntamiento de Torres

24 Barrionuevo Fernández, Francisca

26 Sánchez Catena, Clara

28 Gutiérrez Fernández, Joaquín

30 Gutiérrez Fernández, Joaquín

32 Moya Barreras, José

34 Molina Burgos, Isabel

36 Tello Segura, Juan

38 Ayuntamiento de Torres

40 Cobo Marín, Luisa

38 Ayuntamiento de Torres

Arroyo de la Zarzadilla

42 Ayuntamiento de Torres

44 Torres Pérez, Jacinto

46 Vico Torres, Francisco

48 Barrionuevo Hermoso, María

54 Ayuntamiento de Torres

Cordel de Castellar

Camino de la Hoya Alta

56 Garzón Garzón, Gabriel

58 Valdivia Jiménez, Cristóbal

60 Ayuntamiento de Torres

62 Melgarejo Lozano, Socorro

64 Ayuntamiento de Torres

66 Sierra Requena, Manuel

68 Baena Gila, Antonia

70 Tello Fernández, Juan

72 Peñas Garzón, Miguel

74 Ayuntamiento de Torres

Descripción registral del lugar asociado.

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Torres,

provincia de Jaén, de forma circular con un perímetro de

472,62 metros, la superficie deslindada de 17.775,28 m, que en adelante se conocerá como "Abrevadero de la Zarzadilla", que linda:

Al Norte:

Núm. De colindancia Titular

50 Desconocido

48 Barrionuevo Hermoso, María Cañada del

Barranco del Cordón al Puerto de la Mata

9 Hidalgo, Máximo

Al Este:

Núm. De colindancia Titular

9 Hidalgo, Máximo

11 Torres Pérez, Ignacio

Al Sur:

Núm. De colindancia Titular

Cañada del Barraco del Cordón al Puerto

de la Mata

13 Moreno de la Rosa, Antonio

Torres Pérez, Ignacio

Al Oeste:

Núm. De colindancia Titular

52 Molina Burgos, Cristóbal

54 Ayuntamiento de Torres

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 31 de enero de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 31 DE ENERO DE 2005 DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "CAÑADA DEL BARRANCO DEL CORDON AL PUERTO DE LA MATA", TRAMO I, QUE VA DESDE EL ABREVADERO DE LAS PILAS DE TRISLA, HASTA EL PUERTO DEL CEREZO, INCLUIDOS EL

"ABREVADERO DE LA ZARZADILLA" Y EL "PILAR-ABREVADERO DE LA CUEVA DEL MACHO", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE TORRES, PROVINCIA DE JAEN (V.P. 297/02)

COORDENADAS UTM

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