Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 24/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 9 de febrero de 2005, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Secretaría adjunta de la Diputación de Granada, como de libre designación, a efectos de su cobertura.

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Vista la solicitud formulada por la Excma. Diputación de Granada, relativa a la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría adjunta, perteneciente a la Subescala de Secretaría, categoría superior, con nivel de complemento de destino treinta, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para su provisión por el sistema de libre designación, sobre la base de lo acordado por la Diputación en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2004, en atención al marcado carácter directivo de las funciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen Local, en el artículo 159.1 del Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, en los artículos 9 y 27.2 del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo

12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero: Clasificar el puesto de trabajo de Secretaría adjunta, de la Excma. Diputación de Granada, como de libre designación a efectos de su cobertura.

Segundo: Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el articulo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de febrero de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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