Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete Univiaje1 euro
Bonobús con transbordo5 euros
Tarjeta mensual23 euros
Tarjeta pensionistas mayores de 60 años Gratuita
Tarjeta tercera edad Gratuita
Servicio Feria y otros servicios especiales1 euro
Tarjeta turística 1 día3 euros
Tarjeta turística 3 días7 euros
Aeropuerto:
- Univiaje2,30 euros
- Tarjeta mensual31,40 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2005, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 20 de diciembre de 2004.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
Descargar PDF