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Advertidos errores en el texto de la Orden antes citada, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
- En la página número 123, columna derecha, en el artículo.1.b) donde dice: "(...) podrán solicitar subvenciones destinadas a la reforma, adquisición y construcción y (...)", debe decir: "(...) podrán solicitar subvenciones destinadas a la reforma, construcción y (...)".
- En la página número 124, columna izquierda, en el apartado 5 del artículo 5, donde dice: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23.1.f) de esta Orden, los requisitos exigidos en la misma deberán reunirse el último día del plazo (...)", debe decir: "Los requisitos exigidos en la presente Orden deberán reunirse el último día del plazo (...)".
- En la página 125, columna derecha, en el artículo 7.2, debe añadirse una nueva letra con el siguiente contenido: "i) Los solicitantes de subvenciones individuales para personas mayores, salvo para la modalidad de adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, deberán aportar informes social y médico debidamente cumplimentados, según los modelos previstos en el anexo 5 bis de esta Orden".
- En la página 125, columna derecha, en el artículo 7, debe añadirse un nuevo apartado con el siguiente contenido: "5. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía que sean requeridas por esta Orden".
- En la página 130, columna izquierda, en el artículo.10, donde dice: "(...) a que se refiere el núm. 8 anterior, será el que se fije en los convenios correspondientes", debe decir: "(...) a que se refiere el número 9 anterior, será el que se fije en las resoluciones y convenios correspondientes".
- En la página 131, columna derecha, en el artículo 32.2, donde dice: "(...) estar en posesión de la autorización administrativa de funcionamiento exigida (...)" debe decir: "(...) estar en posesión de la autorización administrativa exigida (...)".
- En la página 134, columna izquierda, en la letra a) del artículo 46, se incluye en tercer lugar, un nuevo párrafo con el siguiente contenido: "- Atención a personas afectadas por el juego patológico".
- En la página 134, columna derecha, en el número 4 del artículo 47, donde dice: "(...) para la atención a las drogodependencias.", debe decir: "(...) para la atención a las drogodependencias, siempre que coincidan con actividades conveniadas o se programen dentro del horario del recurso objeto del convenio".
- En la página 135, columna izquierda, en el Capítulo VI, donde dice: "Subvenciones para la atención a colectivos con necesidades especiales", debe decir: "Subvenciones para la atención a colectivos con necesidades especiales y otros colectivos".
- En la página 135, columna izquierda, en el artículo 51, se añade una nueva letra con el siguiente contenido: "d) Otros colectivos que requieran atención social preferente".
- En la página 135, columna izquierda, en el artículo 53, donde dice: "a.3. Realizar cursos de formación e integración social para los hijos e hijas de las personas emigrantes temporeras", debe decir: "Informar y prestar asistencia y asesoramiento a los emigrantes y sus familias".
- En la página número 135, columna derecha, en el artículo 54, donde dice: "(...) financiación de los programas previstos en los apartados a.3, a.4, a.5. y a.6, del artículo anterior.", debe decir: "(...) financiación de los programas previstos en el apartado a.2 del artículo anterior".
- En la página 135, columna derecha, en el artículo 55, donde dice: "realizar estudios y jornadas técnicas dirigidas al colectivo de emigrantes andaluces retornados" debe decir: "Realizar estudios sobre el colectivo de emigrantes andaluces retornados".
- En la página 136, columna izquierda, en el artículo 59, donde dice: "(...) mediante el desarrollo de programas
destinados a:
a) Prestar asesoramiento e información sobre el retorno de los emigrantes y los recursos y prestaciones existentes en las distintas Administraciones Públicas.
b) Prestar asistencia social, en su caso, con la
correspondiente coordinación con otras Administraciones Públicas."
Debe decir: "(...) mediante el desarrollo de programas
destinados a prestar asesoramiento e información sobre el retorno de los emigrantes, así como sobre los recursos y prestaciones existentes en las distintas Administraciones Públicas".- En la página número 137, columna izquierda, en el artículo 68, donde dice: "1. Podrán solicitar subvenciones para intervención en zonas con necesidades de transformación social las entidades públicas y privadas.", debe decir: "Podrán solicitar subvenciones para intervención en zonas con necesidades de transformación social las entidades públicas y privadas que cumplan los requisitos previstos en el artículo
5.1 de la presente Orden."
- En la página 140, columna derecha, en el artículo 97, se suprime la letra b).
- En la página 141, columna derecha, en el artículo 110, donde dice: "(...) artículo 88.b) de la presente Orden", debe decir: "(...) artículo 85.b) de la presente Orden".
- En la página 141, columna derecha, en el artículo 112.1.b), donde dice: "En la modalidad de obtención del permiso de conducir, adquisición de vehículos a motor y adaptación de vehículo a motor (...)", debe decir: "En la modalidad de obtención del permiso de conducir y adaptación de vehículos a motor (...)."
- En la página 141, columna derecha, en el artículo.2, donde dice: "(...) las solicitudes de subvención para adquisición o adaptación de vehículos a motor (...)", debe decir: "(...) las solicitudes de subvención para adaptación de vehículos a motor (...)".
- En la página 142, columna izquierda, se suprime la letra b) del artículo 113, pasando la letra c) a ser la letra b).
- En la página 165, Anexo 3, donde dice: "Consejería de Asuntos Sociales" debe decir: "Consejería para la Igualdad y Bienestar Social".
- En la página 187, columnas izquierda y derecha, en el Capítulo I Subvenciones para la atención a la primera
infancia, debe suprimirse la letra A.
- En la página 189, columna derecha, debe suprimirse la Sección Cuarta titulada "Adquisición de inmuebles".
- En la página 189, columna derecha, debajo de Capítulo III, debe incluirse el siguiente epígrafe: "Subvenciones en materia de prevención comunitaria de las drogodependencias y
adicciones".
- En la página 190, columnas izquierda y derecha, debe
suprimirse el Capítulo IV "Subvenciones en materia de
prevención comunitaria de las drogodependencias y adicciones (Ciudades ante las drogas)", adelantándose un lugar la
numeración de los demás capítulos.
- En la página 197, dentro del criterio de valoración
circunstancias económicas del/la solicitante, en el recuadro referido a la puntuación debe intercalarse un tercer guion del siguiente tenor:
"- entre 3.000,01 y 5.000,00 euros: 13".
- En la página 197, dentro del criterio de valoración grado de minusvalía, en el recuadro referido a puntuación, donde dice: "entre 34 y 44: 2" debe decir: "entre 33 y 44: 2".
- En el modelo de solicitud de subvención individual (Anexo) publicado en el BOJA núm., de 22 de febrero de 2005, en su apartado número 5.2.1 debe incluirse un nuevo epígrafe con el siguiente contenido: "(Informes social y médico, si procede (anexo 5 bis)".
En este mismo modelo, en el apartado número 5. Documentación adjunta, debe suprimirse el epígrafe siguiente: "3.3.
Adquisición de vehículo a motor".
Sevilla, 15 de marzo de 2005
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