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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica, Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 9.3.05, adoptada en el expediente de desamparo de menores núm.
2004/21/0103, a la madre doña Dolores Sánchez Arana, relativo a la menor L.S.A., por el que se acuerda:
1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 26 de enero de 2005, sobre la declaración de la situación legal de desamparo y tutela asumida sobre la menor L.S.A.
2. Constituir de manera provisional el acogimiento familiar modalidad simple con familia extensa de la referida menor con sus abuelos maternos.
Lo que se notifica a los efectos legales pertinentes, haciendo saber que contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta Capital por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin prejuicio de poder formular, con carácter potestativo, reclamación previa ante el Excmo. Sr. Consejero para la Igualdad y Bienestar Social, de conformidad con lo que establecen los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 4 de la Ley
6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Huelva, 9 de marzo de 2005.- El Presidente de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de Menores, José Martín Gómez.
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