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La Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Córdoba, celebrada el día 11 de febrero de 2005, cuyos acuerdos están recogidos en el acta de la misma fecha, en el procedimiento de desamparo núm. D-9/04 referente al menor F.F.B., ha resuelto autorizar a doña M.ª José Fernández Benítez, a tener en su compañía a su menor hermano F.F.B., tutelado por esta Entidad Pública y acogido residencialmente en el Centro de Protección "Santa Elena II" perteneciente a la Asociación
DIANOVA de Puente Genil (Córdoba), durante el siguiente período de tiempo: permiso de salida del Centro desde el día
11 al 13 de febrero de 2005.
Contra el presente acuerdo podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de los de Córdoba que por turno corresponda, por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo de la citada Ley procesal.
Como quiera que se ignore el domicilio actual de don Fernando Fernández Rodríguez, padre del menor, se publica el presente edicto para que sirva de notificación a los interesados.
Córdoba, 11 de febrero de 2005.- La Delegada, Soledad Pérez Rodríguez.
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