Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 12/01/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 26 de octubre de 2004, de la Delegación Provincial de Málaga, Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativa a Modificación de Elementos de las NNSS de Fuente de Piedra (Sector UR-8).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, en su sesión 5/04, de 26.10.04, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

EM-FTP-12: EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE ELEMENTOS DE LAS NNSS DE FUENTE DE PIEDRA, PARA

LA CREACION DEL SECTOR UR-8, PROMOVIDO POR EL AYUNTAMIENTO

1.º Aprobar definitivamente la Modificación de Elementos de las NNSS de Fuente de Piedra, para la creación del sector de Suelo Urbanizable Sectorizado UR-8, con los condicionantes y medidas correctoras establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental y las condiciones A y B de la Declaración de Impacto Ambiental.

Asimismo deberán cumplirse las indicaciones puestas de manifiesto en el informe del Servicio de Carreteras de esta Delegación Provincial de fecha 17 de septiembre de 2004.

2.º Advertir al Ayuntamiento que con carácter previo a la aprobación definitiva del Plan parcial deberá recabarse informe del M.º de Fomento relativo a la posible afección de la línea de ferrocarril Córdoba-Málaga.

3.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento, proceder a su inscripción en el Registro de Instrumentos Urbanísticos, y a su publicación en el BOJA una vez efectuada dicha inscripción, con indicación de que frente al mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente a su notificación o publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Málaga.

Las condiciones de ordenación del Sector de Suelo Urbanizable Sectorizado UR-8 son las siguientes:

height="15">.

De conformidad con lo previsto en el art. 27.5 de la Ley

30/1992 la presente se extiende con anterioridad a la aprobación definitiva del acta.

Málaga, 26 de octubre de 2004.- El Vicepresidente 2.º de la Comisión, José María Ruiz Povedano.

Descargar PDF