Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 22/04/2005

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo de Normas Urbanísticas del Plan Especial de Actuación de Interés Público en Suelo No Urbanizable, relativo a instalación de cantera, planta de tratamiento de áridos y planta de hormigón, en finca "La Anguijuela" sita en los parajes de "El Sotillo" y "Haza del Barco", en los municipios de Villa del Río y Montoro (Expte. P-80/03).

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EXPEDIENTE DE PLAN ESPECIAL DE ACTUACION DE INTERES PUBLICO EN SUELO NO URBANIZABLE, RELATIVO A INSTALACION DE CANTERA, PLANTA DE TRATAMIENTO DE ARIDOS Y PLANTA DE HORMIGON, EN LA FINCA "LA ANGUIJUELA" SITA EN LOS PARAJES DE "EL SOTILLO" Y "HAZA DEL BARCO" EN LOS MUNICIPIOS DE VILLA DEL RIO Y MONTORO

PUBLICACION DE CERTIFICACION DEL ACUERDO

Certificación, emitida en los términos previstos en el art..5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 9 de junio de 2004, en relación con el siguiente expediente:

P-80/03.

Formulado por Hormigones Surbetón S.L., representada por don José María Marqués Márquez, y tramitado por la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, para la aprobación definitiva del Plan Especial de Actuación de Interés Público, relativo a instalación de cantera, planta de tratamiento de áridos y planta de hormigón, en la Finca "La Anguijuela" sita en los parajes de "El Sotillo", y "Haza del Barco", en los municipios de Villa del Río y Montoro, en virtud de lo dispuesto en el art. 42.4.a), en relación con el 31.2.A.a) de la Ley 7/2002, de 17 diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA) y la Disposición Adicional Segunda 3 y el art. 14.1.g) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º El día 10 de octubre de 2003, tiene entrada en la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, solicitud instada por el Ayuntamiento de Villa del Río, para la tramitación de la Actuación de Interés Público en Suelo No Urbanizable de referencia, al que se acompaña de la documentación técnica que lo integra. Posteriormente, se comunica a los ayuntamientos afectados que el procedimiento iniciado no resulta adecuado al afectar el ámbito de la actuación pretendida a dos municipios, iniciándose la tramitación del presente plan especial. Igualmente se requiere al promotor para que complete el expediente con diversa documentación, lo que es cumplimentado con fecha 15 de enero de 2004.

2.º El procedimiento para la aprobación del presente instrumento de ordenación urbanística se inicia por el Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, mediante acuerdo de aprobación inicial, adoptado el 2 de febrero de 2004, y previo informe técnico y jurídico emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de dicha Delegación Provincial.

Sometiéndose el mismo, a información pública por plazo de un mes mediante anuncios insertos en el BOJA núm. 37, de 24 de febrero de 2004, en el BOP núm. 27, de 23 de febrero de 2004, en un diario de difusión provincial con fecha de 17 de febrero de 2004, y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Santaella y Puente Genil. Asimismo, se practica solicitud de informe. Simultáneamente se requieren los informes sectoriales y dictámenes, y a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos y con relevancia territorial que afectan al procedimiento. Dicho período culmina sin que fuesen presentadas alegaciones, y con la recepción de los informes favorables emitidos por las Delegaciones Provinciales en Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente de 18 de enero de 2003 y 8 de marzo de 2004, y de Empleo y Desarrollo

Tecnológico de 2 de marzo de 2004, de la Unidad de Carreteras del Ministerio de Fomento de 15 de marzo de 2004, y del Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 12 de abril de 2004. E informe desfavorable de la Comisión

Provincial del Patrimonio Histórico de Córdoba.

No resultando necesaria la alteración de las determinaciones del documento técnico como consecuencia del resultado del trámite de información pública, audiencia y petición de informes, continúa el procedimiento a efectos de resolver sobre su aprobación definitiva, conforme a los artículos

32.1.3.ª, y 33 de la LOUA.

Consta la Declaración de Impacto Ambiental emitida por la Delegación en Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente, con fecha de 18 de enero de 2003. Autorización de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de 5 de agosto de 2003. Así como informes favorables de los órganos ya mencionados.

3.º Emitido informe por el Servicio de Ordenación del

Territorio y Urbanismo, en el que se contiene la descripción detallada, el análisis y valoración de la documentación, tramitación, y determinaciones del instrumento de ordenación urbanística contenido en el expediente, el mismo fue objeto de propuesta de resolución por la Delegación Provincial, en el sentido de aprobarlo definitivamente, con determinadas

valoraciones y consideraciones que, hechas suyas por la Comisión, después se detallarán.

El nivel de ruido podemos catalogarlo de alto para espacios abiertos con baja actividad, todo ello al estar influenciado por el trazado de la carretera Nacional IV, que es una vía de circulación muy cargada de tráfico, con una densidad de vehículos pesados muy elevada durante todo el día

fundamentalmente desde la apertura al tráfico de la Autovía E-

5.

El ruido existente en dicha vía es variable dependiendo del día de la semana en que nos encontremos, del horario, de los factores climáticos, la situación del pavimento según esté seco o mojado, etc., no obstante podemos optar como valor medio representativo del nivel de ruido, para el horario en que se realizará la actividad objeto del presente trabajo, la cifra de 90 db (A).

Teniendo en cuenta las distancias de las actuaciones

extractivas en el caso más desfavorable que será de 100 m medias a la carretera y de las instalaciones de unos 1.000 m aplicando la fórmula de pérdida de ruido por distancia

f(d) = 10 x lg (d2), la reducción será respectivamente de 40 y

60 db (A), lo que nos dará un ruido existente en las distintas zonas como consecuencia del tráfico de la Autovía de 50 y 30 db (A), sin tener en cuenta la actuación por maqui

naria agrícola que pueda actuar tanto en la finca en que nos encontramos como en las colindantes.

3.2.7. Arqueología.

No se ha apreciado ningún resto arqueológico en las

observaciones realizadas en la zona de actuación, no obstante quedamos a disposición del Organismo competente para que se determine, en caso de que apareciera algún resto, la zona en la que no se podrían realizar extracciones por esta

circunstancia.

3.2.8. Medio Biótico.

3.2.8.1. Vegetación.

La vegetación andaluza pertenece a la gran formación

esclerófila mediterránea caracterizada por la dominancia de hoja caduca y persistente (encina, alcornoque, etc.)

perfectamente adaptadas a un clima donde el calor y la sequía estival marcan toda una serie de adaptaciones morfo-

fisiológicas. La vegetación actual de la región, lejos de presentar ecosistemas inalterados, aparece como un mosaico de comunidades climáticas (clímax), de sus etapas de sustitución (retamares, aulagares, tomillares, etc.) y grandes extensiones agrícolas y urbanas totalmente humanizadas.

Los factores ambientales que inciden fundamentalmente en la variabilidad de los ecosistemas vegetales son de naturaleza litológica, edáfica y climatológica.

Haciendo referencia a los dos primeros, se considera que en la zona de actuación y su entorno inmediato el substrato viene caracterizado por la presencia de materiales de edad

Cuaternaria (arcillosos y margosos) que en función de la textura de los mismos y no de su componente químico,

condicionan la existencia de una vegetación particular.

Por otra parte, el clima actúa sobre la distribución y

naturaleza de los ecosistemas vegetales en función del régimen de precipitaciones y de la temperatura. En cuanto a la lluvia podemos clasificar la zona en el Omboclima Subhúmedo (entre

600 y 1.000 mm) y por el termoclima, en función de la

temperatura media anual (T) y del Indice de termicidad

(It = T + m + M, donde m = temperatura media de las mínimas del mes más frío; M = temperatura media de las máximas del mes más frío) podemos encuadrarla en el piso-bioclimático

Termomediterráneo Superior (T. entre 17 y 19ºC ; It. entre 350 y 470).

Como consecuencia de todo ello la vegetación potencial de la zona de estudio podemos considerarla típicamente mediterránea, aunque no posee vegetación natural por estar dedicada

íntegramente a la agricultura.

Este piso bioclimático se caracteriza por la serie de

vegetación dominada por los encinares correspondientes a la serie Termomediterránea Bética y Algarviense, Seco-Subhúmeda- Húmeda, Basófila de Quercus Rotundifolia o encina (Smilaci Mauritanicanae-Querceto Rotundifoliae Sigmetum).

También tenemos por encontrarnos en las inmediaciones del Guadalquivir las unidades características de ribera, que se corresponden con los bosques lineales con vegetación

marcadamente Edafofila, desarrollada sobre aquellos suelos sometidos a un encharcamiento prolongado por la acción de los cauces fluviales.

En el estrato arbóreo aparece el Aliso (Almus Glutinosa), sauces (Salix Atrocinerea) y fresnos de hoja estrecha

(Fraxinus Angustifolia). Es la comunidad propia de los cauces con escorrientia durante todo el año.

Esta asociación se estructura como una comunidad umbrosa dominada por el Aliso que ocupa buena parte del borde del río alternado con los sauces y las comunidades de Carices (Galio Broteri) y de junquillos enanos, al que acompaña una densa orla espinosa.

La comunidad residual más frecuente es el Asparagus, Albus, Rhamnus Oleoides junto con otras especies calcíficas y

termófilas.

La vegetación actual del área de explotación es diversa al aplicarse una rotativa de cultivo.

3.2.8.2. Fauna.

Dentro de los límites de la zona estudiada hemos de indicar que no existen condiciones especiales, ni lugares de mención especial que puedan mantener una fauna característica, por lo que encontramos la típica de espacios abiertos existentes en la campiña cordobesa, siendo sus representantes más

característicos:

Mamíferos:

- Conejo (Orictolagos cuniculus).

- Liebre (Lepus campesis).

- Zorro (Vulpes Vulpes). Sólo en aquellas áreas en la que la presión antropógena originada por los cultivos intensivos lo permite.

Aves:

- Perdiz (Alectaris rufa).

- Paloma Torcaz (Columba Polumbus).

- Codorniz (Coturmix Coturmix).

- Tórtola.

- Pequeños granívoros.

- Insectívoros.

3.2.9. Medio perceptual. Paisaje.

El paisaje es, en un sentido estricto, el conjunto orgánico de todos los elementos de una unidad geográfica. Este conjunto integrado está compuesto tanto por elementos del medio natural (substratos, vegetación, fauna, etc.) como del humano

(aprovechamientos agrícolas, vías de comunicación, etc.).

El clima, las aguas y la litología constituyen el potencial ecológico del paisaje y determinan su explotación biológica (vegetación, fauna y suelo). Ambos elementos (potencial ecológico y explotación biológica), conforman paisajes

naturales que son modelados por la explotación humana,

creándose de esta forma paisajes integrales.

La descripción del paisaje, así como la influencia sobre éste conlleva un componente subjetivo muy alto.

Situándonos en la zona con un criterio fisiográfico se pueden diferenciar varias unidades que conforman la cuenca visual:

Unidad de paisaje A.

Podemos situar las laderas de fuerte pendiente que comprende la zona situada al Norte de la zona de actuación, configurando el horizonte y que conforman las estribaciones de Sierra Morena.

Se caracteriza por lo elevado de sus pendientes y la ubicación en ellas de una formación arbórea-arbustiva en buen grado de conservación. En la zona de cotas más bajas se sitúan áreas adehesadas intercaladas entre plantaciones de olivar.

Unidad de paisaje B.

Aquí encuadramos toda la zona situada al norte de la autovía donde se ubica la zona en la que se realizarán las

extracciones y en el límite norte de la misma, a unos 1.200 m de dicha vía de circulación, se instalarán las plantas de transformación.

Su visualización solo es posible desde un tramo de la autovía de 400 m y en dirección a Córdoba. La velocidad de circulación en este tramo es de 120 km/hora, lo que origina que el tiempo de observador es mínimo para fijar puntos concretos. Podemos apreciar en este tramo del trazado y mirando al norte, una franja lineal de vegetación ripícola, bordeando el cauce del río, dominada por formaciones de Olmo Blanco (Populus Alba), Tarajes (Tamais Sp) con comunidades hidrófilas y ripícolas, que tienen más atracción para el observador que las tierras de cultivo.

Unidad de paisaje C.

En ella encuadramos la zona situada al sur del trazado de la autovía. Se aprecian en primer lugar las copas de las unidades arbóreas de la franja de vegetación ripícola, encontrándose detrás y al fondo de la cuenca visual la población de Villa del Río, visualizándose la parte alta de la Iglesia y de algunos edificios singulares de las inmediaciones.

3.3. Situación jurídica.

La superficie del territorio donde se pretenden realizar las actuaciones son propiedad de la Sociedad Mercantil Anguijuela, S.A. con NIF A-14008015 adjuntándose fotocopia de

Certificaciones Catastrales y copia de la Cartografía

Catastral de ubicación (ver Anexo núm. 4).

La superficie donde se realizarán actuaciones, según

resolución de la Delegación de Empleo y Desarrollo Tecnológico (Departamento de Minas) (ver Anexo núm. 2) es de, cito

textualmente "Ciento sesenta y tres hectáreas y sesenta y nueve áreas (163 ha, 89 a), menos las 8 ha, 19 a, 76 ca, de la zona situada al Sur de la autovía, que no van a ser

explotadas".

Se encuentra ubicada en los términos municipales de Montoro y Villa del Río (Córdoba) como se aprecia en los planos que se adjuntan.

3.4. Características de la actividad.

3.4.1. Descripción del yacimiento.

La finca donde nos encontramos en la que se pretende realizar una explotación de Recursos de la Sección A y la instalación de Plantas de Tratamiento para su beneficio integral, como se ha indicado anteriormente, ocupa la superficie determinada en el apartado 3.3 del presente trabajo.

Nos encontramos en la margen derecha del río Guadalquivir, a una cota por encima del cauce actual del río (en época de máximo desembalse) que oscila entre 8 y 10 m sobre la lámina del cauce.

La investigación realizada del yacimiento se ha limitado a efectuar unas "catas" y observación de los cortes existentes en los pozos existentes en las inmediaciones.

La geometría del yacimiento existente podemos definirla por la aparición de una capa de recubrimiento de materiales

terrígenos o estériles de una potencia media de 2 m que continúan en profundidad con un paquete de materiales

explotables de gravas y arenas de tamaño medio de 5 m.

Hay que destacar que aparecerán zonas (situación normal en la distribución de este tipo de yacimientos) con una acumulación anormal de materiales terrígenos que hacen imposible o

antieconómica su explotación dada la escasa potencia de los materiales aprovechables. Estos materiales se emplearán en restauración para nivelación de la cota base de las zonas explotadas y de esta forma dejar la finca apta para el cultivo agrícola.

El espesor de la capa de suelo lo hemos situado en 2 m, si bien presenta una potencia con cierta variabilidad, podemos atribuirle la media asignada, aumentará algo conforme nos dirigimos hacia el norte al ir subiendo la cota de la

topografía del terreno.

Debajo de la capa de gravas y gravillas aparecen unas margas arcillosas que se corresponden como ya hemos indicado

anteriormente con el tránsito entre el Tortoniense Superior y el Andaluciense, correspondientes ambos al Mioceno, puestas de manifiesto en la investigación realizada en la zona.

En esencia los materiales en que nos encontramos constituyen un depósito de origen aluvial formado por los depósitos de terraza dejados por el río Guadalquivir que discurre por sus proximidades.

3.4.2. Descripción del Proyecto.

La explotación se realizará de norte a sur comenzando con la extracción del recurso existente en la zona que será ocupada por las instalaciones, realizando los acopios de los obtenidos en las excavaciones en sus inmediaciones para su tratamiento una vez finalizada la ubicación de las mismas, para continuar hacia el sur hasta el agotamiento del yacimiento existente.

Para tal fin se utilizará una máquina retroexcavadora para la excavación del recubrimiento y a extracción del material útil, así como camiones para el transporte de material aprovechable. También se podrán utilizar traíllas para el desmonte y

reposición de la tierra vegetal, llevando una explotación- restauración integrada como está contemplada y aprobada en el Plan de Restauración, pudiendo utilizarse en algún momento una pala frontal, en ambas circunstancias, pero no será de forma habitual.

Se formarán dos bancos, uno para la tierra vegetal de 2 m y otro para el material útil con una altura máxima por banco de

5 m y un máximo de la explotación de 7 m, como se determina en apartados siguientes.

3.4.3. Programa de explotación.

Podemos definir varias fases independientes durante la

realización del proyecto:

1.ª fase. Desmonte de la capa de suelo superficial (tierra y limos), que se retirará debidamente tratada, si fuera

necesario, para posteriormente utilizarla en restauración. Solamente se apartará la capa de suelo en la apertura de frentes, ya que se programa una explotación-restauración sucesiva o bien un sistema de explotación por transferencia. La potencia media de la capa de suelo (según me indican), es de 2 m y la longitud máxima de los frentes será de 200 m con una anchura de bermas máxima de 25 m.

2.ª fase. Extracción del material detrítico existente, bajo la capa de suelo y hasta el nivel freático o base de la misma si este no apareciera (ver apartado Estudio Hidrológico). La potencia del yacimiento útil y explotable (gravas y arenas) (según me indican) es de un máximo de 5 m en su zona más óptima.

3.ª fase. (Solamente en caso de que apareciera el nivel freático). Se realizará un estudio completo de la geometría del acuífero en que nos encontramos, determinación de

Paleocauces y drenaje de cuenca, para que en base a dichos datos determinar la posibilidad y rentabilidad de la

explotación de la zona por debajo del nivel freático.

4.ª fase. Restauración. Se desarrolla en documento aparte en el estudio de Impacto Ambiental que se desarrolla en el Proyecto de Actuación, presentado en los Ayuntamientos

correspondientes en fecha que se indica más adelante, pero en esencia podemos determinar los siguientes apartados dentro de la misma:

- Reposición del hueco existente después de realizar la extracción del material útil con la tierra vegetal de la franja colindante.

- Extendido y perfilado de la capa de suelo apartada

previamente o bien utilizada en relleno de huecos.

- Siembra de variedades herbáceas, agrícolamente productivas.

3.4.4. Diseño de la explotación.

- Longitud de frentes: La explotación se realizará, como se ha indicado anteriormente, por franjas sucesivas con una longitud máxima de 200 m, por lo que a partir del segundo año de explotación, que es cuando se considera que puede estar a pleno rendimiento, podrán adoptarse para los frentes estas dimensiones.

- Anchura de plataforma: Se considera como el espacio

necesario para el movimiento de la maquinaria que trabaja simultáneamente en un frente. En este caso específico

determina que la anchura del frente debe ser al menos 1,5 veces la longitud de la cargadora.

El manual de la casa de la maquinaria que realizará el

arranque determina un diámetro de giro de 12 m para una maquinaria de tipo medio de las características que aquí se empleará (retroexcavadora de cadenas), que es la indicada para realizar el arranque. Según lo anterior podemos definir la anchura de la plataforma o tajo mínimo de:

12 x 1,5 = 18 m

No obstante lo anterior adoptamos una anchura de plataforma de trabajo de 25 m, para permitir circulación de camiones para cargar el material.

- Inclinación de taludes: Los taludes no se han diseñado por no haberse considerado de importancia, ya que en el caso más desfavorable serían de 5 m correspondientes a la altura del segundo banco y no se han evaluado en base a que taludes de 3 m los encontramos en todas las fincas de las inmediaciones, niveladas para riego de pie. No obstante se determina que durante el proceso de extracción los taludes serán verticales.

- Escombreras: No está prevista la creación de ninguna

escombrera de ningún tipo.

Solamente se realizarán acopios de tierra a ambos lados de la primera faja al inicio de la explotación, acumulando la tierra procedente del desmonte de la misma con una altura de 3 m y una longitud de 20 m, que desaparecerá en la explotación de la segunda faja ya que tendremos un hueco abierto y el desmonte irá directamente a relleno del mismo sin necesidad de realizar acopios en las zonas laterales.

3.5. Características de las instalaciones.

Está previsto la implantación de las instalaciones que se proyectan en el Proyecto de Actuación presentado en el

Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba) con fecha 20.11.2002 y en el de Montoro (Córdoba) con fecha 7.3.2003 para su

tramitación, y que son:

- Planta de tratamiento de áridos.

- Planta dosificadora de hormigón.

- Instalaciones accesorias.

3.5.1. Planta de tratamiento de áridos.

Esta constituida por los elementos principales que se

determinan a continuación:

- Tolva receptora.

- Alimentador precribador.

- Encauzador y cortina.

- Tolva de salida de finos.

- Cinta transportadora de 57 m.

- Juego de apoyos cinta.

- Pasarela de visita y revisión.

- Criba de lavado 3/4 tamices.

- Juego de duchas para criba.

- Cajón de reparto y canaletas de caída.

- Molino.

3.5.2. Planta dosificadora de hormigón.

Está constituida por los elementos principales que se

determinan a continuación:

- Grupo de tolvas receptoras para ensilado de áridos.

- Equipo de pesaje de áridos.

- Cintas de elevación.

- Equipo dosificador de cemento.

Silos.Tornillo extractor-transportador.

Báscula de cemento.

- Panel o pupitre de control.

3.5.3. Instalaciones accesorias.

Está constituida por los elementos que se determinan a

continuación:

- Caseta para báscula y oficia.

- Caseta de aseos y servicios de personal.

- Fosa séptica.

- Caseta depósito de gas-oil.

- Zona habilitada para limpieza de hormigoneras.

3.6. Dotación de servicios públicos.

3.6.1. Suministro de energía eléctrica.

En la Estipulación Novena del Contrato de Cesión de Derechos Mineros, se autoriza a la empresa Promotora de la actividad para que tome energía eléctrica de la línea de servicio de la finca, de todas maneras existen en la actualidad en las inmediaciones varios Centros de Transformación y líneas eléctricas cuya situación se indica en el Plano núm. 10.

La dotación energética para las instalaciones que se proyectan se obtendrá del lugar más favorable que indique la empresa suministradora de la zona.

3.6.2. Suministro de agua.

Para consumo sanitario e industria.

Se utilizará la alumbrada en la finca donde nos encontramos, que de no ser obtenida en la base del yacimiento a explotar, se obtendrá de una captación a realizar para su alumbramiento, que por información de la zona podría obtenerse recarga suficiente para las necesidades que aquí se trata a una profundidad de 60 m.

Para consumo humano.

Se realizará el suministro por empresa comercial de

embotellamiento de aguas homologada mediante bombonas de 10 ó

25 litros.

3.6.3. Tratamiento de aguas residuales e industriales.

Las aguas residuales serán conducidas a una fosa séptica realizada a tal fin ya que no existe en las proximidades conducción de saneamiento de ningún tipo.

Las aguas procedentes del lavado de los camiones hormigoneras serán recogida en un área impermeabilizada en la que existirá una zona de deposición de los finos en suspensión (cemento) para poder recogerlos posteriormente y evacuarlos a vertedero autorizado.

4. Justificación socioeconómica.

4.1. Utilidad pública o interés social.

Puestos de trabajo directos.

- encargado general.

- maquinista de retroexcavadora, para desmonte y arranque de material.

- maquinista de Pala excavadora para carga de camiones.

- conductores de camión Dumper para traslado de extracción a Planta de tratamiento.

- encargado funcionamiento y control Planta de Tratamiento de áridos.

- mecánico-herrero mantenimiento Planta de Tratamiento de áridos.

- dosificador Planta de Hormigón y encargado pesaje báscula.

- palista acopios Planta de áridos y alimentación tolvas Planta de Hormigón.

- conductores hormigoneras.

Total: 12 operarios.

Puestos de trabajo indirectos:

- personal técnico.

- comerciales.

- personal administrativo.

Total: 5 operarios.

Total puestos de trabajo a crear: 17.

Hay que señalar que la implantación y desarrollo de esta actividad extractiva primaria, como es la extracción de un recurso minero, incide en la implantación de otras actividades accesorias en las proximidades que utilizan el recurso para su funcionamiento dada la disminución de costes en el transporte y suministro del mismo que se origina, poniendo como ejemplo instalaciones de Aglomerado Asfáltico y fabricación de bloques y pretensados entre otras.

4.2. Estudio socioeconómico.

En el Proyecto de Actuación se ha determinado la existencia en la propiedad señala de 7.390.803 m de recurso explotable del que está previsto obtener una producción media de 2.239 m/día.

El área de comercialización se realizará en un radio de acción de 25 km llegando a la localidad de Andújar y Lopera (Jaén) y a El Carpio (Córdoba).

La empresa que realiza la actividad es solvente y con una cuota de mercado importante desarrollando este tipo de

actividad desde hace más de 15 años, teniendo instalaciones de las mismas características en las localidades de Almodóvar del Río, en la proximidades del Aeropuerto de Córdoba y en la localidad de Alcolea y en otros lugares fuera de la provincia que en la actualidad se encuentran a pleno funcionamiento.

Los costes de explotación y restauración originados por la actividad extractiva son importantes, pero no condicionantes para el desarrollo de la actividad ya que solo se realizan cuando existe demanda de los mismos en el mercado y en este caso específico se realiza una transformación para su

comercialización en el entorno por lo que el valor añadido se queda en el lugar donde se realiza la actuación.

Es importante la inversión a realizar para la compra, montaje y puesta en marcha de las instalaciones, que al ser bienes de equipo entrarán directamente en el apartado de inversiones que realiza la empresa en su diseño y estrategia empresarial, por lo que consideramos el proyecto viable a todos los efectos.

Se empleará fundamentalmente una pala retroexcavadora que realizará las labores de desmonte y arranque y esporádicamente para labores muy concretas (desmonte o perfilado) se empleará una pala frontal. Esta maquinaria será de la empresa

explotadora y esporádicamente se contratará maquinaria ajena al explotador para realizar labores que no pueda realizar con la maquinaria propia, como pueden ser desmonte o actuaciones en la fase de restauración (perfilado con traíllas).

Para dicha maquinaria se solicitará en su momento, la puesta en marcha y reconocimiento de la misma si fuera necesario, o bien se adjuntará documentación de la última revisión

realizada en la ITV.

El transporte de materiales para el arrastre de los materiales fuera de la explotación se realizará por camiones contratados en el mercado de transporte.

4.3. Necesidad de implantación en suelo No Urbanizable.

Consideramos que la actividad a desarrollar Explotación de un Recurso Minero es necesaria su implantación en terrenos señalados como suelo No Urbanizable, ya que tiene que

efectuarse en el lugar donde se encuentre el Recurso, así como instalar las Plantas de Tratamiento y Preparación del mismo en sus proximidades, bien para evitar costes innecesarios de transporte de los materiales en bruto que en las mayoría de los casos harían inviable su explotación al situarlos por debajo de los límites de explotabilidad y por el volumen y superficie que ocupan las instalaciones al necesitar un área de acopios para los productos obtenidos que harían inviable su instalación en un polígono.

La elección del lugar elegido para la ubicación de las

instalaciones se debe a:

- Acceso por la red de carreteras existentes.

- Relativa proximidad a núcleo de población para

desplazamiento de los trabajadores y de las empresas de mantenimiento de la zona.

- Situación de explotaciones e instalación dentro de la misma propiedad.

- No existir posibilidades de creación de núcleo de población al tener servicios de todo tipo en la localidad próxima de Villa del Río.

- Existencia de Centros de Transformación en las

inmediaciones.

- Fácil corrección de los impactos producidos durante la actividad, como se determina en el Estudio de Impacto

Ambiental y Plan de restauración aprobado.

4.4. Compatibilidad con el régimen urbanístico.

La actividad que se pretende desarrollar mantiene la actividad agropecuaria preoperacional en la propiedad en la que se desarrolla (excepto una pequeña superficie donde se ubicarán las instalaciones) y al finalizar la misma toda la extensión, incluida la superficie ocupada por las Plantas, volverá a su situación inicial: "Suelo No Urbanizable", ocupado por una finca agrícola en la que se desarrolla una explotación

agropecuaria.

4.5. Formación de nuevos asentamientos.

Una actividad de la característica que se pretende desarrollar no es receptiva a la creación de nuevos asentamientos, bien por el movimiento de maquinaria que lleva implícito para la realización de la actividad que hace incómodo vivir en las proximidades, así como el movimiento de camiones de la

explotación a las instalaciones y de las salidas de productos al mercado de las mismas y además administrativamente porque existe un Plan de Restauración a realizar comprometiéndose la empresa promotora a un programa de actuación a desarrollar y a una restauración a realizar, para lo cual se depositan unos avales en el Organo Sustantivo que irán incrementándose progresivamente y que hacen prácticamente inviable el no cumplirlo, por el coste que lleva implícito para el promotor. Por lo que podemos determinar que no hay posibilidad de creación de nuevos asentamientos o núcleos de población de ningún tipo.

5. Análisis de la viabilidad económica y financiera de las actividades propuestas.

Se determina cuenta de Pérdidas y Ganancias (Anual) para la actividad a desarrollar:

DEBE

A) Consumos de explotación1.130.000

A Consumo Materias Primas y otras

Materias Consumibles1.130.000

AI) 1. Gastos901.000

AI.1. Gastos de Personal360.000

a) Sueldos, salarios y asimilados260.000

640. Sueldos y salarios 260.000

b) Cargas Sociales100.000

AI.2. Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado101.000

680. Amortizaciones de gastos de establecimiento1.000

681. Amortizaciones de inmovilizado de inmaterial40.000

682. Amortizaciones de inmovilizado de material60.000

AI.3. Otros gastos de explotación440.000

621. Arrendamientos y cánones

622. Reparaciones y conservación160.000

624. Transporte150.000

625. Primas y seguros20.000

626. Servicios bancarios y similares2.000

627. Publicidad, propaganda y relaciones públicas3.000

628. Suministros75.000

629. Otros servicios20.000

631. Otros tributos10.000

AII. Beneficios de explotación (BI-A-B)469.000

AII. 6. Gastos financieros y gastos asimilados30.000

66. Gastos financieros y asimilados30.000

AIII. Beneficio de las actividades ordinarias439.000

AIV. Resultados extraodinarios positivos

AV. Beneficios antes de impuestos439.000

630. Impuestos sobre Sociedades153.650

AVI. Resultado del ejercicio (beneficios)285.350

HABER

B) Ingresos (B a B)2.500.000

B Ingresos de explotación2.500.000

a) Importe neto de la cifra de negocios2.500.000

700. Venta de hormigón y áridos2.500.000

BI. Pérdidas de explotación (A+A+A+A-B)0

B Ingresos financieros0

7690. Ingreso de Intereses con entidades de Crédito0

BII. Resultados financieros negativos

(A+A+A+A-B-B)30.000

BIII. Pérdidas de las actividades ordinarias (BI+BII -AI- AII)0B. Ingresos extraordinarios0

778. Ingresos extraordinarios

BV. Pérdidas antes de impuestos (BIII+BIV-AIII-AIV)0

BVI. Resultados del ejercicio (pérdidas) (BV+A+A)0

6. Plazo de duración de la cualificación de los terrenos, con distinción entre actividades, con indicación de la superficie de terreno vinculada a cada actividad.

Inicio de actuaciones.

Una vez obtenido los permisos correspondientes por el

Ayuntamiento de Villa del Río se procederá a la realización del movimiento de tierra y la ubicación de las cimentaciones donde se instalará y la gestión de compra en el mercado para la maquinaria más similar a la adoptada en el Proyecto de Actuación, teniendo en cuenta que muchos elementos de la instalación tendrá que fabricarse una vez recibido el pedido. Se le asigna un período de Seis Meses desde la recepción de la autorización por parte del Ayuntamiento hasta el montaje de las instalaciones y su puesta en funcionamiento.

Duración de la actividad.

Desde la puesta en funcionamiento de las instalaciones hasta agosto del 2018 según Autorización de la Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico (Ver Anexo núm.).

Hay que hacer notar que las actuaciones extractivas a realizar en el territorio ubicado en el término municipal de Montoro (Córdoba) se realizarán al final del tiempo marcado por la actuación, ya que en dicho lugar no se va a realizar la implantación de ninguna instalación, señalando al respecto que las actuaciones en dicho lugar comenzarán a partir del año

2012.

Superficie del terreno ocupada.

La Autorización Administrativa de la Delegación de Empleo y Desarrollo Tecnológico (ver Anexo núm.) determina que se Autoriza la explotación de 163,69 ha menos 8,19 ha que se encuentran al sur de la autovía que nos da un total para la realización de las extracciones de 163,69-8,19= 155,5

hectáreas.

Las instalaciones de Tratamiento y la Planta de Hormigón, junto con los acopios de material aparcamientos de maquinaria ocuparán una superficie de 2 hectáreas, situadas en el lugar que se determina en los planos adjuntos.

7. Estudio y análisis pormenorizado de los acesos rodados a las instalaciones y explotaciones, así como la incidencia del tráfico en el entorno, ocasionado por las actividades.

El acceso rodado a los frentes de explotación se realizará por los caminos de servicio para la maquinaria agrícola que existen dentro de la propiedad, realizando acondicionamiento de los mismos, si fuera necesario, para lo cual se emplearán camiones de uso habitual para el transporte en carretera (bañeras) y en ningún momento el material extraído en la explotación circulará por ninguna carretera de las existentes. Solo cruzará la carretera CP-239 a la altura del Cortijo de la Anguijuela donde cruza un camino de servicio de la finca.

Los materiales ya transformados y listos para su empleo en el mercado, se transportarán en camiones especiales al respecto (hormigoneras) que saliendo de las instalaciones recorrerán

400 m por la carretera CP-239 hasta llegar a la carretera N-

420 donde se integrarán en la red viaria, para dirigirse a los puntos de consumo que como ya se ha indicado será la localidad de Villa del Río y las localidades situadas en un radio de acción de 30 km como Montoro y Andújar.

La incidencia en el entorno no será apreciable ya que

exceptuando un recorrido de 400 m, todo el tráfico se

realizará por la carretera Nacional o por la Autovía existente y en el caso más desfavorable, con las instalaciones a pleno rendimiento durante toda la jornada será de una hormigonera cada 30 minutos.

8. Obligaciones y compromisos asumidos por el promotor.

Se adjunta escrito en Anexo núm., firmado por el administrador de Hormigones Surbeton, S.L. con aceptación de conformidad con los arts. 42.5D y 52.4 y 5 de la Ley 7/2002, y del pago de las prestaciones compensatorias que se determinen. Córdoba, diciembre de 2003. El Ingeniero Técnico de Minas, Fdo. Jesús del Rey Solano, Colegiado núm. 23. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente Plan Especial de Actuación de Interés Público en suelo no urbanizable ha sido formulado por esta Delegación Provincial, al afectar su ámbito a los municipios de Villa del Río y Montoro, conforme a lo regulado en el art..4.a), en relación con el 31.2.A.a), de la Ley 7/2002, de

17 diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA) y la Disposición Adicional Segunda 3 y el art.

14.1.g) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Corresponde su aprobación

definitiva a la Comisión Provincial de Ordenación del

Territorio y Urbanismo de Córdoba en virtud de lo previsto en el art..2.A.b) de la LOUA, en relación con el 13.2.b) del Decreto/2003.

Segundo. La Tramitación del presente expediente se ajusta, en general, a lo previsto en los artículos 32 y 39 de la LOUA, en cuanto a procedimiento (32.1.1.ª b; 32.1.3.ª; 33) e

información pública y participación (32.1.2.ª p1 y p2; 32.2 y

3; 39.1 y 3). Habiéndose sometido al procedimiento de

Evaluación de Impacto Ambiental, y contando con la

consiguiente Declaración de Impacto Ambiental favorable, tal y como exige el art. 11, en relación con el punto 14 del Anexo, de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental.

Constan igualmente en el expediente informes favorables con determinadas prescripciones de la Unidad de Carreteras en Córdoba del Ministerio de Fomento y por el Servicio de

Carreteras de esta Delegación Provincial de conformidad con la vigente Legislación de Carreteras. Igualmente consta que ha sido emitida la Autorización de Minas otorgada por la

Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Consta, informe calificado como desfavorable por el órgano emisor, a saber, la Comisión Provincial de Patrimonio de Córdoba, en sesión de fecha 4 de marzo de 2004, en el que se reconoce que no existen yacimientos arqueológicos

identificados en la zona, si bien potencialmente cabe la posibilidad de que apareciesen restos de alguna de las épocas históricas desde la etapa ibérica hasta la reconquista. Fundamentando el carácter desfavorable del informe, en la necesidad de imponer a los promotores de la actividad la realización de una Prospección Arqueológica Superficial de los terrenos incluidos en el plan especial. Dicha condición no se le reconoce amparo legal para su exigencia, por lo que no habiéndose verificado la existencia de bienes protegidos por la legislación del Patrimonio Histórico, en el ámbito del presente plan especial, el informe emitido cabe considerarlo potestativo y no vinculante, a los efectos de su tramitación.

Tercero. La Documentación y Determinaciones del presente plan especial, se adecuan básicamente a lo establecido en los artículos 19.1.a), b) y c); 19.2; y 42.5 de la LOUA, teniendo en cuenta su concreto alcance y finalidad.

1.º Señalándose las siguientes consideraciones y valoraciones:

Cabe apreciar la conveniencia y oportunidad de la aprobación del presente plan especial, por cuanto cabe considerar la actividad pretendida como una actuación de interés público, a los efectos previstos en los artículos 42.1 de la LOUA. Y ello, por cuanto cabe apreciar el interés social de la

actividad a implantar, en atención a su efecto positivo sobre la obtención de recursos necesarios para el normal desarrollo de las actividades constructivas, y por considerar que se verifican el resto de requisitos relativos a la necesidad de emplazarse en el suelo no urbanizable, la compatibilidad de los usos previstos con el planeamiento general vigente en los municipios, y por no inducir a la formación de nuevos

asentamientos. Resultando, por otra parte, justificada la actividad propuesta de instalación de cantera, planta de tratamiento de áridos y planta de hormigón, en los municipios de Villa del Río y Montoro.

Conforme a lo regulado en el artículo 42.5.D) de la LOUA y al presente plan especial, el promotor de la actuación en él contenida, quedará vinculado al cumplimiento de las

obligaciones en él establecidas relativas a los deberes derivados del régimen del suelo no urbanizable en el que se desarrolla, conforme a la LOUA y los planes de ordenación urbanística que los regulan; Al pago de la prestación

compensatoria y el establecimiento de la garantía prevista en los artículos 52.4 y 5 de la LOUA y a la solicitud de la licencia urbanística en el plazo máximo de un año desde la aprobación del plan especial. No obstante en relación con la constitución de la garantía prevista en el artículo 52.4, los Ayuntamientos respectivos deberán coordinar su objeto

específico, a fin de asegurar, que no se produce una doble imposición de la misma, considerando que la actividad minera está sujeta a la obligación de realizar un plan de

restauración exigido por los órganos sectoriales de minas y medio ambiente, y que debe prestar garantías económicas para su efectiva ejecución.

El promotor de la actuación deberá solicitar licencia en cada uno de los municipios afectados por el plan especial, quedando ésta condicionada a la obtención en dicho trámite de cuantas autorizaciones o informes resulten exigibles en relación con la normativa sectorial de aplicación. En caso de haber sido obtenidos éstos, en el presente procedimiento, se condicionará la citada licencia al cumplimiento de las condiciones

particulares exigidas por dichos órganos sectoriales en los mismos. A estos efectos, el condicionado de los referidos informes y autorizaciones se incorporará a esta resolución formando parte de la misma.

En este sentido se reitera la consideración contenida en el informe del Servicio de Carreteras de esta Delegación

Provincial, de fecha 12 de abril de 2004, que señala

limitación de carga total a 26 toneladas del puente sobre el río Guadalquivir de la Ctra. N-420, que deberá ser tenida en cuenta en el desarrollo de la actividad, y en la organización del sistema de transporte de los productos obtenidos en la misma.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación se acuerda:

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Actuación de Interés Público, relativo a instalacion de cantera, planta de tratamiento de áridos y planta de hormigón, en la Finca "La Anguijuela" sita en los parajes de "El Sotillo", y "Haza del Barco", en los municipios de Villa del Río y Montoro, con las valoraciones y consideraciones contenidas en el apartado 1.º del Tercer Fundamento de Derecho de la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.a) de la LOUA y

132.3.a) del Reglamento de Planeamiento.

Con carácter previo a la publicación de la presente

resolución, deberá procederse a realizar el depósito e

inscripción del instrumento de planeamiento en Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y

espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

La presente resolución se publicará, junto con el contenido articulado del instrumento de planeamiento objeto de la misma, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 41 de la LOUA, y se notificará a los Ayuntamientos de Villa del Río y Montoro, Hormigones Surbetón S.L., representada por don José María Marqués Márquez, y demás interesados.

Asimismo contra los contenidos de la presente Resolución que hayan sido objeto de Suspensión, y que no ponen fin a la vía administrativa por carecer del referido carácter de

disposición administrativa de carácter general, cabe

interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, según se prevé en el art.

22.3 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, en relación a la Disposición Transitoria Unica del Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Córdoba, 9 de junio de 2004.- Vº Bº, El Presidente de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Antonio Márquez Moreno; El Secretario de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Miguel Angel Planta Rosales

PUBLICACION DE NORMAS URBANISTICAS

PLAN ESPECIAL DE ACTUACION DE INTERES PUBLICO EN SUELO NO URBANIZABLE

Tipo: Explotación de Aridos con Planta de Hormigón y Planta de Tratamiento de Aridos (trituración y clasificación).

Nombre de la finca: Finca La Anguijuela.

Recurso Mineral: Sección A.

Términos municipales: Villa del Río y Montoro (Córdoba).

Nombre de la explotación: El Escorial.

Paraje: Valle Guadalquivir al norte de la localidad de Villa del Río (Córdoba).

Promotor: Hormigones Surbetón S.L.

Propietario de los terrenos: Sociedad Mercantil "Anguijuela S.A.".

Autor del presente estudio:

Jesús del Rey Solano.

Ingeniero Técnico de Minas.

Ingeniero Técnico Sondeos y Prospecciones Mineras.

Ingeniero Técnico Agrícola.

Córdoba, diciembre de 2003.

I N D I C E

1.Antecedentes

2.Identificación promotor de la actuación en relación con el propietario de los terrenos afectados por la actividad

2.1. Promotor de la actividad.

2.2.Propietario de los terrenos. Relación con el Promotor de la actuación.

3.Descripción de la actividad

3.1. Situación.

3.1.1. Situación geográfica.

3.1.2. Vías de acceso.

3.1.3. Delimitación de los terrenos.

3.2. Medio Físico.

3.2.1. Geología.

3.2.2. Edafología.

3.2.3. Geomorfología.

3.2.4. Hidrología.

3.2.4.1. Hidrología Superficial.

3.2.4.2. Subterránea (Hidrogeología).

3.2.5. Climatología.

3.2.6. Atmósfera.

3.2.7. Arqueología.

3.2.8. Medio Biótico.

3.2.8.1. Vegetación.

3.2.8.2. Fauna.

3.2.9. Medio perceptual. Paisaje.

3.3. Situación jurídica.

3.4. Características de la actividad.

3.4.1. Descripción del yacimiento.

3.4.2. Descripción del Proyecto.

3.4.3. Programa de explotación.

3.4.4. Diseño de la explotación.

3.5. Características de las instalaciones.

3.5.1. Planta de tratamiento de áridos.

3.5.2. Planta dosificadora de hormigón.

3.5.3. Instalaciones accesorias.

3.6. Dotación de servicios públicos.

3.6.1. Suministro de energía eléctrica.

3.6.2. Suministro de agua.

3.6.3.Tratamiento de aguas residuales e industriales.

4.Justificación socioeconómica.

4.1. Utilidad pública o interés social.

4.2. Estudio socioeconómico.

4.3. Necesidad de implantación en suelo No Urbanizable.4.4. Compatibilidad con el régimen urbanístico.

4.5. Formación de nuevos asentamientos.

5.Análisis de la viabilidad económica y financiera de las actividades propuestas

6.Plazo de duración de la cualificación de los terrenos, con distinción entre actividades, con indicación de la superficie de terreno vinculada a cada actividad

7.Estudio y análisis pormenorizado de los accesos rodados a las instalaciones y explotaciones, así como la incidencia del tráfico en el entorno, ocasionado por las actividades

8.Obligaciones y compromisos asumidos por el promotor

Planos:

. Situación (E: 1:50.000).

. Situación Geográfica (E: 1:10.000).

. Geológico (E: 1:20.000).

. Edafológico (E: 1:20.000).

. Hidrológico (E: 1:50.000).

. Hidrogeológico (E: 1:20.000).

. Usos del Suelo (E: 1:20.000).

. Situación Instalaciones (E: 1:10.000).

. Situación Instalaciones (Detalle) (E: 1:1.000).

10. Situación. Infraestructura (E: 1:10.000).

A N E X O S

Anexo 1: Declaración de Impacto Ambiental.

Anexo 2: Autorización de Minas.

Anexo 3: Escritura Sociedad Mercantil.

Anexo 4: Contrato Cesión de Derechos, Certificados y Planos.

Anexo 5: Obligaciones y Compromisos Asumidos por el Promotor.

1. Antecedentes.Con fecha 4.6.2002 se inicia por don José María Marqués Márquez con DNI 30.070.229 en representación de la entidad Mercantil Hormigones Surbetón S.L. con CIF B-

14305155 y domicilio social en Carretera Córdoba-Posadas km 22 en Almodóvar del Río (Córdoba) y a efectos de notificaciones administrativas en Avda. de Andalucía núm. 42 (Local Interior) de la localidad de Montilla (14550-Córdoba), expediente de Autorización Administrativa para Proyecto de Explotación de Recursos de la Sección A e Instalaciones de Beneficio, Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Restauración que llevará el nombre de El Escorial y que se desarrollará en los términos municipales de Villa del Río y Montoro (Córdoba).

Con fecha de 18.1.2003 se emite Resolución de la Delegación Provincial de Medio Ambiente sobre el Estudio de Impacto Ambiental realizado con Declaración de Impacto Ambiental Viable a los efectos ambientales (se adjunta fotocopia de la misma en Anexo núm. 1).

Con fecha 7.3.2003 se remite dicha Resolución al Ayuntamiento de Villa del Río para su unión al expediente de Autorización ya iniciado en dicha corporación, realizándose información pública sobre el mismo en el BOP de fecha 26.5.2003 con núm. de anuncio 4.148.

Indistintamente también se inicia con fecha 7.3.2003

expediente de Autorización y consecuente Licencia Municipal en el Ayuntamiento de Montoro (Córdoba) para la realización del proyecto señalado acompañándose para tal fin copias del proyecto a realizar y copia de la Declaración de Impacto Ambiental con Resolución de Viable, contestándose sobre el expediente al que señalan como 10/2003-Actv. -39/2003-Urb. que para continuar la tramitación del mismo es necesario la presentación de un Plan Especial.

Con fecha 5.8.2003 se emite Resolución de Autorización de la Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, autorizándose el proyecto que se pretende realizar (se adjunta fotocopia de la misma en Anexo núm. 2).

2. Identificación promotor de la actividad en relación con el propietario de los terrenos afectados por la actividad.

2.1. Identificación del promotor de la actividad.

Nombre: Hormigones Surbetón S.L.

CIF núm.: B-143051155.

Domicilio social: Carretera de Almodóvar del Río-Posadas (margen izquierda) km 2, en Almodóvar del Río (Córdoba).

Notificaciones Administrativas: Avda. Andalucía, 42 (Local Interior) Montilla (Córdoba) (se adjunta fotocopia de

escritura en Anexo núm. 3).

2.2. Propietario de los terrenos. Relaciones con el Promotor de la actuación.

La propiedad de los terrenos corresponde a la Sociedad

Mercantil "La Anguijuela S.A." con CIF A 14-008015, y

domicilio social en Avda. La Victoria, 35-3.º (se adjunta Certificado y Plano Catastral en Anexo núm. 4).

Dicha sociedad ha realizado un Contrato de Cesión de Derechos Mineros, con la Sociedad promotora de la actividad, Hormigones Surbetón S.L. en la que cede todos los recursos mineros de la Sección A existentes en la propiedad, por un período máximo de

15 años, para su aprovechamiento industrial (ver Anexo núm.

4).

3. Descripción de la actividad.

3.1. Situación.

3.1.1. Situación geográfica.

La superficie donde se pretende realizar la actividad se encuentra en terrenos situados en los términos municipales de Villa del Río y Montoro (Córdoba) en los parajes conocidos en la localidad de Villa del Río como El Sotillo y en Montoro como Haza del Barco integrándose en la propiedad conocida por Finca La Anguijuela.

Se sitúa en las hojas topográficas núm. 924 con denominación Bujalance y 903 con denominación Montoro del plano topográfico nacional escala 1:50.000 (ver Plano núm.) y en la hojas núms.

924 (3-1, 4-1) y 903 (3-4, 4-4) de escala 1:10.000 de la cartografía básica de la Junta de Andalucía (ver Plano núm.

2).

Constituye los terrenos de la propiedad señalada con

anterioridad conocida por Finca La Anguijuela, siendo las coordenadas de ubicación de la misma las siguientes:

- X = 386.795.- Longitud = 4º 17 21".

- Y = 4.205.805.- Latitud = 37º 59 32".

La altura media s.n.m. se estima en 164 m.

3.1.2. Vías de acceso.

La finca en que nos situamos y en la que se pretenden realizar las actuaciones extractivas se encuentra situada al norte de la localidad de Villa del Río (Córdoba) y separada de la misma por el cauce del río Guadalquivir. Se accede a la misma saliendo de dicha localidad en dirección a la localidad de Cardeña (Córdoba), por el trazado de la carretera Nacional N-

420. Una vez pasado el puente existente sobre el río

Guadalquivir en dicha carretera nos encontramos que los terrenos existentes en el arcén izquierdo pertenecen a la finca señalada y en la que se realizarán las actuaciones, existiendo un acceso perfectamente definido por dicho punto.

Recorremos 150 m más y aparece un cruce por la izquierda que pertenece a la unión de la carretera CP-239 con la N-420. Tomamos hacia la izquierda por la carretera CP-239,

encontrándonos que dicha carretera (CP-239) es colindante por ambos arcenes en una longitud de 700 m al estar cruzada la propiedad por dicha vía de comunicación.

Existen desde la carretera CP-239 en el recorrido de los 700 m indicados y a ambas márgenes de la misma accesos perfectamente definidos y en uso para el acceso de cualquier tipo de

maquinaria a la propiedad donde se pretenden realizar las actuaciones.

3.1.3. Delimitación de los terrenos.

Obtenida la información Catastral necesaria y realizadas las verificaciones correspondientes, los linderos de la finca señalada son:

Norte:

Término municipal de Montoro:

Polígono 10 Parcela 41, propiedad de Juan Rafael Ramírez Castro.

Polígono 10 Parcela 38, propiedad de M.ª del Carmen Pozo Cerezo.

Polígono 10 Parcela 39, propiedad de Ildefonso Pozo Cerezo.

Polígono 10 Parcela 3, propiedad de Joaquín, Román y Fernando Román Cerezo.

Polígono 10 Parcela 2, propiedad de Juan de Dios Domínguez Ramos.

Término municipal de Villa del Río:

Polígono 1 Parcela 88, propiedad de Julio Clemementson

Arderius.

Polígono 1 Parcela 110, propiedad de Fco. Ortiz Verrocal y Pedro Rodríguez Cachinero y Pedro Navarro Orozco.

Polígono 1 Parcela 87, propiedad de Dolores Arjona Torres.

Sur:

Río Guadalquivir.

Este:

Término municipal de Villa del Río:

Trazado carretera N-420.

Polígono 1 Parcela 85, propiedad de Tapicerías Hermanos Peinado S.L.

Polígono 1 Parcela 83, propiedad de Juan Matas Arjona.

Polígono 1 Parcela 80, propiedad de Isidro Tello Extremera.

Polígono 1 Parcela 79, propiedad de José Ramón Escribano.

Polígono 1 Parcela 76, propiedad de Tomás Gil Mohedano.

Río Guadalquivir.

Oeste:

Río Guadalquivir.

Se adjunta fotocopia de Planos Catastrales en Anexo núm..

3.2. Medio físico.

Se procede a la identificación de todos los aspectos

determinantes del medio físico del territorio donde se

pretende realizar la actividad.

3.2.1. Geología.

Tomando como referencia la cartografía básica a escala

1:50.000 del Plano Geológico Nacional realizado por el

I.G.M.E., y situándonos en las hojas núms. 903 y 924 con denominación Montoro y Bujalance aparecen por orden

cronológico las siguientes unidades más representativas:

Mioceno.

Pliocuaternario.

Cuaternario.

En el Plano núm. 3 se representan las diversas unidades geológicas cartografiadas en la zona a actuar y en el entorno. Como se puede apreciar predominan los materiales Cuaternarios, depósitos unidos a la influencia del río Guadalquivir en su discurrir a lo largo del tiempo, apreciándose desde el punto de vista estratigráfico dos tramos; una formación constituida por depósitos recientes que forman el aluvial del río y otra más antigua correspondiente a la Tercera Terraza del

Guadalquivir, en un nivel topográficamente superior.

Litológicamente los depósitos aluviales están formados por gravas de cantos medios a gruesos, bastante redondeadas, totalmente sueltos y de composición variada, con arenas sueltas y limos, presentando una distribución muy irregular al estar ligados a la mecánica del discurrir del río. En el tramo que se sitúa la 3.ª terraza litológicamente está constituido por gravas poco cementadas de cantos de tamaño medio, con areniscas lodos que hacen de armazón y que suele tener entre 3 a 4 m de potencia.

El Mioceno infrayacente aflora a ambos lados del río a partir de los depósitos Cuaternarios existentes al norte y sur del cauce del río Guadalquivir, está constituido por las margas azules del Tortoniense, que se corresponde con el tramo margoso-arcilloso del mismo, apareciendo "a techo"

interestratificados algunos niveles más arenosos, generalmente formados por areniscas de grano muy fino limonizadas, de colores ocres y arcillosos, que constituyen el tramo más reciente del Mioceno y que constituye el Andaluciense. La disposición estructural de esta serie es prácticamente

horizontal.

Al sur del cauce y de la localidad de Villa del Río y a cotas topográficamente más altas, cubriendo los depósitos del Mioceno aparecen depósitos Pliocuaternarios que tuvieron su origen en un medio fluvial torrencial, originando la

reelaboración de la formación infrayacente. Las corrientes torrenciales de agua, procedentes del Paleozoico, existente al norte, transportaban gran cantidad de materiales, al llegar a la llanura Miocénica se "desparramaban" formando innumerables riachuelos que no llegaban a excavar ningún cauce al ser colmatados rápidamente por los aportes, y originando el recubrimiento de la llanura por estos materiales.

Al norte y en el borde de la zona de actuación, aparecen materiales pertenecientes al Triásico apareciendo en la base de la formación un conglomerado de cantos cuarcíticos muy desgastados cementados por una matriz arenoso-limosa y "a techo" de la misma una formación de areniscas de color rojo con arcillas y óxidos de hierro que le dan un color

característico.3.2.2. Edafología.

Los procesos que conducen a un suelo maduro a partir del material geológico original son muchos y muy complejos. Se admite, que tales procesos se traducen en el caso de una evolución progresiva en una alteración cada vez mayor del material original, en el aumento en contenido en materia orgánica del suelo, hasta alcanzar cierto equilibrio por un desplazamiento o emigración de sustancias solubles y

coloidales.

Como consecuencia aparece una diferenciación de una serie o conjunto de horizontes cuya secuencia vertical hasta el material geológico no alterado constituye el perfil del suelo.

Se admite por todos los autores, que los factores que

determinan la naturaleza e intensidad de los procesos

edafológicos son el clima, la geología, el relieve, la

vegetación y el tiempo.

A nivel provincial una estimación aproximada de la

distribución de suelo corresponde a las siguientes superficies y porcentajes:

Superficie estimada por órdenes Edafológicos (miles ha).

Tipos de suelo Superficie Porcentaje

Litosoles 262 19,2%

Entisoles 337 24,6%

Vertisoles 212 15,5%

Inceptisoles 281 20,5%

Aridisoles --- ----

Mollisoles 22 1,6%

Alfisoles 254 17,5%

Ultisoles --- ----

Histosoles --- ----

Otros 15 1,1%

Dentro del primero de los factores edafogenéticos se distingue un balance hídrico de una acusada aridez para la práctica totalidad de la provincia, solo suavizado a lo largo de estrechas bandas colindantes con el río Guadalquivir, ya que el resto de los cauces presentan vertientes tan pronunciadas que resulta difícil encontrar superficies adecuadas para el desarrollo edáfico.

Para la zona en concreto distinguimos los siguientes tipos de suelos que se representan cartografiados en Plano núm.:

Suelos aluviales.

Bajo este nombre, determinamos un grupo formado por suelos poco evolucionados de aportes fluviales y suelos Calcimorfos aluviales, con perfiles del tipo (A) C, A C, A (B) C. Todos estos suelos forman una asociación amplia cuya característica más común es la de constituir sedimentos fluviales o estar desarrollados sobre estos.

Vienen constituidos morfológicamente sobre terrazas fluviales llanas, cuya altitud respecto al nivel del río generalmente es inferior a 20 m, correspondiendo fundamentalmente a la primera terraza y en algunos lugares parte de la 2.ª terraza fluvial.

Los suelos de la terraza más próxima al río están constituidos sobre aluviones recientes y son, generalmente, de perfil AC o A(B)C poco diferenciados. Estos suelos son profundos, de color pardo o pardo obscuro, arenosos-francos o francoarenosos, de estructura grumosa, porosos, permeables, friables en húmedo y sueltos en seco, presentan un bajo índice de pedregosidad y soportan tanto un buen drenaje externo como interno,

formándose en pendientes inferiores al 5%.

Tienen reacción moderadamente alcalina (ph = 8) y

agronómicamente se designan con el nombre de Vega.

Suelos margosos béticos.

Lo constituyen un conjunto de suelos de colores pardo oliva o pardo amarillento, desarrollados sobre margas y margas con areniscas del Mioceno, se corresponden generalmente con Vertisoles, y presentan carácter Vérticos sin llegar a

constituir verdaderos Vertisuelos (suelos Vérticos

Litomorfos).

La textura es arcillosa o arcillo-limosa, excepto en la zona en que la marga alterna con niveles de areniscas finas

amarillentas, poco coherentes. La estructura es grumosa a grumo-granular en superficie, y poliédrica o prismática en los horizontes (B). Con frecuencia en estos horizontes se aprecian superficies lustrosas (Slikenoides) y señales de óxido- reducción (Pseudogley).

Son suelos profundos, compactos y plásticos cuando están húmedos, que se agrietan al secarse y que poseen otros

caracteres de Vertisuelos más o menos Hidromorfos. La

observación micromorfológica revela la existencia de poros y otros espacios vacíos, como por ejemplo los determinados entre planos de la estructura: nódulos y concreciones calizas, microfósiles calcáreos, agregados de varios tamaños y formas debido a la actividad biológica del suelo, contenido en arcilla, influencia de labores, etc.

Presentan un bajo índice de pedregosidad, una actividad a la erosión moderada y un drenaje externo bueno, si bien el interno es escaso.

La vegetación potencial corresponde al dominio Oleo-

Ceratonion, asociación Asparrago-Rhammetum Casidothymetosum, pero estos suelos se cultivan desde muy antiguo y la

vegetación natural está fuertemente modificada.

Suelos pardos desarrollados sobre terrazas diluviales.

Son suelos desarrollados sobre sedimentos aluviales más antiguos, situados en terrenos que actualmente no están influenciados por la dinámica fluvial. El perfil es del tipo A(B)C, e incluso ABC a C, son menos profundos que los

aluviales. De color pardo, incluso pardo rojizo en el

horizonte B y de textura más pesada (franco-arcillosa) que los de la terraza más baja, con un desarrollo mayor de estructura y con cierta diferenciación de coloides minerales. Las labores agrícolas realizadas desde muy antiguo en estos suelos, han modificado sus propiedades estructurales y químicas,

mejorándolas generalmente para la obtención de cultivos.

3.2.3. Geomorfología.

En la Depresión Bética se puede diferenciar un grupo de formas de relieve ligadas a la acción del río y otras que definen como tal a la campiña. A escala provincial puede determinarse que el río ha formado un número de terrazas variable, siendo 4 el número de ellas admitido por todos los autores, con un mayor desarrollo en la zona occidental donde nos encontramos y que se muestran sistemáticamente sobre la orilla meridional.

Cuando la topografía del valle lo permite, el río comienza a formar meandros, encontrándose en la actualidad varios de ellos en diferentes estados de desarrollo, y actuando en ocasiones sobre el Paleozóico que constituye Sierra Morena, pero prefieren erosionar los materiales menos competentes del Mioceno existente en su margen izquierda, originando cortados muy aplanados y abanicos sobre el cauce del río.

El relieve típico de la campiña situada al sur del

Guadalquivir, aparece como una sucesión de suaves lomas y amplios valles, sin una dirección dominante, que al encontrar niveles de areniscas del Mioceno Superior, origina la

formación de mesetas alomadas.

Incidiendo sobre la zona de actuación se observa que la geomorfología de la zona es muy simple, con un relieve normal, absorbido por la proximidad del río, cuyo curso imprime carácter. Los depósitos Miocénicos representados por margas azules algo arenosas, situados entre el Tortoniense Superior y el Andaluciense, ocupan toda la zona sur del lugar en que nos encontramos, dando acceso a algunos retazos de la 3.ª terraza, ya en cotas más altas. Como puntos más representativos de la zona tenemos los vértices Geodésicos denominados, Nava al noroeste con 343 m y Gavilanera al sur con 269 m.

Como una característica a destacar en la zona, es la sucesión de meandros que forma el río gracias a las características litológicas y topográficas que se encuentran.

La zona en la que se va a actuar tiene una pendiente

prácticamente inexistente, constituida o suavizada por los aportes del río Guadalquivir, configurando las típicas

terrazas de pendientes casi inexistentes o muy suaves y con escalones o saltos de una terraza a otra bien marcados y diferenciados.

El meandro sobre el que se asienta la zona que aquí se trata está encajado entre el Arroyo del Membrillo y el Río Yeguas y el propio curso del río, enmarcando el drenaje de la Sierra en esa zona.

Basándonos en los perfiles realizados en las parcelas que serán objeto de la actuación inicialmente, podemos observar la práctica horizontalidad del terreno, tanto longitudinal como transversalmente, siendo con estos valores la erosión de muy reducida a nula y la facilidad de cultivo del suelo adecuada y óptima.

3.2.4. Hidrología.

3.2.4.1. Hidrología superficial.

En el Plano núm. 5, se ha representado la situación

hidrológica de la zona, representada por el río Guadalquivir, como elemento fundamental, ya que todas las aguas vierten a él, siendo los emisarios principales por su margen derecha el Arroyo del Membrillo y el Río Yeguas, el arroyo Salado y Cañelejo por su margen izquierda.

Los cursos de agua señalados muestran unas características hidráulicas íntimamente relacionadas con el régimen climático de la región, el Yeguas y el Guadalquivir al disminuir

drásticamente su caudal y el resto al tener escorrentía sólo en la época de lluvias, que aparecen en el mes de octubre y se prolongan hasta mayo, existiendo una ausencia total de

precipitaciones durante el verano al tiempo que se disparan las temperaturas.

Estas características climáticas implican la existencia de regímenes climáticos puramente pluviales, en los que se realiza un aumento progresivo de caudal, alcanzando su valor punta en los tres meses primeros del año, momento en que los suelos se encuentran saturados de agua. Es un período de precipitaciones abundantes en los que no existe todavía demanda hídrica por parte de los cultivos y las temperaturas son suaves, por lo que la evapotranspiración real no supera a la potencial.

Durante los meses de abril y mayo disminuyen las lluvias y por lo tanto los aportes a los cursos de agua, suben las

temperaturas y la demanda hídrica de los cultivos por lo que aumenta considerablemente la evapotranspiración real y la demanda hídrica sobrepasa a la aportada por las

precipitaciones puntuales que pueden aparecer y hay que nivelarla con las reservas existentes en el suelo, en

detrimento del drenaje de cuenca y por consiguiente de los aportes a los cursos de agua.

Durante el verano las precipitaciones son nulas, se disparan al alza las temperaturas y las demandas de los cultivos se encuentran en su punto máximo por lo que la evapotranspiración real se dispara y no puede cubrirse el déficit de los cultivos con las reservas hídricas del suelo, desapareciendo totalmente la escorrentía superficial en todos los cursos, excepto en el río Guadalquivir, que disminuye drásticamente su caudal.

La llegada del otoño, con sus lluvias, el aumento de la humedad atmosférica y la disminución de la evapotranspiración, invierte de nuevo el proceso, pero se observa que no se realiza una recuperación inmediata de los cursos de agua, si no por el contrario ésta es lenta y se origina una vez que las formaciones edáficas, que se encuentran esquilmadas de agua, recuperan su nivel de saturación absorbiendo prácticamente el total de la pluviometría en detrimento de su desag?e y

posterior escorrentía superficial hasta sobrepasar el nivel de saturación, antes señalado.

La calidad del agua de escorrentía más significativa, por lo tanto, es la del río Guadalquivir, que presenta niveles críticos de contaminación a partir de la ciudad de Córdoba, donde sufre el agua casi todas las agresiones posibles de la acción humana al utilizarse este río y sus afluentes como colector y presentando momentos (estiaje) en los que el agua puede considerarse inútil para todo tipo de cultivos y muy restringida para el uso industrial.

Los parámetros de calidad de las aguas en la estación de Córdoba, son los siguientes:

Parámetros Córdoba

Temperatura (ºC) 17,68

D Q O (mg/l) 4,67

Sólidos Suspensión (p.p.m.) 111,92

Oxígeno disuelto (mg/l) 7,08

Conductividad (m/cm) 1.055,30

3.2.4.2. Subterránea (Hidrogeología).

En el valle del Guadalquivir y en el área de articulación con Sierra Morena, aparecen dos formaciones geológicas que pueden constituir acuíferos: Mioceno Transgresivo de base y el Aluvial del Guadalquivir.

El Mioceno calcáreo que aparece al norte del Guadalquivir lo encontramos en una franja estrecha con una anchura máxima de

2-3 km. El substrato impermeable lo constituye el Paleozóico y lateralmente hacia el sur del Guadalquivir el Mioceno margoso, siendo dudosa la continuación del Mioceno calcáreo hacia el sur, al no aparecer ningún afloramiento en dicha zona.

El segundo de los acuíferos presentes en el valle del río Guadalquivir está constituido por el aluvial del río y los sistemas de terrazas asociados al mismo. Constituye un

acuífero libre y de naturaleza granular, de una alta

transmisibilidad, al estar conectados los materiales

detríticos que lo componen con los que deposita en la

actualidad el río Guadalquivir (confiere una situación de interestacionalidad al posibilitar su recarga del río en épocas de crecida y drena hacia el río cuando disminuye el perfil de escorrentía de este).

La extensión superficial de este acuífero (Córdoba a

desembocadura) es de 450 km, siendo su anchura variable, la base del mismo oscila entre 10 y 15 m, situándose el nivel piezométrico entre 5 y 10 m, excepto en contadas ocasiones y muy puntualmente donde aparezcan paleocauces. La recarga se realiza a partir de la lluvia, de los regadíos de la zona, del drenaje de cuenca de las terrazas colgadas y de las crecidas del río Guadalquivir en las terrazas colindantes con el curso actual, mientras que la descarga se realiza por su explotación para riegos y sobre todo por el drenaje natural de cuenca.

La alta concentración de nitratos y nitritos, consecuente de la explotación agrícola del suelo, originan la no potabilidad del agua, encontrándose en algunos puntos concentraciones de hasta 140 mg/l, situación habitual de acuíferos de las mismas características en lugares sometidos a agricultura intensiva. Indistintamente podemos encontrar en algunos lugares

concentraciones orgánicas importantes consecuencia de granjas agrícolas, urbanizaciones incontroladas o vertidos urbanos.

En la zona en que nos situamos señalamos tres unidades:

a) Constituida por las margas del Mioceno, estéril a todos los efectos, no almacena ni transmite agua.

b) Formada por un acuífero libre que engloba a la terraza más reciente del río Guadalquivir, de elevada transmisibilidad, sujeto a la mecánica del río y que puede aportar importantes recursos al inicio de la época de estiaje.

c) Engloba a los materiales de la 3.ª terraza que constituyen una zona de alimentación y reservas del aluvial antes

determinado, drenando en este caso hacia el sur y por lo tanto no desarrolla un nivel piezométrico estable si no por el contrario estacional.

Esta característica es muy importante para determinar que no aparecerá nivel freático en la base de la explotación o este será solamente estacional, el drenaje de cuenca se realizará por paleocauces de los que existen amplias referencias en el valle del Guadalquivir en zonas geológicamente y

geomorfológicamente similares.

3.2.5. Climatología.

La climatología está directamente relacionada con la posición que ocupa geográficamente y de las características

topográficas del amplio sector donde se ubica.

La influencia atlántica presente en la desembocadura del río Guadalquivir, penetra hacia el interior a través del valle que forma el discurrir del río y va dando con su progresión hacia el interior de una influencia atlántica a un tipo continental atenuado, también denominado por algunos autores

subcontinental semihúmedo.

Para mejor comprensión del factor climático se adjuntan, al final de este apartado, cuadros climatológicos de Córdoba capital para el período de 1931 a 1970.

Se ha indicado en otro apartado que la zona de actuación se encuentra al norte de la localidad de Villa del Río (Córdoba) y considerando factores topográficos y de altitud y que la estación de Córdoba capital se encuentra relativamente próxima y que en ella encontramos los datos climatológicos más

completos de la zona, utilizaremos los datos obtenidos en ésta y no nos desviaremos mucho de la realidad.

De su análisis podemos indicar que la temperatura media asciende de 9,3ºC en enero, hasta 27,8ºC en julio,

descendiendo con gran rapidez a partir de agosto. Las máximas medias varían de 14,1ºC en el mes de enero a 36,4ºC en julio. Las temperaturas medias de mínimas y máximas absolutas

registradas han sido ,3ºC en enero y 41,5ºC en julio.

Consideramos como invierno el período en que la temperatura máxima media no alcanza los 15ºC, verano el que supera los

25ºC y primavera y otoño cuando nos encontramos entre ambos valores, obtenemos que el invierno se presenta en diciembre y enero (dos meses), primavera en febrero, marzo y abril (tres meses), verano en mayo, junio, julio, agosto y septiembre (cinco meses) y otoño en octubre y noviembre (dos meses).

La humedad relativa alcanza un máximo en invierno con el 77% y un mínimo en verano con el 34% aproximadamente, presentando en la época de estiaje por este concepto, en su conjunto, un clima más sano y tolerable, sin olvidar que las elevadas temperaturas en verano dan un déficit anual en el balance hidrológico, alcanzando la evapotranspiración potencial valores de 939,9 mm.

Por la orientación del valle del Guadalquivir, los vientos dominantes son del SO (ver croquis adjunto al final), siendo escasa la frecuencia de los vientos del N, SE y NO. En los meses de invierno existe un cierto equilibrio entre los componentes opuestos (SO y O), con ligero predominio de los vientos de E y NE, mientras que en el verano la distribución es totalmente asimétrica, siendo casi absoluta la

preponderancia de los vientos del O y SO. Los días de calma son del 50%, sin que se aprecie una variación correspondiente a la estacionalidad. La media más elevada por rumbo

corresponde al S con V = km/h en el mes de diciembre, y la menor de 8 km/h en el mes de julio con dirección SE.

La precipitación es moderada con un valor medio de 697,4 mm. Hay un máximo en primavera y otro menor en otoño-invierno, siendo el verano la estación más seca del año.

El valor máximo de las medias corresponde a marzo con 101,6 mm y el mínimo en agosto con 3,2 mm.

Por término medio hay un número de 28,7 días de lluvia al año y 29 días de niebla. La duración media del período de heladas se corresponde con los meses de diciembre, enero y febrero, alcanzando estas 10 a 20 días anuales.

Como insolación se entiende el número de horas de sol

despejado en los que su nubosidad media es inferior a dos décimas de cielo cubierto; nuboso cuando está comprendida entre 2 y 8 décimas y cubierto cuando es superior a 8 décimas.

La insolación es elevada, con un promedio anual de 2.659 horas (60% de insolación teórica), cuyo máximo se encuentra en julio con 339 hora y el mínimo en enero con 145 horas.

Respecto a la nubosidad tenemos un promedio de 143,9 días despejados, 151,6 días nubosos y 69,5 días cubiertos.

Tomando como referencia a Papadakis, nos encontramos con un invierno tipo Citrus y un verano tipo Algodón.

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3.2.6. Atmósfera.

En este apartado nos referimos a la situación inicial de la atmósfera en la zona en la que se va a desarrollar la

actuación en lo relativo a su calidad, en lo debido a la cantidad de polvo en suspensión y sedimentables que posee, como por la cantidad de energía acústica existente en ella, al ser los únicos parámetros que pueden verse afectados por el desarrollo de la actividad.

En cuanto al polvo en suspensión y sedimentos, los datos más directos de los que disponemos información corresponden a instalaciones de las mismas características de empresas similares.

Las últimas mediciones realizadas por empresa autorizada en instalaciones de similares características realizados en el año 2002 arrojan unos datos para los puntos de control de inmisión efectuados dentro de la norma que marca como máximo el R.D. 1321/92 de 30 de octubre. Si los datos de empresas de las mismas características se confirman y tenemos en cuenta el alto tráfico de vehículos pesados por la carretera próxima que implica un aumento importante de emisiones gaseosas, la gran cantidad de labores agrícolas que se desarrollan en la finca en que nos encontramos y en las colindantes a lo largo de todo el año, que indudablemente harán aumentar la concentración de este tipo de partículas, podemos indicar que las condiciones atmosféricas de la zona son buenas.

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