La Junta
Consejo de Gobierno
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A N U N C I O
La Excma. Diputación Provincial de Málaga, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2004, en relación con la delegación efectuada por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre sobre la gestión, recaudación e inspección de sus tributos, adoptó acuerdo en los términos que a continuación se indican:
- Aceptar la delegación realizada por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, en sesión plenaria de 18.10.2004, para la gestión, recaudación e inspección de los tributos, tasas y precios públicos que a continuación se indican:
La gestión de los impuestos sobre Bienes Inmuebles, Actividades Económicas, y Vehículos de tracción mecánica.
La gestión de las tasas de recogida de basuras (doméstica e industrial), abastecimiento de agua, alcantarillado y entrada de vehículos, con excepción de la toma de lecturas en el abastecimiento de aguas.
La recaudación voluntaria de los recursos anteriores y, además, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, derivado de inspecciones tributarias, y el producto de las multas de tráfico.
La recaudación en período ejecutivo de todos los ingresos de Derecho Público que no hayan sido satisfechos en período voluntario.
La inspección de los impuestos sobre vehículos de tracción mecánica y sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Las sanciones tributarias correlativas a las funciones que se traspasan.
- Aprobar la encomienda a la Excma. Diputación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del citado Texto Refundido y del
15 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de:
El procedimiento sancionador en materia de tráfico, en régimen de prestación de servicios.
La gestión catastral, incluida la inspección, en régimen de prestación de servicios.
Actividades de carácter material en materia de exacciones urbanísticas, consistentes en la notificación a los obligados de acuerdos susceptibles de incorporar un aviso de pago.
- Aprobar el Anexo por el que se determina y regula el alcance y contenido de las facultades delegadas o encomendadas, que figura en el expediente tramitado al efecto.
El plazo de vigencia de las anteriores delegaciones se ha publicado en el B.O. de la Provincia núm. 45, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Málaga, 9 de marzo de 2005.- El Presidente del Patronato, Cristóbal Torreblanca Sánchez.
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