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Constatando que la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía en Jaén cuenta con la infraestructura material y humana necesaria para acometer la instrucción, resolución y gestión posterior del procedimiento administrativo de contratación patrimonial inmueble de arrendamiento, identificado con la referencia A/J/C/Delegación, para dar nueva sede a la Delegación Provincial de esta Consejería en Jaén, que actualmente viene instruyéndose por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo de esta Administración Pública.
Considerándose la ventaja que supone la cercanía del Organo Administrativo de Contratación al lugar de realización del contrato que se celebre, al evidenciar un mejor control sobre el desarrollo de las prestaciones.
Estimando como objetivo de esta Administración Pública continuar avanzando en la consecución de mayores cotas de eficacia y eficiencia en la actuación de esta Administración.
Advirtiendo que la actuación del personal y la utilización de los recursos de la Delegación Provincial citada en la gestión e instrucción del procedimiento de referencia no supone un incremento de los costes económicos actuales.
Y, observando que la condición de Organo de Contratación en el eventual procedimiento administrativo descrito con anterioridad resulta ser competencia propia del Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 39.7.º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (publicada en BOJA núm. 90, de 29 de julio).
Al amparo de la técnica jurídica de la delegación competencial, positivada en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (publicada en BOE núm. 285, de 27 de noviembre), y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (publicada en BOJA núm. 90, de 29 de julio), que delimitan, en su ámbito respectivo, los requisitos de ejercicio de la citada técnica jurídica en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
D I S P O N G O
Artículo único. La delegación puntual de las competencias de Organo de Contratación Administrativa en la figura del Delegado Provincial de la Consejería de Empleo de la Administración Pública General de la Junta de Andalucía en Jaén, para el acometimiento del procedimiento administrativo de contratación patrimonial de arrendamiento de inmueble, identificado con la referencia A/J/C/Delegación, que actualmente viene instruyéndose por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, con la finalidad de proveer de nueva sede a la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo en Jaén.
Sevilla, 3 de abril de 2006
ANTONIO FERNANDEZ GARCIA
Consejero de Empleo
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