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De conformidad con los arts. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27.11.1992) y por haber sido notificado el acuerdo de iniciación en el domicilio donde se ha intentado notificar esta Resolución; en aras de brevedad y en virtud del art. 114 de la Ley 5/1983, de 19 de julio (BOJA 59, de 26 de julio de 1983).
ACUERDA
La obligación de Unión Deportiva Bornense de reintegrar setecientos setenta y cinco con cincuenta y cinco (775,55) como principal y doscientos setenta y seis con siete (276,07) euros como intereses de demora. En total mil cincuenta y uno con sesenta y dos (1.051,62) euros.
Contra esta obligación podrá interponer recurso, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente día de la publicación, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Sevilla. Con carácter potestativo podrá entablar recurso de reposición ante esta Delegación Provincial, en el plazo de un mes contado desde el mencionado siguiente día. Y ello por quedar agotada la vía administrativa. El procedimiento REIN 4/2006 derivado de la subvención C-102/ED 04 se encuentra en el Servicio de Deporte sito en el núm. cuatro, de la calle Jacinto de esta capital. Puede solicitar información en el 956 008 468. El representante legal de la entidad podrá acceder al expediente y, en su caso, abonar la liquidación 046 221063017 4 en período voluntario en los plazos del art. 21 de la Ley 5/1983 (citada). La cantidad a reintegrar tiene la consideración de ingreso de derecho público y de no abonarse en período voluntario se ejecutará por el procedimiento de apremio.
Cádiz, 17 de abril de 2006.- El Delegado, Domingo
Sánchez Rizo.
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