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La Orden de 27 de junio de 2006 por la que se regula la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en BOJA núm. 130, de 7 de julio de 2006, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad, por lo que esta Delegación del Gobierno
R E S U E L V E
Primero. Hacer público, a efectos de notificación conforme al art. 9.2.d) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, la Resolución de fecha 18 de julio de 2006 por la que se acuerda la distribución de transferencias a los Ayuntamientos con mayor presión migratoria, al amparo de la Orden citada y que se transcribe en el Anexo adjunto.
Segundo. La resolución se encuentra asimismo expuesta en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las entidades solicitantes.
Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes, comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Almería, 18 de julio de 2006.- El Delegado del Gobierno, Juan Callejón Baena.
RESOLUCION DE 18 DE JULIO 2006, DE LA DELEGACION DEL GOBIERNO DE ALMERIA, POR LA QUE SE ACUERDA LA DISTRIBUCION DE TRANSFERENCIAS A LOS AYUNTAMIENTOS CON MAYOR PRESION MIGRATORIA PARA LA NIVELACION DE SERVICIOS MUNICIPALES VINCULADOS A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACION DE INMIGRANTES
La Orden de 27 de junio de 2006 por la que se regula la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en BOJA núm. 130, de 7 de julio de 2006, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.
Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre los municipios andaluces con mayor presión migratoria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación del Gobierno en cada provincia realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.
En virtud de cuanto antecede,
R E S U E L V O
Primero. Distribuir la cantidad de 933.733,73 euros, correspondientes a la Nivelación de servicios municipales
vinculados a la acogida e integración de inmigrantes en los municipios de la provincia de Almería, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 27 de junio de 2006, las cantidades que se indican en el anexo.
Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.18.04.463.00.31.J, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.
Tercero. Declarar estos gastos con carácter "en firme". En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.
Cuarto. La nivelación de los servicios municipales vinculados a la acogida e inserción de inmigrantes se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de los ejes, principios rectores y líneas de actuación prioritarias definidos en el Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes, el Convenio suscrito al efecto entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Gobernación y el Acuerdo operativo suscrito entre la Consejería de Gobernación y la FAMP. Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.
Quinto. Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sexto. Dado en Almería, a 18 de julio de 2006. El Delegado del Gobierno. Firmado: Juan Callejón Baena.
ANEXO DE MUNICIPIOS SELECCIONADOS CON LOS IMPORTES A TRANSFERIR PARA LA NIVELACION DE SERVICIOS MUNICIPALES VINCULADOS A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACION DE INMIGRANTES
MunicipioImporte
Roquetas de Mar83.473,08 E
Níjar80.561,23 E
El Ejido78.619,99 E
La Mojonera73.766,91 E
Vícar71.825,66 E
Pulpí67.943,20 E
Vera64.060,73 E
Almería63.090,12 E
Adra56.295,80 E
Huércal-Overa56.295,80 E
Cuevas del Almanzora53.383,94 E
Albox47.560,24 E
Garrucha45.619,01 E
Vélez-Rubio45.619,01 E
Fines45.619,01 E
Total933.733,73E
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