Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 24/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 29 de diciembre de 2005, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Sevilla. (PP. 33/2006).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

ConceptoIVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera1,06 euros

Kilómetro recorrido0,74 euros

Hora de espera o parada16,17 euros

Carrera mínima2,91 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera1,30 euros

Kilómetro recorrido0,91 euros

Hora de espera o parada20,23 euros

Carrera mínima3,65 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos de 0 a

24 horas.

b) Servicios realizados en horas nocturnas de 21 a 7 horas.

c) Servicios realizados durante los días de Feria de Abril y Semana Santa.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre de 0 a

24 horas.

Tarifa 3. Aeropuerto (entrada y salida)

En los supuestos de la tarifa 118,58 euros

En los supuestos de la tarifa 220,72 euros

En los servicios solicitados por teléfono, se le sumará lo que marque el taxímetro hasta el punto de recogida del pasajero. En taxis compartidos, aplicable hasta la bajada del primer pasajero (resto de destinos según taxímetro). Siempre el recorrido más corto, a elegir por el taxista. En servicios solicitados en paradas o vías públicas con destinos intermedios, se le sumará lo que marque el taxímetro hasta el último destino previo al aeropuerto.

Suplementos

Por cada maleta, bulto o conjunto

de bultos de más de 60 cm0,40 euros

Servicios en días de Feria de Abril

y Semana Santa de 21 a 7 horas

sobre lo marcado en el aparato

taxímetro en la Tarifa 2 y sobre

la cantidad de 20,72 euros

en la Tarifa 325%

Por salida de la Estación de Santa Justa1 euro

Servicios especiales (sobre lo marcado

en el aparato taxímetro) Aeroclub de

Tablada, Puerto del Batán, Abonos

Sevilla, Astilleros y Esclusa1,76 euros

Ida al Camping Sevilla, Control de

Vuelo del Aeropuerto y C.A.S.A.

San Pablo3,85 euros

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los

artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 29 de diciembre de 2005.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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