Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 158 de 16/08/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 19 de mayo de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla, dimanante del procedimiento verbal núm. 989/2005.

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NIG: 4109100C20050028335.

Procedimiento: Verbal-Desh.F.Pago (N) 989/2005. Negociado: 2.º

Sobre: Falta de pago de las rentas.

De: Doña María José Senra Machuca.

Procuradora: Sra. Marta Arrondo Pazos225.

Contra: Don Ricardo Miguel García Pittaluga.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh.F.Pago (N) 989/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla a instancia de María José Senra Machuca contra Ricardo Miguel García Pittaluga sobre falta de pago de las rentas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

El Sr. don Manuel J. Hermosilla Sierra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de J. Verbal (N) 989/05 2.º por desahucio por falta de pago y reclamacion de rentas seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña María José Senra Machuca con Procuradora doña Marta Arrondo Pazos y Letrada doña Victoria Corro Bueno; y de otra como demandado don Ricardo Miguel García Pittaluga.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña María José Senra Machuca, debo declarar y declaro, haber lugar al desahucio del inmueble sito en Castilleja de la Cuesta C/ Real s/n, primera planta, "Casa Rosada" condenando al demandado don Ricardo Miguel García Pittaluga, a que desaloje y deje libre a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario.

Por otra parte, la demandada abonará a la actora la cantidad de 4.119,94 euros en concepto de rentas debidas, más las devengadas por dicho concepto hasta la efectiva puesta a disposición de la actora de la finca objeto de autos, devengando la cantidad resultante el interés legal desde la fecha del emplazamiento, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra está resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 L.E.C.). Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Ricardo Miguel García Pittaluga, extiendo y firmo la presente en Sevilla a diecinueve de mayo de dos mil seis.- El/La Secretario.

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