Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 22/08/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 17 de julio de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza, se aprueba el Proyecto de ejecución y su Anexo y se declara la utilidad pública en concreto de una línea aérea-subterránea a 132 kV desde la subestación "Baza" (Granada) a la subestación "Vera" (Almería). (PP. 3284/2006).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 3.12.2003 y 16.1.2004, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., presentó en las Delegaciones Provinciales de Almería y Granada de la entonces Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológica sendas solicitudes de autorización administrativa para la instalación de una línea de alta tensión a 132 kV (preparada hasta 220 kV), con origen en la subestación "Baza" (Granada) y final en la subestación "Vera" (Almería).

Segundo. Con fecha de 9.3.2005 y tras los trámites oportunos, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas autorizó a Endesa Distribución Eléctrica, S.L., la instalación de la mencionada línea.

Tercero. Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental favorable, emitida por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 22.10.2004, que se publicó en BOJA núm. 47, de 10.3.2006.

Cuarto. Con fecha 1.2.2005 y 7.2.2005, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., presentó en las Delegaciones Provinciales de Granada y Almería de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sendas solicitudes de aprobación de proyecto de ejecución y Declaración de Utilidad Pública en Concreto.

Quinto. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se sometió el expediente a la tramitación para la información pública, remitiéndose escritos para su publicación en BOE, BOJA, BOP de Almería, BOP de Granada y Diario Ideal de Granada, aunque sólo consta en el expediente que se publicase en el BOP de Almería núm. 99, de 26 de mayo de 2005.

Sexto. De acuerdo con los artículos 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitieron separatas del proyecto a los organismos y entidades que se relacionan, al objeto de que emitiesen condicionados técnicos e informe:

- Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

- Telefónica de España.

- RENFE.

- Diputación Provincial de Granada.

- Confederación Hidrográfica del Segura.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Diputación Provincial de Almería.

- Confederación Hidrográfica del Sur.

- Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

- Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente.

- Ayuntamiento de Alcóntar.

- Ayuntamiento de Serón.

- Ayuntamiento de Tíjola.

- Ayuntamiento de Lúcar.

- Ayuntamiento de Armuña de Almanzora.

- Ayuntamiento de Purchena.

- Ayuntamiento de Somotín.

- Ayuntamiento de Urrácal.

- Ayuntamiento de Olula del Río.

- Ayuntamiento de Fines.

- Ayuntamiento de Partaloa.

- Ayuntamiento de Cantoria.

- Ayuntamiento de Albox.

- Ayuntamiento de Alboleas.

- Ayuntamiento de Zurgena.

- Ayuntamiento de Huércal-Overa.

- Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora.

- Ayuntamiento de Antas.

- Ayuntamiento de Vera.

- Ayuntamiento de Baza.

- Ayuntamiento de Caniles.

De estos organismos y entidades, unos emitieron condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria. Otros no contestaron, por lo que una vez reiterada la solicitud de informe sin recibir tampoco contestación, se dio por aceptada la propuesta del solicitante.

Consta en el expediente escrito de la Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en el que informan que la Confederación Hidrográfica del Segura no es organismo afectado por las instalaciones.

La Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa remitió carta certificada con acuse de recibo en información pública previa a la Declaración de Utilidad Pública en Concreto a todos los propietarios afectados, a fin de que pudiesen examinar en dicha delegación el proyecto de la instalación y formular las alegaciones que estimasen oportunas.

De estas consta en el expediente que se recibieron alegaciones de:

- Don José Arán Vico.

- Don Ramón Mancebo Hemández.

- Doña Mercedes Martínez Lozano.

- Doña María Lucía Moreno.

- Don Javier Martínez Fúnez Ruiz.

- Doña Dolores Martínez Durán.

- Doña Ana Fernández Guerrero.

- Don José Martínez Díaz.

- Don Juan Francisco Moreno Moreno en representación de los herederos de don Antonio Moreno López, y doña María Dolores Quitante Martínez y doña Antonia y don Juan Moreno Quitante.

- Don Francisco Moya Bautista.

- Don José Moya Villegas.

- Doña Dolores y doña María Martínez Durán.

- Don Jesús Rojo Espín.

- Don Serafín Martínez Sánchez.

Consta en el expediente que en la Delegación Provincial de Almería de esta Consejería se recibieron alegaciones de:

- Doña Remedios Guirado Carrión.

- Don José Martínez Simón.

- Don Pedro Guirado Carrión.

- Doña Josefa María Suárez Martínez.

- Don Juan Guirado Oller.

- Doña María Requena Lara.

Todas estas alegaciones fueron remitidas a la empresa solicitante y contestadas por ésta.

Séptimo. Con fecha de 26.10.2005 y 28.10.2005, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., presentó en las Delegaciones Provinciales de Granada y Almería de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sendas solicitudes de Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y su Anexo y Declaración de Utilidad Pública en Concreto, de la mencionada línea.

Octavo. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en BOE núm., de 22.12.2005; BOJA núm. 249, de 23.12.2005; BOP de Granada núm. 223, de 23.11.2005; BOJA núm. 251, de 28.12.2005; BOP de Almería núm. 226, de 25.11.2005, diario "Ideal" de Granada, de 15.12.2005 y diario "La voz de Almería", de 19.12.2005, y publicados en los tablones de edictos de los Ayuntamientos en cuyos términos municipales existían bienes de derechos afectados.

Noveno. En escrito de fecha 19.5.2006, y como respuesta a la consulta realizada por la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (única provincia afectada por la modificación del trazado propuesto), en relación con la modificación del proyecto de la Línea de alta tensión de doble circuito de 132 kV desde la subestación de Baza (Granada) hasta la subestación de Vera (Almería), la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente informa que no es necesario someter a un nuevo procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental la modificación del trazado de la línea eléctrica, manteniéndose vigentes los condicionados establecidos en la

Declaración de Impacto Ambiental viable, a los efectos ambientales, formulada por dicha Dirección General el 22.10.2004.

Décimo. De acuerdo con los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, y según la documentación que obra en el expediente, se remitieron separatas a los organismos afectados que se relacionan, al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad, condicionados técnicos e informe a las instalaciones:

- Ayuntamiento de Baza.

- Ayuntamiento de Serón.

- Ayuntamiento de Cantoria.

- Ayuntamiento de Albox.

- Ayuntamiento de Zurgena.

- Ayuntamiento de Huércal-Overa.

- Ayuntamiento de Vera.

- Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora.

De estas entidades, unos contestaron dando su conformidad a las instalaciones y Declaración en Concreto de Utilidad Pública, otros emitieron los condicionados oportunos que fueron aceptados por la empresa peticionaria y otros no contestaron, por lo que una vez reiterada la solicitud de informe sin recibir tampoco contestación, se dio por aceptada la propuesta del solicitante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada de Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución, su Anexo y Declaración en Concreto de Utilidad Pública de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, R.D. 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía por instalación abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración, Orden de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de generación contempladas en el R.D. 2818/1998, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia Empresa.

Segundo. La Autorización Administrativa y aprobación del Proyecto de ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La Declaración de Utilidad Pública en Concreto está regulada en los artículos 140 y siguientes del citado R.D. 1955/2000.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Primero. Autorizar y aprobar el Proyecto de Ejecución y su Anexo, a solicitud de la entidad Endesa Distribución Eléctrica, S.L., de una línea a 132 kV cuyas características serán:

Origen: Subestación Baza.

Final: Subestación Vera.

Longitud total en metros: 93.333 (aérea)+250 (subterránea). Tensión de servicio: 132 kV.

Conductores: Aéreo: LA-280; Subterráneo: AL1000H120.

Aisladores: U-100-BS.

Debiendo ejecutarse el mismo cumpliendo los condicionados de la Declaración de Impacto Ambiental de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 22.10.2004.

Segundo. Declarar la Utilidad Pública en Concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

El procedimiento expropiatorio se tramitará por las delegaciones Provinciales de esta Consejería en Granada y Almería.

Tercero. Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Almería y Granada, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente Acta de puesta en servicio.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 17 de julio de 2006.- El Director General, Jesús Nieto González.

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