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De conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de fecha 18 de julio de 2006, se declara al núcleo de población de La Antilla del término municipal de Lepe (Huelva), zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, teniendo los establecimientos ubicados en el municipio libertad horaria durante los siguientes períodos:
a) Semana Santa, comprendiendo desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos, de los años 2007 y 2008.
b) Desde el 1 de julio al 15 de septiembre, ambos incluidos, de los años 2006, 2007 y 2008.
Sevilla, 17 de julio de 2006.- La Directora General, P.S. (Decreto 240/2004, de 8.5), el Director General de Actividades y Promoción Deportiva, Juan de la Cruz Vázquez Pérez.
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