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El Alcalde-Presidente hace saber que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de junio de 2006, acordó aprobar:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, CINCO PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE CARRERA DE ESTA CORPORACION, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
Primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición libre, cinco plazas vacantes en la plantilla laboral pertenecientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2004 (dos plazas de Monitor) y 2006 (tres plazas de Educador/a), con las siguientes características:
Plazas: 3 Educadores grupo B y 2 monitores grupo C.
Número de plazas: 5.
Titulaciones exigidas: Establecidas en los Anexos.
El número, características y modo de realización de las pruebas se regirán por lo previsto en las presentes Bases y, en su defecto, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
La realización del proceso selectivo se ajustará al sistema de concurso-oposición, de acuerdo con lo establecido en las Bases de la convocatoria, con garantía, en todo caso, de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Segunda. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes. Para poder ser admitidos y participar en las pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos.
a) Ser español o nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea en los términos que establece la Ley 7/1993, de 23 de diciembre.
b) Tener cumplidos 18 años.
c) Estar en posesión del título exigido para la presente convocatoria, según la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
f) No estar incurso en causa incapacidad o incompatibilidad para ser nombrado funcionario prevista en la Ley de Incompatibilidades y demás disposiciones aplicables.
Tercera. Presentación de Instancias.
a) Contenido: Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
En cumplimiento de lo dispuesto en su normativa específica y a tenor de lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, las personas que afectadas por algún tipo de minusvalía, no impidiéndole el ejercicio de la función, les suponga el no poder realizar las pruebas en igualdad de condiciones, con el resto de los aspirantes, lo pondrán de manifiesto en la instancia a fin de que el Tribunal disponga lo necesario para que quede garantizada dicha igualdad de condiciones.
b) Documentos que deben presentarse: Los/as interesados/as deberán de unir a la instancia la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del DNI.
- Fotocopia compulsada de la carta de pago, resguardo de giro postal o telegráfico de haber satisfecho los derechos
de examen que procedan.
- Documentos debidamente autentificados de los méritos que se alegan para su valoración en la fase de concurso (originales o fotocopias compulsadas).
c) Lugar y plazo: La instancia y la documentación exigida se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Martos, durante el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarta. Derechos de examen.
Los derechos de examen se fijan en los Anexos correspondientes y serán satisfechos en la Caja Municipal y sólo serán devueltos en el caso de no ser admitidos/as en la convocatoria y previa solicitud del interesado/a.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución, declarando aprobados la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, se incluirá el nombre, apellidos y DNI de los/as admitidos/as y excluidos/as indicando las causas de exclusión y pudiendo los/as excluidos/as, en el plazo de diez días previstos en el artículo 71.1 de la
Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, subsanar la deficiencias que por su naturaleza sean subsanables.
Asimismo, en la misma Resolución el Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público con la lista de admitidos en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de recusaciones previstos en la legislación vigente.
De no presentarse reclamaciones se elevará a definitiva la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.
En dicha Resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas y el orden de actuación de cada aspirante.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada ejercicio, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, valorado libremente por el Tribunal.
Sexta. Tribunal Calificador.
6.1. La composición del Tribunal Calificador de las pruebas se ajustará a lo establecido en el R.D. 896/91, de 7 de junio, y estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o persona en quien delegue.
Secretario/a: Un funcionario designado por la Corporación.
Vocales:
- El Concejal Delegado de Servicios Sociales o persona en quien delegue.
- Dos representantes de los trabajadores designados por el Comité de Empresa.
- Dos empleados/as públicos/as con categoría igual o superior a la plaza convocada, designado por el Alcalde.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.
6.2. Los Vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para el acceso a la plaza convocada.
6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario/a y al menos tres Vocales titulares o suplentes, indistintamente.
6.4. Al Tribunal le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.
6.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos establecidos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los cinco años anteriores a esta convocatoria.
Séptima. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los/as aspirantes constará de las siguientes fases:
A) Concurso.
B) Oposición.
C) Entrevista.
A) Fase de concurso (Puntuación máxima: 12 puntos).
Que se realizará con anterioridad a la fase de la oposición, no siendo eliminatoria, y donde se valorará:
1. Experiencia Profesional:
- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto igual o similar, en régimen laboral o funcionarial en los Servicios Sociales, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaría de la Corporación o mediante cualquier otro documento de igual o similar fehaciencia a criterio del Tribunal: 0,08 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en los Servicios Sociales, en régimen laboral o funcionarial, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaría de la Administración correspondiente o mediante cualquier otro documento de igual o similar fehaciencia a criterio del Tribunal: 0,04 puntos.
A los efectos no se computarán las fracciones de tiempo, así como los servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirá proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. Los documentos que se presenten a efectos de valoración de la experiencia profesional deberán hacer mención explícita a la Dependencia en la cual han sido prestados, no computándose aquellos que carezcan de dicha especificación.
2. Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas:
Por participación como asistentes a cursos, seminarios, congresos o jornada que se encuentren relacionados con la plaza a la que se aspira y hayan sido organizados, bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales con representación en la Corporación Local, acreditadas mediante aportación de los títulos o certificados de asistencia a los mismos o mediante copias debidamente compulsadas:
- Hasta 2 días o 20 horas: 0,20 puntos.
- De 3 a 7 días o de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.
- De 8 a 20 días o de 41 a 100 horas: 0,60 puntos.
- De 21 a 40 días o de 101 a 240 horas: 0,80 puntos.
- De más de 40 días o de más de 240 horas: 1 punto.
En aquellos títulos o certificados en los que no consten el número de días u horas realizadas obtendrán una puntuación de 0,05 puntos por título o certificado de cursos, seminarios, congresos o jornadas.
Puntuación máxima del apartado de Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas: 3 puntos.
La puntuación obtenida en la fase de concurso se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Martos antes de la calificación del primer ejercicio. En ningún caso la valoración de los méritos servirá para poder superar la fase de oposición.
B) Fase de oposición.
Esta fase constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:
Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 60 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, en tiempo de una hora y quince minutos, elaborado por el Tribunal en relación con los temas contenidos en el Anexo I Materias Comunes y en el Anexo II Materias Específicas, de esta convocatoria. La fórmula de corrección será la siguiente: X = a - (e/n - 2), donde "X" será el resultado final, "a" el número de aciertos, "e" el número de errores y "n" el número de alternativas de respuestas posibles. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir entre dos, determinado por el Tribunal, relativo a las tareas de desempeñar en el puesto en cuestión y relacionado con los temas contenidos en el Anexo II, Materias Específicas, del temario de la convocatoria, en un tiempo máximo de una hora y treinta minutos. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
C) Fase de entrevista: Que sólo se realizará en caso de empate de los aspirantes igual para todos que consistirá en la realización de una entrevista personal, que versará sobre la capacitación, que se tiene para desarrollar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, la experiencia en igual categoría y otras situaciones, siendo la puntuación máxima de la entrevista 3 puntos.
Las calificaciones de cada uno de los distintos ejercicios o pruebas se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.
La calificación global del concurso-oposición se obtendrá con la suma de la calificación obtenida en la fase de concurso a lo que se añadirá la fase de oposición y entrevista.
Octava. Orden de actuación y duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios.
Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, el orden de actuación de los mismos se iniciará por la letra "U" de conformidad con lo establecido en la resolución de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas de fecha 25 de enero de 2006, vigente en el momento de celebración de las pruebas.
En cuanto a la duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Novena. Relación de aprobados, presentación de documentación y nombramiento.
Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación.
La relación definitiva de aprobados, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el tablón de anuncios y será elevada al Presidente para que formule el correspondiente nombramiento. En dicha relación figurarán los aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.
Décima. Presentación de documentación y nombramiento.
El aspirante propuesto presentará al Negociado de Personal los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la publicación de la lista correspondiente con el nombre del aprobado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento Corporación.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación o no se reunieran los requisitos, no se procederá a su nombramiento, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia.
Undécima. Toma de posesión.
El plazo para la toma de posesión del aspirante nombrado por el Alcalde será de 30 días, a contar desde el siguiente al que le sea notificado su nombramiento, debiendo prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y el nombramiento conferido.
Duodécima. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de las pruebas.
En lo no previsto en estas bases se estará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de laFunción Pública; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de julio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que deben de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de las Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración del Estado, y demás disposiciones aplicables.
Décimo Tercera. Impugnación.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos de carácter firme se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados en recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, o directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Jaén, en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente, contados a partir de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los actos administrativos derivados de la convocatoria y de la actuación del Tribunal serán impugnados en la forma y plazos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I
Nombre de la plaza: Educador.
Número de plazas: 3.
Grupo: B.
Titulación: Diplomado en Magisterio.
Derechos de examen: 14,60 euros.
Oferta de Empleo Público: 2006.
TEMARIO
Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Los Organos Constitucionales.
Tema 4. Las Comunidades Autónomas.
Tema 5. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 6. Fuentes del derecho Administrativo.
Tema 7. El acto Administrativo.
Tema 8. El Procedimiento Administrativo.
Tema 9. El Municipio.
Tema 10. La Provincia y otras entidades Locales.
Tema 11. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.
Tema 12. Personal al servicio de las Administración Local.
Materias Específicas
Tema 13. Los Servicios Sociales Especializados.
Tema 14. La Educación como ámbito del saber.
Tema 15. Etica profesional del educador.
Tema 16. Política Educativa.
Tema 17. Centros Educativos: Formales y no formales.
Tema 18. La Familia.
Tema 19. La Educación familiar como parte de la orientación Familiar.
Tema 20. Comunicación: valores y roles en la familia.
Tema 21. Desarrollo Psicoevolutivo, preceptivo y psicomotriz en la E.I.
Tema 22. Desarrollo afectivo, social y emocional en la 1ª etapa de la E.I.
Tema 24. Fundamentos de la Educación Infantil.
Tema 25. El Proyecto curricular en la E.I.
Tema 26. Diagnóstico y metodologías específicas en E.I.
Tema 27. Posibilidades educativas del juego en el desarrollo curricular de la E.I.
Tema 28. Accidentes infantiles y primeros auxilios. Programa de enfermedad para la salud.
Tema 29. Crecimiento, desarrollo y relación con el medio del niño 0-3 años.
Tema 30. Educación afectivo-social. Actividades y relación con la familia.
Tema 31. El Centro Ocupacional: Organización y funcionamiento. Centros como respuesta educativa-laboral-social en las personas con discapacidad.
Tema 32. Personas con deficiencias, discapacidad y minusvalía: necesidades educativas especiales.
Tema 33. El Centro 0cupacional: Naturaleza, funciones, objetivos y estructura. Prestaciones básicas y complementarias.
Tema 34. Actitudes sociales y profesionales: hacia las personas con discapacidad: estrategias de evaluación-intervención.
Tema 35. El educador en el ámbito familiar: diagnóstico y sistemas de apoyo. Intervención familiar.
Tema 36. Equipos de trabajo interdisciplinares en los Centros Ocupacionales. Alternativas laborales para personas con discapacidad.
Tema 37. La formación ocupacional como medio de integración.
Tema 38. Accesibilidad y orientación profesional de las personas con discapacidad psíquica. Influencia en la producción laboral.
Tema 39. Personas mayores: envejecimiento progresivo, salud y discapacidad. Entrenamiento con apoyo.
Tema 40. Personas con discapacidad: programa de actuación municipal de Martos.
ANEXO II
Nombre de la plaza: Monitor.
Núm. de plazas: 2.
Grupo: C.
Titulación: Bachiller Superior, Formación profesional de Segundo Grado o equivalente.
Derechos de examen: 14,60 euros.
Oferta de Empleo Público: 2004.
TEMARIO
Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Los Organos Constitucionales.
Tema 4. Las Comunidades Autónomas.
Tema 5. El acto Administrativo.
Tema 6. La Provincia y otras entidades Locales.
Tema 7. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.
Tema 8. Personal al servicio de las Administración Local.
Tema 9. Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 10. El Municipio.
Materias específicas
Tema 11. La Educación como ámbito del saber.
Tema 12. Etica profesional del educador.
Tema 13. Desarrollo Psicoevolutivo, preceptivo y psicomotriz en la E.I.
Tema 14. Atención a la diferencia: integración y diferencias individuales. Perspectivas: antropológicas y sociológicas.
Tema 15. Diagnóstico y metodologías específicas en la E.I.
Tema 16. Desarrollo afectivo, social y emocional en la 1ª etapa de la E.I.
Tema 17. Crecimiento, desarrollo y relación con el medio.
Tema 18. Los Servicios Sociales especializados.
Tema 19. Centros Educativos: formales y no formales.
Tema 20. Crecimiento, desarrollo y relación con el medio del niño 0-3 años.
Tema 21. Educación afectivo-social. Actividades y relación con la familia. Intervención familiar.
Tema 22. Personas mayores: envejecimiento, salud y discapacidad. Entrenamiento con apoyo.
Tema 23. Personas con deficiencias, discapacidad y minusvalía: necesidades educativas especiales.
Tema 24. La formación ocupacional como medio de integración social. Accesibilidad y orientación profesional de las personas con discapacidad.
Tema 25. Personas con discapacidad: programa de actuación municipal de Martos.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Martos, 13 de julio de 2006.- El Alcalde-Presidente.
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