Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 24/08/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 13 de julio de 2006, del Ayuntamiento de Martos, de bases para la selección de Trabajador Social.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Alcalde-Presidente hace saber que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2006, acordó aprobar:

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE TRABAJADOR/A SOCIAL VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE ESTA CORPORACION

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Trabajador/a Social, vacante en la plantilla laboral, con las siguientes características:

Grupo: B.

Denominación: Trabajador/a Social.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Diplomatura Trabajo Social.

Oferta de Empleo Público: Año 2003.

Segunda. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir los aspirantes.

Para poder ser admitidos y participar en las pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) Estar en posesión del título exigido para la presente convocatoria, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, acreditado mediante certificado académico expedido por la Secretaría del respectivo Centro en la que se cursen los estudios.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración Estatal, Autonómica y Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica prevista en la legislación vigente.

Tercera. Presentación de instancias.

a) Contenido. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

En cumplimiento de lo dispuesto en su normativa específica y a tenor de lo que establece el art. 19 del R.D. 364/95, de 10 de marzo, las personas que afectadas por algún tipo de minusvalía, no impidiéndole el ejercicio de la función, les suponga el no poder realizar las pruebas en igualdad de condiciones, con el resto de los aspirantes, lo pondrán de manifiesto en la instancia a fin de que el Tribunal disponga lo necesario para que quede garantizada dicha igualdad de condiciones.

b) Documentos que deben presentarse. Los/as interesados/as deberán de unir a la instancia la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI.

- Fotocopia de la carta de pago de los derechos de examen o en su caso, resguardo de giro postal o telegráfico de su abono.

- Documentos debidamente autentificados de los méritos que se alegan para su valoración en la fase de concurso (originales o fotocopias compulsadas).

c) Lugar y plazo. La instancia y la documentación exigida se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Martos, durante el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 14,60 E, que serán satisfechos en la Caja Municipal y sólo serán devueltos en el caso de no ser admitidos/as en la convocatoria y previa solicitud del interesado.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución, declarando aprobados la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se incluirá el nombre, apellidos y DNI de los admitidos/as y excluidos/as indicando las causas de exclusión y pudiendo los excluidos/as, en el plazo de diez días previstos en el artículo 71.1 de la

Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables.

Asimismo, en la misma Resolución el Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público con la lista de admitidos en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de abstenciones y recusaciones previstos en la legislación vigente.

De no presentar reclamaciones se elevará a definitiva la lista de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas y el orden de comienzo de actuación de los aspirantes.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, el orden de actuación de los mismos se iniciará por la letra "U", de conformidad con lo establecido en la resolución de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas de fecha 25 de enero

de 2006, vigente en el momento de celebración de las pruebas.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada ejercicio, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, valorado libremente por el Tribunal.

Sexta. Tribunal.

El Tribunal Calificador de las pruebas estará constituido de la siguiente forma:

Presidente/a: El de la Corporación o persona en quien delegue.

Vocales:

- Concejal de la Corporación.

- Dos representantes de los trabajadores designados por el Comité de Empresa.

- Dos empleados públicos con categoría igual o superior a la plaza convocada, designados por el Alcalde.

Secretario/a: Un funcionario de la Corporación designado por el Alcalde, que actuará con voz y voto.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y al menos tres vocales titulares o suplentes, indistintamente. Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

Séptima. Pruebas selectivas y calificación de ejercicios.

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

A) Concurso.

B) Oposición.

C) Entrevista.

I. Fase de Concurso: (Puntuación Máxima: 15 puntos). Que se realizará con anterioridad a la fase de oposición, no siendo eliminatoria, y donde se valorará:

A) Por estar en posesión del Permiso de Conducir tipo B, 0,50 puntos.

B) Experiencia Profesional.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en Servicios Sociales Comunitarios, en plaza o puesto de trabajo igual al que se opta, en régimen laboral o funcionarial, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaría de la Corporación, donde se haga constar la denominación de los puestos de trabajo que se hayan desempeñado, con expresión de permanencia en cada uno y en qué servicio o departamento los ha realizado, 0,12 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en Servicios Sociales Comunitarios, en plaza o puesto de trabajo igual al que se opta, en régimen laboral o funcionarial, acreditado mediante certificación expedida por la Secretaría de la Administración correspondiente, donde se haga constar la denominación de los puestos de trabajo que se hayan desempeñado, con expresión de permanencia en cada uno y en qué servicio o departamento los ha realizado, 0,05 puntos.

Puntuación máxima total por el apartado de experiencia profesional, 10,50 puntos.

A estos efectos no se computarán las fracciones de tiempo, así como los servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. Los documentos que se presenten a efectos de valoración de experiencia profesional deberán de hacer mención explícita a la Dependencia en la cual han sido prestados, no computándose aquellos que carezcan de dicha especificación.

C) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Por participación como asistentes a Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y hayan sido organizados, bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una Institución Pública o privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales, acreditadas mediante aportación de los títulos o Certificados de asistencia a los mismos o mediante copias de éstos debidamente compulsados.

- Hasta 14 horas o 2 días, 0,10 puntos.

- De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días, 0,20 puntos.

- De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días, 0,30 puntos.

- De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días, 0,40 puntos.

- De más 100 horas o de más de 20 días, 0,50 puntos.

La puntuación máxima por este apartado: 4 puntos.

Esta fase de concurso será previa a la de oposición, que no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

II. Fase de Oposición:

Esta fase constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 75 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en tiempo de una hora y treinta minutos, elaborado por el Tribunal en relación con los temas contenidos en el Anexo I: Materias Comunes y Anexo II: Materias Específicas, de esta convocatoria. La fórmula de corrección será la siguiente: X = a - (e/n-1), donde "X" será el resultado final, "a" el número de aciertos, "e" el número de errores y "n" el número de alternativas de respuesta posibles. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir entre dos, determinado por el Tribunal, relativo a las tareas a desempeñar en el puesto en cuestión y relacionado con el Anexo I: Materias Específicas del temario de esta convocatoria, en un tiempo máximo de una hora y treinta minutos. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

III. Fase de Entrevista:

De carácter obligatoria, igual para todos los aspirantes, consistirá en la realización de una entrevista personal, que versará sobre la capacitación que se tiene para desarrollar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, la experiencia en igual categoría y otras situaciones, siendo la puntuación máxima de la entrevista 3 puntos.

Las calificaciones de cada uno de los distintos ejercicios o pruebas se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

La calificación global del concurso-oposición se obtendrá con la suma de la calificación obtenida en la fase de concurso a lo que se añadirá la fase de oposición y entrevista.

Octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará la relación de aspirantes por el orden de puntuación obtenida, que se elevará al Presidente para que formule el correspondiente nombramiento del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravenga este límite serán nulas de pleno derecho.

El aspirante propuesto presentará en el Area de Personal, dentro de los veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la relación de aprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones que para tomar parte de la oposición se exigen en la base segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación o no se reunieran los requisitos, no se procederá a su nombramiento, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia.

Novena. Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión del aspirante nombrado por el Alcalde será de treinta días, a contar desde el siguiente al que le sea notificado su nombramiento, debiendo prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y el nombramiento conferido.

Décima. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de las pruebas.

En lo previsto en estas bases, se estará a lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto; Ley 7/85, de 2 de abril; R.D. 896/91, de 7 de julio; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones aplicables.

Undécima. Impugnación.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos de carácter firme se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados en recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, o directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Jaén, en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente, contados a partir de la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los actos administrativos derivados de la convocatoria y de la actuación del Tribunal serán impugnados en la forma y plazos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Materias Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Regulación constitucional. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

Tema 3. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 4. La Administración de las Comunidades Autónomas. Constitución. Vías de acceso. Instituciones fundamentales. Los Estatutos de Autonomía. Competencias. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Convenios entre las Comunidades Autónomas. Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 5. Fuentes del Derecho Administrativo. Jerarquía. La Constitución. La Ley. Disposiciones formativas con fuerza de ley. El Reglamento.

Tema 6. El ciudadano ante la Administración. Capacidad: sus causas modificativas. Actos jurídicos del administrado. Colaboración y participación ciudadana. Derechos de los ciudadanos en su trato con el Ayuntamiento.

Tema 7. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación y notificación. Eficacia y validez. Actos nulos, anulables e irregulares. Ejecución de los actos.

Tema 8. El Procedimiento Administrativo. Significado del procedimiento. Principios generales. Fases. El silencio administrativo. Término y plazos.

Tema 9. El municipio. Concepto. Organización y Competencias. Obligaciones y Elementos. Organos de gobierno municipales de régimen común.

Tema 10. La Provincia. Otras Entidades Locales. Concepto. Elementos. Organización. Competencias. Organos. Regímenes Especiales Provinciales. Las Comarcas. Las mancomunidades de Municipios. Las Areas Metropolitanas.

Tema 11. Personal al personal de la Administración Local: La función pública Local. Clases de funcionarios. Selección. Provisión de puestos de trabajo.

Tema 12. Derechos y deberes de los funcionarios Públicos. Derecho de sindicación. Promoción Profesional. Situaciones administrativas.

ANEXO II

Materias Específicas

Tema 1. Evolución histórica de los Servicios Sociales.

Tema 2. Los Servicios Sociales en España. Marco legal. Ley 2/88, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía.

Tema 3. Estructura Orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Competencias y organización. Régimen de suplencias. Viceconsejería. Secretaría General Técnica. Dirección General de Infancia y Familia. Dirección General de Personas Mayores. Dirección General de Personas con Discapacidad. Dirección General para la Inclusión Social. Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones.

Tema 4. El sistema Público de Servicios Sociales Municipales. Contenidos y criterios de actuación. Recursos Municipales de Martos.

Tema 5. Prestaciones Básicas del Sistema Público de

Servicios Sociales de Andalucía.

Tema 6. Centros de Servicios Sociales: estructura y personal.

Tema 7. Plan Concertado para el desarrollo de prestaciones Básicas de Servicios Sociales en la Corporaciones Locales.

Tema 8. El objetivo de la intervención en lo Social. El cambio.

Tema 9. Supervisión: concepto, desarrollo histórico, estado de la cuestión.

Tema 10. Intervención Social y el modelo comunicativo reflexivo de la supervisión.

Tema 11. Metodología del trabajo Social con familias. Concepto, estructura, funciones e historia.

Tema 12. La familia relacionada con: la comunidad, la salud, el niño, el adolescente, los mayores, el trabajo social con la Justicia y en la pareja.

Tema 13. Protección jurídica del menor. Ley 1/1998 de 20 de abril.

Tema 14. Tratamiento a Familias con menores en situación de riesgo social. ETF. Derivaciones desde Comunitarios.

Tema 15. Situación de la Mujer. Los Servicios Sociales.

Tema 16. Procedimiento de Coordinación para la Atención a las Mujeres Víctimas de malos tratos y agresiones sexuales.

Tema 17. El Servicio de Ayuda a Domicilio.

Tema 18. El Programa de Teleasistencia Domiliciaria: definición y objetivos.

Tema 19. Las personas mayores y el mundo rural.

Tema 20. La protección social de la personas mayores: presente y futuro.

Tema 21. Servicios y prestaciones para personas con discapacidad.

Tema 22. Protección jurídica de las personas con discapacidad en Andalucía. La Ley 1/1999, de 31 de marzo.

Tema 23. Trabajo Social y Voluntario.

Tema 24. Perspectiva histórica y actual del voluntariado social. Marco legal. Principios. Motivaciones del voluntariado, perfil y características.

Tema 25. La iniciativa privada en los Servicios Sociales. Los grupos de Apoyo Social y Autoayuda.

Tema 26. Animación Sociocultural: historia, evolución y concepto. Objetivos, ámbitos y modalidades. Metodología.

Tema 27. Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Tema 28. Las instituciones del Bienestar y la Integración de los Inmigrantes.

Tema 29. Multiculturalidad y Trabajo Social.

Tema 30. Trabajo Social y Drogodependencia.

Tema 31. El Sistema de información de Usuarios de

Servicios Sociales.

Tema 32. La Investigación. Acción participativa en trabajo Social.

Tema 33. El Plan Andaluz para la inclusión social.

Tema 34. Circunstancias condicionantes de los servicios Sociales en el Medio Rural.

Tema 35. La Planificación: nivel estratégico. El Plan. Nivel Táctico. Los programas.

Tema 36. Diseño y Evaluación Proyectos Sociales. Métodos y técnicas.

Tema 37. Diagnóstico Social.

Tema 38. Código ético y secreto profesional en el trabajo social.

Tema 39. Documentación básica del trabajo Social.

Tema 40. Técnicas de Trabajo Social.

Tema 41. La Entrevista en Trabajo Social.

Tema 42. Los indicadores Sociales: funciones y tipología.

Tema 43. El Trabajo Social: concepto, principios y objetivos.

Tema 44. El trabajo Social como disciplina científica autónoma y como especialidad profesional.

Tema 45. Metodología globalizada para la intervención en Trabajo Social. Etapas Metodología.

Tema 46. Funciones del trabajador Social. Su Rol en los Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 47. Modelo sistémico y trabajo social.

Tema 48. La interdisciplinariedad en Servicios Sociales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Martos, 13 de julio de 2006. El Alcalde-Presidente.

Descargar PDF