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El artículo 2.4.a) de la Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004 (BOJA núm. 150, de 2 de agosto) delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica todas las facultades que el artículo 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 10 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, atribuye a la persona titular de la Consejería, con la excepción de las que expresamente se deleguen en otros órganos.
Por su parte, el artículo 6.3.c) de la misma disposición delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales todas las facultades que el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación, de conformidad con la normativa que sea de aplicación, en relación con la gestión de los créditos para gastos propios de los servicios a su cargo, con el límite, para los contratos de servicios, de un importe igual o inferior a 400.000,00 euros.
Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar, para este caso concreto, la delegación conferida a la Secretaria General Técnica de la Consejería por la mencionada Orden de 1 de julio de 2004, en relación con la contratación de las obras de "Demolición de la Residencia de Personas Mayores de El Zapillo en Almería", que asciende a un total de 600.000,00 euros, y su posterior delegación en el Delegado Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Almería.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia para la contratación de las obras de "Demolición de la Residencia de Personas Mayores de El Zapillo en Almería", por importe de 600.000,00 euros, delegada en la Secretaría General Técnica de la Consejería, en virtud del artículo 2.4.a) de la Orden de 12 de julio de 2004, y delegarla en la persona titular de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Almería.
Segundo. En los actos administrativos que se adopten en virtud de la delegación de competencias que se confiere por la presente Orden se indicará expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 25 de agosto de 2006
MICAELA NAVARRO GARZON
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
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