Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 08/09/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 16 de agosto de 2006, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística, por la que se adjudican las becas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, reguladas en la Orden que se cita.

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Al amparo de la Orden de 29 de mayo de 2001 y mediante Resolución de 21 de marzo de 2006, se convocaron 5 becas para la realización de tesis doctorales que versasen sobre temas turísticos.

Reunida la Comisión de selección prevista en la Orden citada, el día 3 de julio de 2006, se procedió a evaluar y a relacionar por orden de puntuación los expedientes personales de los solicitantes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 7 de la Orden mencionada.

Vistas y evaluadas las solicitudes presentadas, por la Comisión de Selección prevista en la base octava de la anteriormente citada Orden, de acuerdo con lo contemplado en las bases séptima y novena de la misma, a propuesta de aquélla y, en uso de las atribuciones que la normativa vigente le confieren, la Directora General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar cinco becas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, con la dotación que igualmente se indica y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.01.00.481.00.75D.0 a los siguientes adjudicatarios:

- Doña Concepción Mira Rueda, con DNI núm. 26.807.482-Q, con una dotación de 12.020,24 euros.

- Don David Flores Ruiz, con DNI núm. 44.220.257-C, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Luis Gonzaga Pérez Cordón, con DNI núm. 74.644.168-Z, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Javier Ramón Pérez Aranda, con DNI núm. 44.575.172-E, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Manuel Rivera Mateos, con DNI núm. 30.198.962-P, con una dotación de 6.010,12 euros.

Asimismo, se propone como suplentes a los siguientes solicitantes:

Don Felipe Serrano Estrella, con DNI núm..338.599-H.

- Doña Esther Roquero Ortiz, con DNI núm. 74.821.508-R.- Don José Manuel Crespo Guerrero con DNI núm. 77.327.200-G.

El abono de la beca se realizará en tres pagos:

- El primer pago correspondiente al 40 por ciento del total de la beca, se realizará tras la aceptación de la beca por el beneficiario.

- El segundo pago correspondiente al 35 por ciento del importe total, se ordenará a los seis meses de la aceptación, previa presentación de una memoria de actividades realizadas hasta la fecha, con el visto bueno del Director de la tesis.

- El tercer y último pago, correspondiente al 25 por ciento restante, se ordenará tras la finalización de la tesis, y tras la acreditación de su presentación en el Registro General de la Universidad correspondiente, tras la conformidad de la dirección facultativa, una vez entregado el trabajo en lengua castellana y soporte de papel e informático a la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y presentada la documentación justificativa de los gastos.

Serán obligaciones de los becarios además de las establecidas en el artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las siguientes:

a) El compromiso de realizar los trabajos de investigación establecidos en el programa avalado por el Director de la tesis.

b) Dar cuenta por escrito de la marcha de su trabajo, trimestralmente, al director facultativo nombrado por la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística. Una vez finalizada la tesis, en un plazo máximo de tres meses, los becarios presentarán la documentación a que se refiere el artículo 5 de la citada Orden de 29 de mayo de 2001, y correspondiente al tercer y último pago de la beca.

c) Los beneficiarios deberán facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía, y la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Segundo. Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en

Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de agosto de 2006.- La Directora General, M.ª Francisca Montiel Torres.

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