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NIG: 0401342C20030004435.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N)/2003. Negociado:F.
De: Juegomátic, S.A.
Procuradora: Sra. Lucas-Piqueras Sánchez, María Pilar.
Contra: Comunidad de Bienes Cafetería Delfi CB, Encarnación Ruiz Morales y Angeles Fernández Maldonado.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 827/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería a instancia de Juegomátic, S.A., contra Comunidad de Bienes Cafetería Delfi CB, Encarnación Ruiz Morales y Angeles Fernández Maldonado sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue.
SENTENCIA
En la ciudad de Almería, a veinte de mayo de dos mil cinco.
Habiendo visto, en nombre de Su Majestad El Rey, el Ilmo. Sr. Manuel Piñar Díaz, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Almería y su partido, los presentes autos, de juicio ordinario 827/2003, que tiene por objeto reclamación de cantidad derivada de obligación contractual y seguido entre partes, de una como actora, Juegomátic, S.L., representada por la Procuradora doña Pilar Lucas Piqueras y defendida por el Letrado don Javier Mendoza Cerrato.
Y de otra como demandada, Comunidad de Bienes Cafetería Delfi, doña Encarnación Ruiz Morales y doña Angeles Fernández Maldonado, en rebeldía.
F A L L O
Estimar la demanda deducida por la Procuradora doña Pilar Lucas Piqueras en nombre de Juegomátic, S.L., contra Comunidad de Bienes Cafetería Delfi, doña Encarnación Ruiz Morales y doña Angeles Fernández Maldonado, a quienes condeno solidariamente al pago de 11.152,36 euros, más el interés pactado del 12% y costas.
Contra esta sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación que deberá de interponerse en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, definitivamente juzgando en primera instancia.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a las demandadas Comunidad de Bienes Cafetería Delfi CB, Encarnación Ruiz Morales y Angeles Fernández Maldonado, extiendo y firmo la presente en Almería, a dieciséis de diciembre de dos mil cinco.- El/La Secretario.
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