Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 25/09/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ACUERDO de 19 de septiembre de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Consejería de Agricultura y Pesca para conceder una subvención a la entidad José Martí Peix, S.A.

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La Orden de 22 de mayo de 2002 (BOJA núm., de 4 de junio de 2002), modificada por la Orden de 1 de agosto de 2005 (BOJA núm. 156, de 11 de agosto de 2005), y su corrección de errores por Orden de 27 de septiembre de (BOJA núm. 194, de 4 de octubre de 2005), dicta normas para la gestión de las ayudas estructurales en materia de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Con fecha 8 de febrero de 2006, la entidad José Martí Peix, S.A., presentó una solicitud de subvención para el proyecto denominado: "Centro de Transformación de Productos Pesqueros y Acuícolas" en el municipio de Huelva al amparo del artículo 7 de la referida Orden.

Una vez revisado el proyecto y aplicados los criterios de valoración, la Consejería de Agricultura y Pesca pretende conceder una subvención a la citada sociedad de 8.302.835,09 euros.

El artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que se requerirá Acuerdo de Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a 3.005.060,52 euros.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de septiembre de 2006, se adopta el siguiente

ACUERDO

1.º Autorizar a la Consejería de Agricultura y Pesca a conceder una subvención, por importe de ocho millones, trescientos dos mil ochocientos treinta y cinco euros con nueve céntimos (8.302.835,09 E), a la entidad José Martí Peix, S.A., para la ejecución del proyecto: "Centro de Transformación de Productos Pesqueros y Acuícolas" en el municipio de Huelva.

2.º Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba el correspondiente gasto.

3.º Esta autorización no exime a su titular de la obligación de recabar y obtener los permisos, concesiones y autorizaciones que puedan ser exigibles en virtud de otras disposiciones legales que sean de aplicación.

Sevilla, 19 de septiembre de 2006

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Agricultura y Pesca

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