Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 27/09/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 12 de septiembre de 2006, del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, de bases para la selección de Auxiliares de Biblioteca.

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EDICTO DE ALCALDIA-PRESIDENCIA DE FECHA 12.9.2006 DEL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR (ALMERIA), CONVOCATORIA PUBLICA A DOS PLAZAS DE AUXILIAR DE BIBLIOTECA

E D I C T O

Don Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), con fecha 12 de septiembre de 2006 hace saber,

Que la Junta de Gobierno Local, en Sesión Ordinaria celebrada el día 4 de septiembre de 2006 adoptó, entre otros, el acuerdo de efectuar Convocatoria Pública para cubrir en propiedad dos plazas de Funcionarios de Carrera, vacantes en la RPT de 2006, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Clase Auxiliar Administrativo, denominación Auxiliar de Biblioteca, mediante el sistema de oposición libre, que habrá de regirse por las siguientes

BASES QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A DOS PLAZAS EN PROPIEDAD DE

FUNCIONARIOS DE CARRERA, DE LA ESCALA DE LA ADMINISTRACION GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVO, CLASE AUXILIAR, GRUPO DE CLASIFICACION D, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por turno libre de dos plazas de funcionarios de carrera, Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Clase Auxiliar, Grupo de Clasificación D, nivel de destino 17 y 18, respectivamente, estando codificadas en la plantilla municipal bajo los números 060.00FD02/1166 y 060.00FD03/1167 (Unidad de Colegios, Bibliotecas y Universidad), mediante el sistema de oposición Libre.

2. Legislación aplicable.

A las presentes Bases les serán de aplicación lo dispuesto en las siguientes normas:

- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

- Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

- Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.

- Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

- Ley 30/1984, sobre Reforma de la Función Pública.

- Real Decreto 896/91, sobre Reglas Básicas y Programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección.

- Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

3. Requisitos de los aspirantes.

Es necesario que los aspirantes a la provisión de las plazas convocadas, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título exigible de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, las Comunidades Autónomas, o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

Si durante el proceso selectivo se tiene conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posea alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el órgano convocante o el Tribunal, en su caso, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o faltas cometidas.

4. Solicitudes.En el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, quienes deseen tomar parte en pruebas selectivas cursarán su solicitud mediante instancia que dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo indicado. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Los derechos de examen son 15 euros, que deberá hacerse efectivos en la Tesorería municipal. Será requisito necesario para ser admitido en la convocatoria que los aspirantes manifiesten en dicha solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

A las solicitudes se acompañará copia del justificante del ingreso del pago de las tasas de examen.

Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, en el supuesto de que no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

5. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias y subsanación de errores, el Sr. Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que habrá de publicarse en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará el motivo de la exclusión, en su caso, y se dará un plazo de diez días para que los interesados puedan presentar reclamaciones.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución del Sr. Alcalde por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública mediante anuncio a publicar en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el que se señalará la fecha de comienzo de los ejercicios, el lugar de los mismos y el nombre de los miembros que componen el Tribunal.

6. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por un Presidente, que será el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue, cuatro Vocales, de los cuales, dos serán designados directamente por el Alcalde, uno designado a propuesta de la Junta de Personal y otro por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía; como Secretario actuará el de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Los miembros del Tribunal deberán tener igual o superior titulación o especialización que la exigida a los aspirantes. Junto a los miembros titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

Las dudas que puedan suscitarse en la interpretación de las bases de la presente convocatoria serán resueltas por el Tribunal.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Procedimiento de selección.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificado y libremente apreciado por el Tribunal.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del/la primero/a de la letra "V", de conformidad con el sorteo público efectuado por el Ayuntamiento Pleno el 1 de junio de 2006.

La selección constará de una fase de oposición única con dos ejercicios.

7.2. Fase de oposición: Consistirá en dos ejercicios, uno teórico y otro práctico.

Ejercicio teórico: Consistirá en la contestación a 100 preguntas tipo test, ofreciendo en cada cuestión cuatro respuestas probables, de las cuales una será cierta de entre los temas que figuran en el Anexo. Cada pregunta acertada correctamente será valorada en 0,25 puntos, imponiéndose una penalización por pregunta incorrecta, a razón de cada dos incorrectas se restará el valor de una correcta, o sea, 0,25 puntos. Deberá obtenerse como mínimo sesenta y cinco preguntas debidamente contestadas, para obtener una puntuación mínima de cinco puntos. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una hora.

Ejercicio práctico: Consistirá, a propuesta del Tribunal, en el tiempo máximo de dos horas, consistentes en la redacción de dos supuestos prácticos sobre las materias incluidas en el Anexo I del temario. El ejercicio podrá ser tipo test o desarrollo por escrito de los supuestos planteados.

Se calificarán cada ejercicio de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos como mínimo en cada uno de ellos. La calificación final será la suma de los dos ejercicios dividida entre dos.

8. Calificación provisional y propuesta de nombramiento.

Una vez remitida la valoración de méritos, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la Corporación.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final.

Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal y éste deberá resolver en el mismo plazo.

Una vez transcurrido el plazo de alegaciones, se publicará el nombre del aspirante aprobado con indicación de su DNI en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

En caso de que ninguno de los aspirantes superara el proceso selectivo, el Tribunal declarará desierta la convocatoria.

El Tribunal elevará propuesta de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Alcalde-Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento.

Los aspirantes propuestos para su nombramiento en el Acta Final suscrita por el Tribunal Calificador deberán aportar en la Secretaría General de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación de su selección, los siguientes documentos:

a) Título exigido o resguardo del pago de los derechos del mismo.

b) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

Si dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor, no presentase tal documentación o de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, decaerá en su derecho, no pudiendo ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.

Presentada, en su caso, la documentación y siendo ésta conforme, el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes, efectuará el nombramiento a favor de los aspirantes propuestos como Funcionarios de Carrera, de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar Administrativo, Clase Auxiliar, Grupo de Clasificación D, para cubrir la vacante ofertada y codificada con los números 060.00FD02/1166 y 060.00FD03/1167 de la RPT del ejercicio 2006.

Este nombramiento será notificado a los interesados/as en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Una vez efectuada esta notificación, los aspirantes nombrados deberán incorporarse al servicio del Ayuntamiento cuando sea requerido y, siempre, dentro del plazo máximo de 30 días hábiles a partir del siguiente a aquel en que le sea notificado el nombramiento.

Aquel que no tome posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, perderá todos sus derechos.

9. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio.

A las bases anteriores resultará de aplicación el R.D./1991, de 7 junio; Ley 30/1984, de 2 de agosto; Ley 7/1985, de 2 de abril; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; el R.D. 861/1986, de 25 abril, y demás legislación vigente y aplicable a esta materia. Las bases de esta convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

TEMARIO DE LAS OPOSICIONES

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios Generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Corona. El Poder Legislativo.

Tema 4. El Gobierno. La Administración del Estado.

Tema 5. El Poder Judicial.

Tema 6. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía.

Tema 7. La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Administración del Estado o Central. Administraciones Autónomas. Administración Local. Administración Institucional y Corporativa.

Tema 8. Principios de Actuación de la Administración Pública. Eficacia, Jerarquía, Descentralización, Desconcentración y Coordinación.

Tema 9. El Acto Administrativo. Principios Generales del Procedimiento Administrativo. Fases del Procedimiento Administrativo General.

Tema 10. Las formas de la Acción Administrativa. Fomento, policía, servicio público.

Tema 11. El dominio público. El patrimonio privado de la Administración.

Tema 12. La responsabilidad de la Administración.

Tema 13. El Régimen Local Español.

Tema 14. La Provincia en el Régimen Local. Organización provincial, competencias.

Tema 15. El Municipio. El Término Municipal. La Población. El Empadronamiento.

Tema 16. Organización Municipal. Competencias.

Tema 17. Otras Entidades Locales. Areas metropolitanas. Mancomunidades Municipales. Entidades Locales Menores.

Tema 18. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de Elaboración y Aprobación.

Tema 19. La Función Pública Local. Organización de la Función Pública Local.

Tema 20. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. Seguridad Social. Mutualidad Nacional de la Administración Local.

Tema 21. Los bienes de las Entidades Locales.

Tema 22. Los contratos Administrativos en la esfera local. La selección de contratistas.

Tema 23. Intervención administrativa local en la actividad privada. Procedimiento de concesión de licencias.

Tema 24. Procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Comunicaciones y Notificaciones.

Tema 25. Funcionamiento de los Organos Colegiados Locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 26. Las bibliotecas: Concepto, función y tipología.

Tema 27. Concepto y función de la Biblioteca Pública.

Tema 28. Las bibliotecas en España. El Sistema de Bibliotecas de Andalucía.

Tema 29. Los catálogos en las bibliotecas: concepto y clases. Normalización bibliográfica. Los catálogos colectivos.Tema 30. Clasificaciones bibliográficas. La Clasificación Decimal Universal.

Tema 31. La colección en la Biblioteca Pública. Tipos de documentos. Ordenación.

Tema 32. El proceso técnico de los fondos en la biblioteca. Conservación y restauración.

Tema 33. Los servicios de la Biblioteca Pública. Tipos de préstamo.

Tema 34. Información bibliográfica y orientación al lector. Búsqueda de información manual y automatizada. La sección de referencia. Formación de usuarios.

Tema 35. Servicios de la Biblioteca Pública para sectores específicos de población.

Tema 36. Animación a la lectura en la Biblioteca Pública. La biblioteca como centro de difusión de la cultura.

Tema 37. Internet en la biblioteca. Ofimática. Aplicaciones básicas: Tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos y presentaciones Word y Excel.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados.

Roquetas de Mar, 12 de septiembre de 2006.- El AlcaldePresidente, Gabriel Amat Ayllón.

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