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En cumplimiento de lo establecido en los artículos 7.4 y 15.5 de la Orden de 3 de febrero de 2006 (BOJA núm., de 15 de febrero de 2006), por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas para la formación de expertos en comercio interior y de acuerdo con la Orden de 24 de febrero de 2006, por la que se convocan las becas para el ejercicio 2006 (BOJA núm. 48, de 13 de marzo de 2006), esta Dirección General, resuelve:
1.º Hacer público que, mediante Resolución de 15 de septiembre de 2006, se adjudican las becas para la formación de expertos en comercio interior.
2.º El contenido íntegro de la Resolución de 15 de septiembre de 2006, estará expuesto en la página web www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte y el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, y en los de las Delegaciones Provinciales de la misma, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.º El plazo para aceptar las becas, destinos asignados y cuantas obligaciones se deriven de la adjudicación de las mismas, será conforme al artículo 15.5 de la referida Orden. La resolución se podrá recurrir potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo que proceda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 15 de septiembre de 2006.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.
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