Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 04/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 31 de julio de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la concesión de dos becas para la formación de personal técnico en materia de archivos y gestión documental aplicada a las obras públicas en aplicación del régimen de suplencias previsto en la convocatoria.

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Habiéndose quedado vacante por renuncia de sus beneficiarios durante su ejecución la siguiente beca de formación convocada por "Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 1 de junio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación de personal técnico en materia de archivos y gestión documental aplicada a las obras públicas, y se convocan para el año 2005" (BOJA núm. 118, de 20 de junio de 2005):

- Beca con destino en el Archivo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Jaén.

De conformidad con lo establecido en el art. 17 de la citada Orden de 1 de junio de 2005, esta Secretaría General Técnica

HA RESUELTO

Primero. Conceder esta beca que ha quedado vacante por el período restante de su ejecución, esto es 10 meses, al siguiente suplente según el orden de puntuación y respetando el orden de preferencia de los destinos solicitados establecido por los interesados en sus respectivas solicitudes:

- Doña Ascensión Berral Alameda, con destino en el Archivo de Delegación Provincial de Jaén.

De acuerdo con el art. 13.3 de la Orden de 1 de junio de 2005 reguladora de las bases, los trabajos, estudios e informes realizados por el beneficiario serán propiedad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y sólo podrá procederse a su publicación o difusión previa autorización expresa de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, así mismo el beneficiario tendrá obligación de sigilo.

Segundo. Cuantificar la dotación prevista en la convocatoria para cada beneficiario de la beca en 13.200 euros (1.100 euros mensuales), con cargo a la aplicación presupuestaria 1.13.00.01.00.481.51A. La beca se entenderá justificada con la realización del programa de formación que es objeto de la misma, quedando materializada esta justificación mediante el certificado final acreditativo de la realización de la actividad emitido por el Director de los trabajos, en el plazo de un mes desde su finalización.

Tercero. La duración inicial de la beca es por el período especificado en el punto Primero de esta Resolución, pudiendo prorrogarse, en su caso, por otros doce meses como máximo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden de Convocatoria. El plazo de incorporación del becario será como máximo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución.

Cuarto. El beneficiario deberá cumplir las condiciones y obligaciones previstas en los artículos 13 y 14 de la Orden de convocatoria y presentar en el plazo de los diez siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía:

a) La aceptación de la beca y de cuantas obligaciones se derivan de la Orden de convocatoria.

b) Declaración expresa de no incurrir en la incompatibilidad establecida en el artículo 6.1.d) de las mismas.

c) La renuncia, en su caso, a otras becas.

d) Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento correspondiente.

Quinto. En el procedimiento seguido por la Comisión de Selección se han observado las normas legales y reglamentarias de aplicación que han servido de fundamento expreso para la elaboración de las relaciones de beneficiarios, suplentes y excluidos, con indicación expresa en el caso de los excluidos de los motivos para tal proceder.

Séptimo. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de acuerdo con la Disposición adicional primera de la Orden de la Convocatoria un extracto del contenido de la presente Resolución cuyo texto íntegro se encuentra expuesto conforme a lo dispuesto en el artículo 11.4 de la citada Orden, en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales y Servicios Centrales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y en la página web (www.juntadeandalucia.es/obraspublicasytransportes), en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes o impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de julio de 2006.- La Secretaria General

Técnica, Inmaculada Jiménez Bastida.

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