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Examinada la documentación y las solicitudes presentadas por los Ayuntamientos, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden de 7 de febrero de 2006, que efectúa la convocatoria para el año 2006, con sujeción a las bases reguladoras contenidas en la Orden de 13 de junio de 2005, esta Delegación Provincial, en ejercicio de las competencias derivadas de la citada Orden,
R E S U E L V E
Primero. Conceder a los Ayuntamientos de los municipios que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución las subvenciones reguladas en la Orden de 7 de febrero del
2006, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se regula la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, cuyas carencias impiden o dificultan la adecuada realización de las funciones que legalmente tienen atribuidas, por las cuantías, actuaciones y proyectos que se especifican en el mismo, entendiéndose desestimadas el resto de solicitudes presentadas.
Segundo. El presupuesto disponible para tal finalidad asciende a la cantidad de 91.147,50 euros, habiéndose dispuesto un total de 91.056,24 euros.
Tercero. El abono de la subvención se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.761.00.14B.2, en cuenta bancaria a nombre del Ayuntamiento beneficiario y en un único pago, cuando su importe no supere los 6.050 euros.
Si fuera superior a dicha cantidad, se abonará al beneficiario un primer pago por importe del 75% de la subvención y otro por importe del 25% restante previa justificación del primero.
Cuarto. Se establece como plazo de ejecución el de dos meses en actuaciones de mejora de infraestructura, equipamiento, obras de reforma, reparación y conservación y el de un mes en las actuaciones relativas a adquisición de bienes inventariables y como plazo de justificación el de seis meses, contados desde la percepción del importe de la subvención.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Delegado Provincial en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien, ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente a aquél en que se produzca la referida publicación.
El texto íntegro de la Resolución y el Anexo donde se recogen los municipios beneficiarios, así como las cuantías, actuaciones y proyectos subvencionados, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y serán expuestos, a disposición de los interesados, en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública en Córdoba, sita en C/ Santo Tomás de Aquino, s/n.
Córdoba, 29 de septiembre de 2006.- El Delegado, Esteban Morales Sánchez.
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