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El Ayuntamiento de Benalmádena ha formulado la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de dicho municipio que afecta al Sector SP-4-2 Doña María Norte que tiene por objeto el cambio de calificación de una parcela actualmente calificada en el Plan Parcial del Sector SP-4-2 como zona dotacional docente para destinarla a uso residencial y zona verde.
Este expediente se tramita como modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Alora, conforme a lo dispuesto en los artículos 36 y 38 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
La citada Modificación fue aprobada inicialmente mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 25 de marzo de 2004 y provisionalmente mediante acuerdo de Pleno de 29 de julio de 2004.
El artículo 5.3.d) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 31 y 36.2.c.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, atribuye al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la competencia para aprobar las modificaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico que, siendo competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de parques, jardines o espacios libres, dotaciones o equipamientos, todo ello previo informe del titular de la Dirección General de Urbanismo y dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía.
La Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, determina en su artículo 17.10.e la consulta preceptiva a éste órgano en este tipo de modificaciones del planeamiento urbanístico.
En desarrollo de los anteriores preceptos la Directora General de Urbanismo ha emitido informe desfavorable sobre la presente Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Benalmádena con fecha de 31 de marzo de 2006. El Consejo Consultivo de Andalucía emitió dictamen desfavorable el 6 de junio de 2006.
Vistos los referidos informes, las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el artículo. 5.3.d) del Decreto 193/2003,
RESUELVO
Denegar la aprobación definitiva de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de dicho municipio que afecta al Sector SP-4-2 Doña María Norte que tiene por objeto el cambio de calificación de una parcela actualmente calificada en el Plan Parcial del Sector SP-4-2 como zona dotacional docente para destinarla a uso residencial y zona verde.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de junio de 2006.
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
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