Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El artículo 21.1.a) de la Ley 5/1997, de 26 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Andalucía, prevé que la condición de miembro del Consejo se pierda por la renuncia a dicha condición.
Una vez producida la renuncia de la Consejera que fue nombrada por Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 5/2006, de 7 de marzo, y a tenor de lo establecido en el apartado 1 del artículo 10 de la Ley 5/1997, de 26 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Andalucía y en el apartado 1 del artículo 44 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a propuesta del Consejo de Gobierno
D I S P O N G O
Artículo único. El cese como miembro del grupo tercero del Consejo Económico y Social de Andalucía dentro del grupo de expertos en el ámbito socioeconómico de doña Teresa Pérez del Río como miembro titular.
Sevilla, 31 de octubre de 2006
Manuel Chaves González
Presidente de la Junta de Andalucía
Descargar PDF