Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 21/11/2006

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 26 de octubre de 2006, de la Universidad de Almería, que modifica la anterior, dictada el 19 de mayo de 2005, que tuvo por objeto la creación y regulación de los ficheros automatizados, de datos de carácter personal, gestionados por la Universidad.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En relación con la Resolución de 19 de mayo de 2005, de esta Universidad de Almería, que fue publicada en el BOJA núm. 110, de 8 de junio de 2005, que tenía por objeto la creación y regulación de los ficheros automatizados, de datos de carácter personal, gestionados por esta Universidad, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se hace necesario modificar la mencionada Resolución, en virtud de una comunicación recibida de la Agencia Española de Protección de Datos, de fecha 9 de febrero de 2006, y ello a fin de adecuar los archivos publicados en BOJA y los remitidos a la Agencia señalada.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se dicta la presente Resolución y se ordena su publicación en el BOJA.

1.º Por lo expuesto, la Resolución de fecha 19.5.2005, queda modificada en los siguientes términos:

- En el Anexo, Fichero: PAS, donde dice: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales, de empleo y económico-financieros". Debe decir: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: otros datos especialmente protegidos, datos de infracciones, datos carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales, de empleo y económico-financieros".

- En el Anexo, Fichero: Personal Docente, donde dice: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales, de empleo y económico-financieros". Debe decir: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: otros datos especialmente protegidos, datos de infracciones, datos carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales, de empleo y económico-financieros".

- En el Anexo, Fichero: Alumnos, donde dice: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales y financieros". Debe decir: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: otros datos especialmente protegidos, datos de infracciones, datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales y financieros".

- En el Anexo, mismo Fichero: Alumnos, donde dice: "(...) e) Cesiones de datos que se prevén: las establecidas en la legislación vigente para los ficheros de las Administraciones Públicas". Debe decir: "(...) e) Cesiones previstas: Ministerio de Educación y Cultura, Consejo de Coordinación Universitaria, Consejería de Educación y Ciencia, Junta de Andalucía y las establecidas en la legislación vigente para los ficheros de las Administraciones Públicas.

Transferencias internacionales previstas: Universidades de destino de alumnos seleccionados para disfrutar de los programas Sócrates-Erasmus".

- En el Anexo, Fichero: Acción Social , donde dice: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, de empleo, comerciales y económico-financieros". Debe decir: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: otros datos especialmente protegidos, datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, de empleo, comerciales y económico-financieros".

- En el Anexo, Fichero: Fomento al Empleo, donde dice: "(...) d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales y de empleo". Debe decir: "[...] d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos contenidos en el mismo: otros datos especialmente protegidos, datos de carácter identificativo, de características personales y circunstancias sociales, académicos, profesionales y de empleo".

2.º Mantener el resto de la Resolución modificada en sus propios términos.

3.º La presente Resolución de modificación de la de fecha 19.5.05 (BOJA núm. 110, de 8 de junio de 2005), deberá ser publicada en el BOJA y posteriormente, comunicada a la Agencia Española de Protección de Datos.

4.º La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Almería, 26 de octubre de 2006.- El Rector, Alfredo

Martínez Almécija.

Descargar PDF