Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 22/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 7 de noviembre de 2006, por la que se da publicidad a la subvención excepcional para la constitución del Consorcio para la Excelencia de la Investigación Forense de Andalucía.

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ANTECEDENTES

La Consejería de Justicia y Administración Pública y la Universidad de Granada, en uso de las atribuciones que tienen conferidas dichas instituciones suscribieron el 1 de octubre de 2006 el Convenio de colaboración para la Investigación Forense en Andalucía. Con esa misma fecha, en virtud de dicho Convenio se crea el Consorcio para la Excelencia de la Investigación Forense en Andalucía.

El objetivo de dicho Consorcio es gestionar, impulsar y coordinar todas las iniciativas llevadas a cabo en Andalucía en el ámbito de la investigación Médico-Forense. Igualmente, y en colaboración con el Consejo Andaluz de Medicina Legal y Forense, impulsará la formación de los profesionales relacionados con esta materia, favoreciendo el intercambio con otros centros públicos y privados, autonómicos, nacionales e internacionales.

Mediante Decreto 95/2004, de 9 de marzo, por el que se crea y regula el Consejo Andaluz de Medicina Legal y Forense, en atención a sus funciones exclusivamente de consulta y asesoramiento, se ha puesto de manifiesto la necesidad de establecer un órgano de gestión, promoción e impulso de los proyectos de investigación presentados, que venga a agrupar y potenciar todas esas aportaciones y relacionarlos con la formación y la docencia.

Por tanto, la Consejería de Justicia y Administración Pública en el ejercicio de sus competencias, estima conveniente la concesión de una subvención excepcional para la colaboración con los gastos que suponen la constitución de tal Consorcio.

ACUERDO

Conceder subvención excepcional para contribuir a sufragar los gastos de inicio de actividad, mantenimiento y funcionamiento del Consorcio para la Excelencia de la Investigación Forense en Andalucía, derivados de los compromisos adquiridos en la cláusula 3.ª del Convenio regulador de fecha 1 de octubre de 2006 suscrito entre la Consejería de Justicia y Administración Pública y la Universidad de Granada por una cuantía de 72.000 euros

Esta subvención excepcional se concede en virtud de lo previsto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, en el artículo 107 de la Ley 5/1983, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de 19 de julio, que establece la posibilidad de concesión de subvención excepcional si se dan los supuestos de interés público, social económico o humanitario, o bien, existan dificultades para realizar convocatoria pública.

En este caso, existe un acreditado interés público y social en la colaboración del desarrollo de la Medicina Legal y Ciencias Forenses en Andalucía con el objetivo de convertirse en referencia nacional e internacional, mediante la promoción del desarrollo técnico, científico, cultural y social de la Comunidad Autónoma Andaluza.

La Consejería de Justicia y Administración Pública, en virtud del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, que establece su estructura orgánica, modificado el Decreto 132/2005, de 11 de mayo, establece las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Medicina Legal, así como las de formación a los operadores jurídicos, colaboración con las Universidades para la mejora de la Administración de Justicia y de cooperación con la Justicia. Por ello, tiene competencias para la concesión de subvención excepcional con destino a la financiación de un Consorcio de esta naturaleza.

La subvención excepcional se concede por una cuantía de 72.000 euros, con el objeto de sufragar los gastos de inicio de actividad, mantenimiento y funcionamiento del Consorcio para la Excelencia de la Investigación Forense en Andalucía.

El abono de esta subvención se imputará a dos ejercicios presupuestarios distintos, tal y como se señala a continuación:

- Anualidad de 2006: 15.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1. 11.00.01.00.442.00.14B, desde la concesión hasta el 31 de diciembre.

- Anualidad de 2007: 57.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 3.1.11.00.01.00.442.00.14B, desde la concesión hasta el 31 de marzo.

Su abono se realizará en un primer pago del 25% y cuya justificación del gasto se hará en tres meses desde su ingreso; y un segundo pago del 75% cuya justificación se hará dentro del primer mes siguiente a la finalización del ejercicio presupuestario al que corresponda

Esta subvención excepcional se regirá por la Ley 38/2003, General de Subvenciones, por la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás disposiciones normativas de desarrollo de las mismas.

Sevilla, 7 de noviembre de 2006

MARÍA JOSÉ LÓPEZ GONZÁLEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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