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El Decreto 236/2001, de 23 de octubre, establece una línea de ayudas para favorecer el ahorro de agua mediante la modernización y mejora de los regadíos de Andalucía.
En el año 2005, la Comunidad de Regantes "Zona Norte de Huércal-Overa" ha presentado una solicitud de subvención para un Proyecto de "Mejora y consolidación de Regadíos de la C.R. Zona Norte de Huércal-Overa", en los tt.mm. de Huércal-Overa, Taberno y Zurgena (Almería), que afecta a una superficie de 2.250 hectáreas.
Una vez examinado el proyecto e informada la solicitud de ayuda, en cuanto a su adecuación y cumplimiento de los requisitos establecidos en el citado Decreto 236/2001, de 23 de octubre, y en la Orden de 18 de enero de 2002, modificada por la Orden de 22 de noviembre de 2004, por el Servicio de Regadíos y Estructuras y por la Delegación Provincial de Almería, la Consejería de Agricultura y Pesca pretende conceder una subvención a la Comunidad de Regantes "Zona Norte de Huércal-Overa" de seis millones ochocientos sesenta y nueve mil quinientos ochenta y dos euros (6.869.582,00 euros).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a 3.005.060,52 euros.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de noviembre de 2006, se adopta el siguiente
ACUERDO
1. Autorizar a la Consejería de Agricultura y Pesca a conceder una subvención por importe de seis millones ochocientos sesenta y nueve mil quinientos ochenta y dos euros (6.869.582,00 euros), a la Comunidad de Regantes "Zona Norte de Huércal-Overa", en los tt.mm. de Huércal-Overa, Taberno y Zurgena (Almería), para la ejecución de un proyecto de modernización de regadíos de 2.250 ha, incluyendo dos embalses de regulación con una capacidad total de 377 m3, muro de sustentación y malla de sombreado para otros dos embalses, redes de distribución de riego y telecontrol de la zona regable.
2. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba el correspondiente gasto.
Sevilla, 7 de noviembre de 2006
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ISAíAS PéREZ SALDAÑA
Consejero de Agricultura y Pesca
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