Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 28/11/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Instrucción

Edicto de 15 de mayo de 2006, del Juzgado de Instrucción núm. Dos de Marbella (Antiguo Mixto núm. Cinco), dimanante del procedimiento de cognición 283/2000. (PD. 4994/2006).

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EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio de Cognición 283/2000, seguido en el Juzgado de Instrucción núm. Dos de Marbella (Antiguo Mixto núm. Cinco) a instancia de Franjus Security Marbella, S.A., contra Ricardo Domínguez Rodríguez y Gloria María Echeverri Azcárate, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

Habiendo visto los presentes autos de Juicio de Cognición 283/2000, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Franjus Security Marbella, S.A. con Procuradora doña Pilar Barea Sánchez y Letrado don José María Aguilar Mingo, y de otra como demandado don Ricardo Domínguez Rodríguez y doña Gloria María Echeverri Azcarate en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Barea Sánchez, en nombre y representación de Franjus Security Marbella, S.A., contra don Ricardo Domínguez Rodríguez y doña Gloria María Echeverri Azcárate debo condenar y condeno al Sr. Domínguez Rodríguez a que abone al actor la cantidad de 728.864 ptas., más los intereses legales correspondientes calculados desde la fecha de interposición de la demanda, y debo absolver y absuelvo a doña Gloria María Echeverri Azcárate de las pretensiones que en su contra se contienen en aquella demanda.

Ello con imposición al Sr. Domínguez de las costas causadas al actor en la acción contra él entablada y con imposición al actor de las costas causadas a la Sra. Echeverri en la acción contra ella ejercitada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la A.P. de Málaga.

Este recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 457.2 LEC, 7 de enero de 2000).

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Gloria María Echeverri Azcárate, extiendo y firmo la presente en Marbella, a quince de mayo de dos mil seis.- El Secretario.

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