Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 29/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 17 de octubre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Colada del Carril de los Moriscos", en el tramo comprendido desde el límite de término municipal con Niebla, hasta su unión con la vía pecuaria "Cordel de Portugal", excepto la zona urbana, en el término municipal de Beas, provincia de Huelva. (VP@362/04).

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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada del Carril de los Moriscos", en el tramo comprendido desde el límite de término municipal con Niebla, hasta su unión con la vía pecuaria "Cordel de Portugal", excepto la zona urbana en el término municipal de Beas (Huelva), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria "Colada del Carril de los Moriscos", en el término municipal de Beas, provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 22 de enero de 1976, publicada en el BOE núm. 51, de fecha 28 de febrero de 1976.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 22 de junio de 2004, se acordó el inicio del Deslinde parcial de la vía pecuaria "Colada del Carril de los Moriscos", en el término municipal de Beas, provincia de Huelva, actuación enmarcada dentro de los deslindes de las vías pecuarias que conforman el Sector Sur de la provincia de Huelva.

Mediante Resolución de fecha 18 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron los días 5 y 6 de octubre de 2004, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 168, de fecha 27 de agosto de 2004.

En el acto de deslinde se formulan alegaciones que son objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 135, de fecha 15 de julio de 2005.

Quinto. Durante los trámites de Audiencia e Información Pública no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de fecha 7 de septiembre de 2006 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 6 de octubre de 2006.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria "Colada del Carril de los Moriscos", en el término municipal de Beas, provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 22 de enero de 1976, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación

Cuarto. Respecto a lo alegado en el acto de apeo por don José Mora Cruz, en las que manifiesta su desacuerdo con parte del trazado del Cordel, informar que estudiada la documentación que forma parte del expediente, indicar que se ha estimado en tanto se ajusta a la descripción del Proyecto de clasificación, realizándose las correcciones pertinentes en los Planos de Deslinde.

Por su parte don Juan Bardallo García, en su nombre y en representación de su esposa doña María Bardallo García, don Juan Romero Bardallo, en nombre de su esposa doña Francisca Quintero García, y don Fernando Zalvago de Arcenegui, en representación de los herederos de doña Ana María Clarines Serrano Clemente manifiestan que independientemente del trazado que en sus orígenes tuviera la vía pecuaria, y existiendo actualmente un camino que atraviesa sus parcelas, sea precisamente por dicho camino por donde discurra el Cordel.

En este sentido sostener que el procedimiento de deslinde se ha realizado conforme al acto de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Beas, estando justificado técnicamente en el expediente, por lo que no cabe estimar lo alegado. Todo ello sin perjuicio de que en un momento posterior, dando cumplimiento al artículo 32 del Decreto 155/98, se solicite una modificación de trazado.

Con posterioridad al acto de apeo y antes del periodo de información pública Confederación Hidrográfica del Guadiana alega que el trazado del "Cordel del Carril de los Moriscos", a su paso por los términos municipales de Beas y Niebla, afecta al dominio público hidráulico de los siguientes arroyos tributarios del río Tinto: el arroyo Clarines o San Benito, en cruce con el camino o Vereda del Cordel de Portugal, el Arroyo del Negrillo, el Arroyo del Cerquillo y el Arroyo Candón, por lo que habrá que respetar lo establecido en el Real Decreto 849/1986, en el supuesto de que se realicen obras sobre dicho dominio público hidráulico, señalar que el procedimiento que nos ocupa, el deslinde, tiene por objeto definir los límites de la vía pecuaria, de conformidad con lo establecido en el acto de clasificación y no supone la realización de obras sobre el dominio público hidráulico mencionado.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva con fecha 26 de agosto de 2006, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada del Carril de los Moriscos", en el tramo comprendido desde el límite de término municipal con Niebla, hasta su unión con la vía pecuaria "Cordel de Portugal", en el término municipal de Beas provincia de Huelva, a tenor de la descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud: 4.082,14 m.

- Anchura: 5 m.

Descripción Registral.

"Finca rústica, en el término municipal de Beas, provincia de Huelva, compuesta por:

Finca de forma alargada, de 5 metros de anchura y 4.082,14 metros de longitud, con una superficie total de 20.410,77 m², conocida como "Colada del Carril de los Moriscos", en el tramo comprendido desde el límite del término municipal con Niebla hasta su unión con la vía pecuaria "Cordel de Portugal", que linda:

Al Norte.

Linda con fincas de los siguientes titulares:

- En el tramo desde el límite de término municipal con Niebla hasta el límite de zona urbana de Candón linda con el Arroyo Candón, con el Grupo de Colonización Candón, con desconocido.

- En el tramo desde el límite de zona urbana de Candón, hasta la vía pecuaria "Cordel de Portugal" linda con el Arroyo Cerquillo, con doña María Bardallo García, con el Arroyo del Negrillo y con la vía pecuaria "Cordel de Portugal".

Al Sur.

Linda con fincas de los siguientes titulares:

- En el tramo desde el límite de término municipal con Niebla hasta el límite de zona urbana de Candón linda con el Arroyo Candón, con el Grupo Colonización Candón, con el Grupo de Colonización Candón, con camino, con desconocido.

- En el tramo desde el límite de zona urbana de Candón, hasta la vía pecuaria "Cordel de Portugal" linda con el Arroyo Cerquillo, con camino, con (22/9009), con el Arroyo del Negrillo.

Al Este.

Linda con fincas de los siguientes titulares:

- En el tramo desde el límite de término municipal con Niebla hasta el límite de zona urbana de Candón linda con la continuidad de esta vía pecuaria en el término municipal de Niebla.

- En el tramo desde el límite de zona urbana de Candón hasta la vía pecuaria "Cordel de Portugal" linda con el límite de suelo urbano de Candón, con el Grupo de Colonización Candón, con don Manuel Cejudo Sánchez, con doña Romana Polanco Batanero, con doña María Romero Malavé, con Antonio Mora Mora, con doña Romana Palanco Batanero, con don Juan Mora Cruz, con don Gregorio Rabadán Pérez, con don Pedro Rabadán Pérez, con don José García Pérez, con doña Gregoria Llanes Mora, con doña Manuela López Mora, con don Baldomero Malavé Corralejo, con doña Carmen Mo-

ra Mora, con don Manuel Vizcaíno Mora, con don Ildefonso Mora Romero, con doña Dolores Vizcaíno Mora, con don José María Mora Cruz, con don Román Carrero Carrillo, con do

ña María Isabel Beltrán Lucena, con doña María Isabel Beltrán Lucena, con don Baldomero Malavé Corralejo, con don José María Mora Cruz, con don José Dolores Arroyo Peña, con doña Reposo Mora Peña, con don Gregorio Mora Mora, con don Gregorio Mora Mora, con don Tomás Mora Mora, con don Manuel González Serrano, con doña Antonia Beltrán Romero, con don Francisco Rabadán Pérez, con doña Juana Fernández Rabadán, con doña María Antonia García Gutiérrez, con don José Ruiz Rabadán, con don Baldomero Malavé Corralejo, con doña María Catalina Serrano Bando, con don Cristóbal Domínguez García, con don Fernando Rabadán Cruzado, con doña Josefa María Mora Parreño, con don Juan Bardallo Domínguez, con don Juan Cruz Cuaresma, con don Nemesio Rabadán Cruzado, con doña Josefa Rabadán Cruzado, con don Francisco Pérez Serrano, con doña Amparo Domínguez Arroyo, con don Bernardo de la Rubiera González, con don Juan Romero Bardallo, con doña Josefa Mora Bermejo, con don Nicolás Liroa Beltrán, con doña Matilde Beltrán Sayago, con doña Marina Beltrán Sayago, con don Nicolás Liroa Beltrán, con don Antonio Sotomayor Becerril, con doña Encarnación Mora Rebollo, con don Antonio Sayago Pérez, con doña Rosa María Pérez Suárez, con doña Rosalía Sotomayor Sotomayor, con don Eladio Galves Romero, con doña Rosa Beltrán Sotomayor, con don Francisco Gutiérrez Matías, con camino, con don Francisco Gutiérrez Matías, con el Arroyo del Cerquillo, con doña Juana Luisa Bando Beltrán, con doña Josefa Panchón Gutiérrez, con don Honorio Bando Montero, con don Eladio Galves Romero, con doña Consolación Malavé Corralejo, con don Juan Antonio Romero Romero, con doña Josefa González Becerril, con don Diego Lorenzo Becerril Pérez, con doña Matilde Beltrán Sayago, con doña María Ruiz Rabadán, con don Francisco Javier Cruz Ramírez, con doña Juana Cruzado Cruz, con don Francisco Palacios Mora, con don Francisco Javier Villaseñor Massoni, con doña María Isabel Beltrán Lucena, con doña María España Ramírez Romero, con doña Clarines Sayago Ramírez, con doña Leonor Quintero Ramírez, con don José Ruiz Rabadán, con don José García Gutiérrez, con doña Antonia García Gutiérrez, con don Rafael Lucena Domínguez, con doña María España Ramírez Romero, con doña Manuela Serrano Romero, con don Martín Gutiérrez Domínguez, con doña Juana Becerril Becerril, con don José Gutiérrez Domínguez, con doña Antonia Beltrán Romero, con doña Petra Macías Rodríguez, con don Diego Márquez Caballero, con don José Gutiérrez Domínguez, con don José Gutiérrez Domínguez, con doña Consuelo Centeno Pérez, con don Manuel Serrano Sayago, con doña María del Mar Macías Gómez, con don Benito Navarro Fernández, con desconocido, con doña Francisca Quintero García, con doña Sebastiana Pérez Domínguez, con doña María Bardallo García, con la Consejería de Medio Ambiente, con (21/9009), con don Manuel Quintero Ruiz, con don Manuel Quintero Ruiz, con doña María Clarines Sayago Ramírez, con don Francisco Bardallo Pulido, con doña Ana Rodríguez Sotomayor, con don Nicolás Suárez Beltrán, con doña Matilde Beltrán Ramírez y con don Manuel Ramírez Botello.

Al Oeste:

Linda con fincas de los siguientes titulares:

- En el tramo desde el límite de término municipal con Niebla hasta el límite de zona urbana de Candón linda con el límite de suelo urbano de Candón.

- En el tramo desde el límite de zona urbana de Candón hasta la vía pecuaria "Cordel de Portugal" linda con don Manuel Mora Azogil, con don José María Moya Bando, con doña Isabel Mora Huertas, con don Nemesio Mora Romero, con doña Romana Palanco Batanero, con doña María Jesús Elena Romero Romero, con don Juan Mora Cruz, con doña María Dolores Cera Batanero, con don Gregorio Rabadán Pérez, con don Pedro Rabadán Pérez, con don José García Gutiérrez, con doña Gregoria Llanes Mora, con (25/9011), con doña Manuela López Mora, con don Baldomero Malavé Corralejo, con doña Catalina Mora Pérez de León, con don Manuel Vizcaíno Mora, con don Ildefonso Mora Romero, con doña Dolores Vizcaíno Mora, con don José María Mora Cruz, con don Román Carrero Carrillo, con doña María Isabel Beltrán Lucena, doña María Isabel Beltrán Lucena, con don Baldomero Malavé Corralejo, con don José Batanero Blanco, con don José Dolores Arroyo Peña, con doña Reposo Mora Moya, con don Gregorio Mo-

ra Mora, con don Gregorio Mora Mora, con don Tomás Mora Mora, con don Manuel González Serrano, con doña Antonia Beltrán Romero, con don Francisco Rabadán Pérez, con doña Juana Fernández Rabadán, con doña María Antonia García Gutiérrez, con don José Ruiz Rabadán, con don Baldomero Malavé Corralejo, con doña María Catalina Serrano Bando, con don Cristóbal Domínguez García, con don Fernando Rabadán Cruzado, con doña Josefa María Mora Parreño, con don Juan Bardallo Domínguez, con don Juan Cruz Cuaresma, con don Nemesio Rabadán Cruzado, con don Diego Leñero Bardallo, don Francisco Pérez Serrano, con doña Amparo Domínguez Arroyo, con don Bernardo de la Rubiera González, con don Juan Romero Bardallo, con doña María Josefa Moya Bermejo, con doña Matilde Beltrán Sayago, con doña Marina Beltrán Sayago, con don Nicolás Liroa Beltrán, con don Nicolás Liroa Beltrán, con don Antonio Sotomayor Becerril, con doña Encarnación Mora Rebollo, con don Antonio Sayago Pérez, con don Manuel Jesús Márquez Bardallo, con doña Josefa Rabadán Cruzado, con don Eladio Galves Romero, con don Francisco Regalado Rabadán, con don Francisco Regalado Rabadán, con el Ayuntamiento de Beas, con el Ayuntamiento de Beas, con don José Ruiz Rabadán, con doña Josefa Panchón Gutiérrez, con don Honorio Bando Montero, con don Eladio Galves Romero, con doña Consolación Malavé Corralejo, con doña Josefa González Becerril, con doña Matilde Beltrán Sayago, con doña María Ruiz Rabadán, con don Francisco Javier Cruz Ramírez, con don Honorio Bando Montero, con doña Leonor Quintero Ramírez, con don Francisco Javier Villaseñor Massoni, con doña María Isabel Beltrán Lucena, con doña María España Ramírez Romero, con doña María Clarines Sayago Ramírez, con doña Leonor Quintero Ramírez, con don José Ruiz Rabadán, con don José García Gutiérrez, con doña María Antonia García Gutiérrez, con don Rafael Lucena Domínguez, con doña Ruperta Ramírez Romero, con doña Francisca Serrano Romero, con don Martín Gutiérrez Domínguez, con doña Juana Becerril Becerril, con don José Gutiérrez Domínguez, con doña Antonia Beltrán Romero, con doña Petra Macías Rodríguez, con don Francisco Regalado Rabadán, con doña Ana María Clarines Serrano Clemente, con don José Gutiérrez Domínguez, con doña Consuelo Centeno Pérez, con don Manuel Serrano Sayago, con doña María del Mar Macías Gómez, con don Benito Navarro Fernández, con doña Ana María Clarines Serrano Clemente, con la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, con doña María Bardallo García, con don Francisco Cruz Rivera, con don Mariano Garrido Fernández, con don Manuel Quintero Ruiz, con doña María Clarines Sayago Ramírez, con don Francisco Bardallo Pulido, con doña Ana Rodríguez Sotomayor, con doña Francisca Rufet Borrero, con don Nicolás Suárez Beltrán, con doña Matilde Beltrán Ramírez y con don Manuel Beltrán Botello.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 17 de octubre de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

Anexo a la Resolución DE 17 de octubre de 2006, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Colada del Carril de los Moriscos", en el tramo comprendido desde el límite de término municipal con Niebla, hasta su unión con la vía pecuaria "Cordel de Portugal", excepto la zona urbana, en el término municipal de Beas, provincia de Huelva (Expte. VP @362/04)

RELACIÓN DE COORDENADAS "COLADA DEL CARRIL DE

LOS MORISCOS", T. M. BEAS (HUELVA)

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