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EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 508/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción numero Dos de Sanlúcar la Mayor a instancia de Proyectos de Color, S.L., contra ABC de Prefabricados y Pretensados, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
"S E N T E N C I A
En la Sanlúcar la Mayor a 6 de marzo de 2006.
Vistos por mí, don Juan María Jiménez Jíménez Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de esta Ciudad los presentes autos núm. 508/2004 de juicio ordinario seguidos entre partes, de la una como demandante Proyectos de Color, S.L., representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Diánez Millán y asistida por letrado y como demandada la entidad ABC Prefabricados y Pretensados, S.L., en rebeldía procesal.
Fallo: Estimar la demanda formulada por Proyectos de Color, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Diánez Millán contra la entidad ABC Prefabricados y Pretensados, S.L., en rebeldía procesal, y debo condenar y condeno a esta a abonar al actor la cantidad de doscientos treinta y tres mil quinientos setenta y nueve euros (233.579 euros), que devengará intereses conforme se dispone en el Fundamento Cuarto y con imposición de costas a la demandada.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 5 días a partir de su notificación debiendo ser preparado e interpuesto ante este Juzgado.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos de surazón.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.- E/. Juan María Jiménez Jiménez. Firmado y rubricado."
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada ABC de Prefabricados y Pretensados, S.L., extiendo y firmo la presente en Sanlúcar la Mayor a veintinueve de junio de dos mil seis.- El/La Secretario.
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